ciclo bélico y fiscalidad en cuba, 1868-1898 inés roldán de montaud, cchs (csic), españa en las páginas que siguen se estudian los efectos

Ciclo bélico y fiscalidad en Cuba, 1868-1898
Inés Roldán de Montaud, CCHS (CSIC), España
En las páginas que siguen se estudian los efectos de la guerra de los
Diez Años sobre la fiscalidad en Cuba, y en general sobre el
funcionamiento de la Hacienda. En primer lugar, se analiza brevemente
el sistema fiscal y la reforma tributaria realizada en los momentos
previos a la guerra. A continuación, se presta atención al
comportamiento de la Hacienda cubana sometida a las duras exigencias
de una larga guerra colonial de diez años de duración, con los
problemas fiscales, financieros y monetarios desencadenados. Se
estudia cómo las exigencias financieras y las necesidades políticas
obligaron a la metrópoli a abandonar la reforma tributaria implantada
en 1867 y a introducir una serie de medidas fiscales, adoptadas
desordenadamente durante los años de duración del conflicto, con
elevadísimo aumento de la presión fiscal. Seguidamente, se evalúan los
efectos de aquella guerra sobre el Tesoro cubano, y especialmente la
forma en que la deuda generada durante el conflicto pesó sobre el
funcionamiento de la Hacienda cubana durante los años siguientes y
condicionó las posibilidades de actuación fiscal y financiera cuando
en 1895 rebrotó la lucha que, tras la intervención de los Estados
Unidos, condujo a la independencia. Se hace referencia, finalmente, a
la evolución de la Hacienda puertorriqueña, que sin guerra sin
abandono de la reforma fiscal modernizadora de los años sesenta logó
llegar al final de la etapa colonial con una Hacienda saneada, es
decir, una evolución completamente distinta de la experimentada por el
Tesoro de la Gran Antilla.
La situación de la Hacienda cubana en vísperas de la Guerra de Los
Diez Años
En la década de los veinte en Cuba se iniciaba un espectacular
crecimiento de la producción azucarera. En breve, la colonia española
se convertía en la gran azucarera del mundo. El Tesoro de cubana (que
había dependido hasta 1810 del situado procedente del Virreinato de
Nueva España) participó de este crecimiento, de modo que los ingresos
fiscales pasaron de 3,3 millones de pesos fuertes en 1821 a 9 en 1828,
y a 13 en el año 1854. Diez años después eran 30 los millones
recaudados (20 si se descuentan los ingresos por lotería)1.
Durante varias décadas la isla de Cuba desempeñó un importante papel
como proveedora de recursos financieros para una metrópoli en la que
la implantación del Estado liberal se realizaba en medio de una guerra
civil entre liberales y absolutistas y con los recursos insuficientes
de una Hacienda cuya estructura tributaria seguía siendo básicamente
la heredada del Antiguo Régimen. Año tras año, entre los recursos
ordinarios del Tesoro metropolitano en el presupuesto general del
Estado, se incluían los “Sobrantes de las Cajas de Ultramar”, o
trasferencias fiscales de los Tesoros coloniales, es decir, los de
Cuba, Puerto Rico y Filipinas. Todos ellos independientes del de la
metrópoli y con sus recursos y obligaciones propias.
En los años sesenta se acentuó la presión de la metrópoli sobre los
recursos financieros de la colonia. Se cargaron sobre el Tesoro cubano
los gastos que ocasionó la política exterior expansionista de los
gobiernos españoles, en especial la expedición a México y la anexión y
posterior guerra de Santo Domingo. Esto ocurría precisamente en un
momento en que el crecimiento económico de la isla y también el de los
ingresos de su Hacienda adoptaban un ritmo más pausado que en las
décadas anteriores. Para hacer frente a los nuevos gastos, el Tesoro
cubano tuvo que recurrir al crédito. Es en este preciso momento donde
debe buscarse el origen de la Deuda del Tesoro de Cuba. En efecto,
para cubrir los nuevos gastos, entre 1864 y 1867, se pusieron en
circulación títulos del Tesoro de Cuba por valor de varios millones de
pesos. Buena parte de esos títulos fue a parar a la cartera del Banco
Español, es decir del banco privilegiado de emisión creado en 18562,
que aumentaba sus emisiones. Así se iniciaba la monetización de la
deuda pública, que durante la primera guerra inmediata, alcanzaría
proporciones escandalosas. Lo cierto es que en el presupuesto de
gastos de la isla de Cuba correspondiente al ejercicio de 1864-1865
apareció, por primera vez, un capítulo de Deuda para cubrir
amortización e intereses de los títulos en circulación.
CUADRO 1. INGRESOS DEL TESORO DE LA ISLA DE CUBA, 1863-1867 (en miles
de pesos)
1863-64
1864-65
1865-66
1866-67
Previstos
Ejecutados
Previstos
Ejecutados
Previstos
Ejecutados
Previstos
ejecutados
Contr. e impuestos
4.561
3.975
4.804
4.098
5.173
3.811
5.396
3.056
Aduanas
11.925
10.609
12.665
12.968
13.536
11.003
12.825
8.838
Rentas estancadas
1.219
992
1.204
1.104
1.468
1.161
1.596
1.211
Loterías
8.734
7.068
8.734
8.705
8.734
9.028
10.757
10.630
Bienes del Estado
3.530
136
2.321
254
2.409
331
1.432
904
Ingresos eventuales
491
463
530
958
534
552
846
1.062
TOTAL
30.460
23.784
30.258
23.088
31.854
25.896
32.852
25.721
Fuente: Para las previsiones, Presupuestos generales de ingresos y
gastos de la isla de Cuba (serie consultada en la Biblioteca Nacional
de España); para las ejecuciones, Gaceta de Madrid, 19 de diciembre de
1866 y 4 de noviembre de 1867.
En el presupuesto correspondiente al ejercicio de 1866-1867 se había
previsto una recaudación de 33 millones de pesos, pero sólo se
ingresaron 25,7. Otro tanto había ocurrido en los ejercicios
anteriores. La recaudación realizada por derechos de aduana (la
principal renta del sistema tributario de la isla, en torno al 70% de
los ingresos fiscales) cayó 4,4 millones con relación al ejercicio
anterior, muy por debajo de las cifras de los años previos. Este
importante descenso era el efecto de la crisis internacional sobre las
importaciones y las exportaciones y efecto también de la brusca caída
de la exportación de azúcar, de de algo más de 535.000 toneladas en
1866 a 285.814 en 18673. Cuba se vio my afectada por la crisis
financiera y comercial de 1866, se produjo la quiebra de varias casas
comerciales e instituciones de crédito. El propio Banco Español
atravesó momentos difíciles y se vio incluso obligado a limitar el
canje de sus billetes en diciembre de aquel año.
En el ejercicio de 1866-1867, las entradas por contribuciones e
impuestos (el otro gran capítulo de los ingresos) también
disminuyeron. Con todo, el aumento de las rentas procedentes de
Loterías, Bienes del Estado e Ingresos eventuales permitió que en el
ejercicio de 1866-1867 la recaudación sólo resultase ligeramente menor
que durante el anterior. Deduciendo el importe de los premios de
lotería (que figuraban como ingreso del Tesoro y también como gasto en
la Sección de Hacienda) podría estimarse para el último ejercicio
anterior a la guerra unos ingresos netos del orden de 18,7 millones de
pesos fuertes. Naturalmente, la evolución que iban experimentando las
cuentas públicas, preocupaba a las autoridades metropolitanas, que
creyeron llegado el momento de realizar una reforma del sistema
tributario de la que se venía hablando desde hacía varios años. Se
trataba de introducir una contribución directa que, además de ser de
naturaleza más equitativa y permitir un reparto más justo de la carga
tributaria, tendría la ventaja de diversificar el origen de las rentas
del Tesoro cubano y de disminuir su dependencia de los vaivenes del
comercio internacional. Al mismo tiempo, se pretendía favorecer la
exportación y, fundamentalmente, aumentar la recaudación. Con todos
estos propósitos, el Decreto de 12 de febrero de 1867 reformaba el
sistema tributario: creaba una contribución directa del 10% sobre la
renta de la propiedad rústica y urbana y sobre las utilidades de la
industria, las artes, las profesiones y el comercio, que comenzaría a
cobrarse en junio y se esperaba que produjera 15.373.000 pesos. La
nueva figura impositiva sustituía a un total de 16 rentas, algunas de
muy escaso rendimiento y difíciles de recaudar, como el diezmo, el
derecho sobre el consumo de ganado, la alcabala de fincas, de esclavos
y de remates, que en conjunto proporcionaban al Erario 7,7 millones de
pesos. Dentro de aquel cuadro tributario, el diezmo, que había
comenzado apercibirse en 1501, era prácticamente la única contribución
directa. Además, se suprimían completamente los derechos de
exportación (en torno a tres millones de pesos), con el fin de
facilitar la exportación del azúcar almacenada en los muelles durante
la grave crisis comercial y financiera de 1866. No puede pasarse por
alto que el nuevo arancel suponía una notable reducción de los
derechos. Con la contribución directa el gobierno compensaba con
creces la pérdida ocasionada por las rentas suprimidas.
Un mes después, el 13 de marzo, se publicaba un nuevo arancel de
aduanas. Con ello se completaba la reforma tributaria. El vigente
–según su autor, el Ministro de Ultramar- constaba de “cerca de 4.000
partidas, que no se sabe que admirar más, si el arte de haberlas
relacionado, o la constancia de eludirlas defraudando la renta bajo
pretexto de no hacer imposible el comercio”. Su autor, Alejandro de
Castro, reducía el número de las partidas a 161, lo que por sí mismo
facilitaba la gestión de las aduanas. El arancel de cuatro columnas,
establecía derechos distintos para los productos según procedencia y
bandera. Los productos españoles transportados en bandera extranjera
pagarían el doble que en bandera española; los productos extranjeros
en bandera española, el triple que los españoles en bandera española;
los extranjeros en bandera extranjera, cuatro veces más. En el nuevo
arancel se conservaban los derechos de importación, si bien se
aminoraban para algunas partidas, con una disminución de los ingresos
de 1,8 millones de pesos4. El hecho no pasaba desapercibido al antiguo
fiscal de Hacienda en la isla, Vicente Vázquez Queipo, que
responsabilizaba a la entrada en vigor del arancel en julio de 1867 de
la disminución de tres millones de pesos en la recaudación durante el
ejercicio de 1867-1868, en el que sólo pudieron recaudarse 7,4
millones de pesos. Un resultado que no se podía atribuir ni a la
disminución del comercio ni a la caída los precios de los precios,
pues no se habían dado ni lo uno ni lo otro5. El gobierno pensaba
compensar con creces esta disminución mediante la nueva contribución
directa.
En realidad, se trataba de implantar en Cuba la Reforma Mon-Santillán
introducida en España en 1851, que representaba una modernización
importante. En definitiva, se introducía un sistema impositivo que
hacía más justo el reparto de la carga tributaria, pues se sujetaban a
gravamen rentas que antes no tributaban y disminuía el peso de la
tributación indirecta en el conjunto del sistema (en manos de
peninsulares). Sin embargo, el momento elegido resultó completamente
desafortunado, ya que se aprobó en un momento en que Cuba se vio
afectada por las secuelas de la crisis financiera internacional que
habían paralizado el comercio, coincidiendo, además, con una zafra muy
reducida.
La fiscalidad durante la guerra. Cuba entre 1868 y 1878
Pocos meses después, en septiembre de 1868, estalló la insurrección
independentista en Cuba. La represión de la insurrección ocasionaba
nuevos gastos que había que cubrir con algún recurso extraordinario.
En enero de 1869 llegaba un nuevo gobernador de España, donde un
movimiento revolucionario había destronado a la reina Isabel II. El
general Domingo Dulce, desembarcaba con un programa de reformas, cuya
finalidad era apagar el movimiento insurreccional. Bien pronto, las
proyectadas reformas cayeron en el olvido y los esfuerzos se centraron
en la obtención de recursos para financiar las operaciones bélicas.
Inicialmente, los gastos se cubrieron con una serie de donativos y
aportaciones voluntarias, insuficientes para reprimir un movimiento
que no era, como en Puerto Rico, un brote fácil de reprimir. Así que
la obtención de recursos financieros pasó a ocupar un lugar
fundamental dentro de las estrategias del Gobierno metropolitano.
Desde el principio, los gastos en que se incurriera para sofocar la
insurrección se consideraron gastos de Cuba y, se cargaron enteramente
sobre el Tesoro colonial. Para financiar dicha guerra se recurrió al
crédito en sus más variadas formas y se recurrió también a la presión
fiscal.
Inicialmente se optó por emplear una forma de financiación
inflacionista, y se recurrió al aumento de la oferta monetaria. En
efecto, sin alternativa inmediata, el Gobierno contrató con el Banco
Español de la Habana (al instituto emisor privilegiado) una serie de
anticipos. Entre enero de 1869 y junio de 1874, el Banco puso en
circulación, por cuenta del Tesoro, 72 millones de pesos en billetes.
En definitiva, un volumen muy superior a lo que autorizaban sus
estatutos y permitía en encaje. Los billetes dejaron de ser
convertibles y Cuba entró de lleno en un régimen de moneda fiduciaria6.
Pronto la circulación de los billetes inconvertibles fue superior a la
que se requería en el mercado y, unida a la desconfianza que producía
el cese de la convertibilidad, se inició un proceso de depreciación
respecto del oro, que en 1874 llegaría a ser de más del 200%. Esta
evolución repercutió muy desfavorablemente en los ingresos del Tesoro,
porque para facilitar la circulación de aquel signo fiduciario el
Gobierno dispuso que fuera aceptado en el pago de algunas
contribuciones, con los efectos sobre los ingresos. Es imposible en el
contexto de este ensayo pormenorizar algunos aspectos de esta
financiación fiduciaria de la guerra.
Para financiar la guerra se recurrió también a la fiscalidad. Se
crearon nuevos impuestos y se elevaron los ya existentes. La necesidad
de obtener recursos extraordinarios iba a obligar al Gobierno de
Madrid a abandonar la reforma tributaria de 1867. La implantación de
la contribución directa se había iniciado durante el verano de 1867,
pero el cobro del nuevo impuesto se estaba demostrando muy difícil por
varias razones. En primer lugar, parece ser que para calcular su
repartimiento se había utilizado la información contenida en unas
noticias estadísticas elaboradas en el año 1862, en un momento en que
la producción azucarera de la colonia estaba en todo su apogeo7. A
partir de esta base errónea, se había producido un repartimiento del
cupo poco adecuado e injusto, lo que había motivado numerosas
reclamaciones y protestas. A pesar de las sucesivas reducciones que en
él se fueron introduciendo, las reclamaciones no habían podido
acallarse. La implantación de la nueva contribución tropezó con la
resistencia de los contribuyentes, no sólo en la zona oriental de la
isla -donde la renta de la propiedad territorial era inferior y la
presión fiscal sobre el contribuyente podía resultar más agobiante-,
sino fundamentalmente de los sectores que en los centros urbanos y
portuarios se dedicaban a las actividades comerciales e industriales.
Hasta la implantación de la nueva contribución, el peso fiscal había
recaído sobre todo sobre la propiedad territorial, que era la que
sufría las cargas más pesadas de la tributación indirecta, que
predominaba en el sistema tributario. Pero con la nueva contribución
directa se obligaba a contribuir a estos sectores (antes casi exentos)
con el 10% de sus utilidades, razón por la que la reforma encontró una
tenaz oposición entre los peninsulares que defendían la causa de
España, dedicados mayoritariamente a estas actividades8. Incluso
sectores oficiales apoyaron la oposición orquestada contra los nuevos
impuestos, y revistieron la cuestión de un matiz político. El
secretario de gobierno, aseguraba que los peninsulares habían obrado
“comprendiendo la gravedad que el caso entrañaba”, y se refería al
decreto como al “jamás bastante anatemizado Decreto del día 12”, ya
que las aspiraciones del reformismo criollo a favor de la contribución
directa, tenían como objetivo debilitar al Tesoro y, con ello, al
dominio español. Más tarde el diputado autonomista Bernardo Portuondo
aseguraba que los decretos se habían envuelto en una atmósfera dañada
por la pasión y el egoísmo de ciertos intereses y que el general
Lersundi había encabezado “la agitación verdaderamente grave de
resistencia moral”.
En breve, la oposición de quienes apoyaban al Gobierno iba imponer el
abandono de la reforma: en noviembre de 1868 el gobernador general
Francisco Lersundi había eximido de un año de pago de la contribución
sobre la riqueza territorial a los contribuyentes que se unieran a las
columnas que perseguían a los insurrectos, para alejar a los
propietarios rurales del movimiento independentista. Además, redujo la
cuantía exigida a comerciantes e industriales. En marzo de 1869, el
general Dulce redujo a la mitad el cupo de la contribución territorial
y el subsidio sobre las utilidades de la industria y comercio, y
eximió también a los contribuyentes del pago del último cuatrimestre.
Ambos gobernadores renunciaban a cobrar las cuotas íntegras,
precisamente cuando la insurrección arrojaba sobre el Tesoro nuevos
gastos, presionados por los sectores que defendían la causa de España.
Un año después de iniciarse la insurrección, y el Real Decreto de 30
de septiembre de 1869 suprimía definitivamente la contribución directa
y restablecía los impuestos anteriores9. Aunque la imposición directa
era la más racional y más justa, el ministro de Ultramar, Manuel
Becerra, reconocía que en aquel momento era imposible plantearla con
equidad porque no se conocía la riqueza imponible. En definitiva, la
aplicación de la reforma fue difícil y no sólo no logró mejorar los
ingresos del Tesoro, sino que, además, engendró un malestar que
contribuyó a crear un ambiente favorable a la insurrección.
Obviamente, no era posible retornar el antiguo sistema del diezmo, la
alcabala y las demás rentillas difíciles de recaudar y de escaso
rendimiento, que, además en los últimos ejercicios se habían
demostrado insuficientes. Desde el comienzo de la insurrección, se
había hecho inevitable la creación de nuevos impuestos. El primer
impuesto del que tenemos noticia fue el subsidio extraordinario de
guerra. Se creó el 22 de febrero de 1869, antes de que se anulara la
reforma fiscal de 1867. Lo recaudado se emplearía para amortizar
billetes en circulación. Estaba integrado por un módico impuesto de
exportación (se restablecía así parte del derecho de exportación que
había suprimido la reforma de 1867), un recargo del 5% sobre los
derechos de importación y uno del 25% (una sola vez) sobre las cuotas
de la contribución industrial y de comercio. Poco después, el 9 de
marzo de 1869, se restablecían en toda su integridad los derechos de
exportación para compensar la rebaja que ese mismo día efectuaba en la
contribución directa. Estos derechos coexistirían con los que se
percibían en concepto de subsidio.
Suprimida la contribución sobre la riqueza, rústica, pecuaria y urbana
en septiembre de 1869, no había más remedio que actuar sobre el
arancel de aduanas, cuyo peso dentro del sistema tributario se había
reducido considerablemente en 1867. El 10 de septiembre de 1870 se
publicó un nuevo arancel de aduanas en sustitución del de marzo de
186710. Su autor, el ministro Segismundo Moret, era el demócrata
librecambista que aquel mismo mes sacaba adelante su proyecto de ley
preparatoria para la abolición de la esclavitud en Cuba. Moret
concebía el arancel con un carácter provisional, mientras no se
pudiera ir implantando la contribución directa. Sin embargo, el
arancel de Moret de 1870 estuvo en vigor hasta el año 1892, aunque se
fueron introduciendo una serie de alteraciones con el paso de los
años. El retorno al sistema tributario dominado por la imposición
indirecta se hacía con todo el beneplácito de los grupos de
comerciantes de origen peninsular, que habían encabezado la protesta
contra la tributación directa, que era la que preferían los
productores azucareros.
El arancel de 1870 conservaba los derechos diferenciales de bandera y
procedencia y el aniquilador derecho de exportación. Fijaba derechos
del 3, 4, 5 y 7% ad valorem, según procedencia española o extranjera y
bandera española y extranjera, para los artículos empleados en la
explotación de los ingenios; de 10, 23, 24 y 37% en el caso de
productos que no fueran de primera necesidad, y tipos ligeramente más
reducidos para los de primera necesidad. A pesar de que el mercado
cubano quedaba protegido por el derecho diferencial de bandera y de
procedencia, la protección seguía pareciendo insuficiente a los
productores de la Península. Se quejaron de que la elevación de las
tarifas no había sido proporcional para las diversas procedencias y
que lastimaba sus exportaciones11. Lo cierto es que hasta la reforma
de Moret los artículos peninsulares se importaban con unos derechos
muy módicos o libres de derechos y que las necesidades de la guerra
habían impuesto una elevación de los derechos de importación para
cubrir gastos extraordinarios12.
En febrero de 1871 hubo que recargar el subsidio extraordinario. Dado
el volumen que estaban adquiriendo los billetes en circulación, el
subsidio no ofrecía las garantías suficientes. Se elevó el derecho de
exportación, se estableció un recargo sobre los de importación y otro
del 5% sobre la contribución de la riqueza urbana, y se estableció el
impuesto sobre el consumo de ganado que había sido suprimido en 1867.
Con estos nuevos aportes, el subsidio proporcionaba cinco millones de
pesos. Para entonces, la emisión de billetes alcanzaba ya los 20
millones. En octubre de 1872 se recargaba nuevamente el subsidio: el
impuesto sobre la riqueza urbana se elevaba al 10%, se recargaba en un
5% el impuesto sobre las utilidades de la industria y comercio, y se
creaba un arbitrio sobre la propiedad y alquiler de esclavos
domésticos. Se cobraría también en concepto de subsidio una cantidad
equivalente al 25% de los derechos fijados en el arancel general de
exportación. Con esta segunda ampliación, permitiría recaudar ocho
millones de pesos. Lo cierto fue que pronto comenzó utilizarse para
cubrir gastos de guerra13. Por eso, en abril de 1874 el general Concha
creó un impuesto del 10% en billetes sobre las utilidades de todo tipo
para amortizar los billetes en circulación, que en ese momento
ascendían a 60 millones.
Ese mismo año, el 10 de julio, el general Concha estableció un
impuesto del 2,5% sobre el capital de la propiedad urbana y rural y
sobre la industria y el comercio, las profesiones y las artes, que se
cobraría en oro durante dos años. Además, para evitar que el Erario
fuera víctima de la depreciación que sufrían los billetes, en
septiembre, después de no pocas dificultades, quedó restablecida la
recaudación en oro de todas las contribuciones14. Dado el precio del
oro en el mercado, con esta medida de la noche a la mañana se
triplicaba el importe de los impuestos. Ante las dificultades con que
tropezaba la recaudación del impuesto del 2,5% sobre el capital
(basado únicamente en las declaraciones juradas de los propietarios
que éstos falseaban), el 1 de abril de 1875 el sucesor de Concha lo
sustituyó, junto con el del 10%, por uno del 15% en oro sobre la renta
de todo tipo de propiedades. El 10 de marzo de 1876 llegó a La Habana
un comisario regio, Tomás Rodríguez Rubí, para fiscalizar la gestión
de Hacienda. El general Jovellar y Rodríguez Rubí decidieron
establecer un único impuesto del 30% sobre la renta, que comenzó a
cobrarse en el ejercicio 1876-1877, con arreglo a los patrones de los
ayuntamientos. Este impuesto se cobró hasta el ejercicio de 1878-1879.
Al margen de estos continuos cambios que denotan el caos
administrativo y financiero existente, lo importante es señalar que
durante cada uno de los años transcurridos entre 1873 y 1878 se
recaudaron cerca de 55 millones de pesos oro. Disponemos de datos
precisos para los ejercicios de 1874-1875 y de 1877-1878, en los que
se ingresaron 58.586.157 y 53.211.983 pesos, respectivamente15. Para
comprender la magnitud de la presión tributaria baste recordar que con
30,3 millones de pesos recaudados, el ejercicio de 1856-1857 había
sido el de mayores ingresos en tiempo de paz. Durante esos años los
ingresos fiscales en España metropolitana rondaron los 600-700
millones de pesetas, es decir, en torno a 120-140 millones de pesos.
El esfuerzo que se estaba exigiendo a la isla se comprende mejor si se
tiene presente que la población cubana no llegaba al millón y medio de
habitantes (en gran parte esclavos), y no 17 como en España16. Todo
parece indicar que la elevada recaudación de aquellos años fue posible
porque se tributó no sólo sobre la renta sino también sobre el capital
y se consumió gran parte de la riqueza acumulada durante la etapa
expansiva anterior.
A pesar de la intensa presión tributaria, la recaudación era
insuficiente para cubrir los gastos ordinarios y extraordinarios. Las
autoridades tuvieron que completar los ingresos que obtenían por la
vía fiscal recurriendo al crédito. En 1873 se intentó colocar en el
mercado cubano un empréstito por importe de 20 millones en bonos del
Tesoro de Cuba, de los que no sólo se llegó a suscribir la mitad. El
mercado mostraba así su desconfianza hacía un Tesoro que desde hacía
tiempo saldaba sus cuentas con déficits, y que había contraído
compromisos por millones de pesos, que figuraban entre los activos del
Banco Español. En junio de 1874 Concha realizó otra operación de
crédito, y emitió billetes del Tesoro de Cuba por importe de cinco
millones de pesos Obtuvo, además, un anticipo del Banco Español por
importe de 2,5 millones de pesos. Algo más tarde, el general Valmaseda
arrebató dos millones de pesos en oro de la bóveda del Banco. Luego
negoció un anticipo de 690.000 de la casa Samá, Sotolongo y Cía. en
representación de un grupo de hacendados y comerciantes habaneros17.
En 1875 obtuvo un nuevo anticipo del Banco por importe de otros dos
millones18. Así, paulatinamente fue creciendo la Deuda del Tesoro. En
enero de 1873 ascendía a 89,7 millones de pesos; en enero de 1876 se
elevaba a 128,5.
Tras ocho años de guerra, era impensable que los medios financieros de
la isla, que habían sostenido la campaña desde el comienzo, pudieran
proporcionar recursos suficientes para llevar a cabo una gran ofensiva
final. De hecho, en 1876, ante las dificultades, el Gobierno de Madrid
autorizó al gobernador de Cuba a librar contra el Tesoro peninsular
50.000 pesos diarios, con cargo al presupuesto extraordinario de
Guerra19. Se pensó entonces en realizar un empréstito a gran escala y
fuera de la isla. En agosto de 1876 el Gobierno de Madrid firmó un
convenio provisional con un grupo de financieros catalanes, madrileños
y cubanos que llegaron a anticipar 25 millones de pesos. El empréstito
contaba con la garantía de la renta de aduanas de la isla de Cuba y la
subsidiaria del Estado20. La sociedad que se constituyó entonces (que
en breve se convertía en el Banco Hispano-Colonial) quedó encargada de
recaudar, por medio de empleados públicos, la renta de aduanas.
Obtendría un interés de 12% y una participación del 50% en el aumento
que se lograse en el producto de la renta.
En marzo de 1878 el general Martínez Campos puso fin a la guerra
mediante los acuerdos del Zanjón. El embarque y licenciamiento del
Ejército exigía nuevos recursos extraordinarios y hubo que contratar
nuevamente un empréstito, por valor de 25 millones de pesos, con
garantía de la renta de aduanas de Cuba. Sus títulos se domiciliaron
en Madrid, Londres, La Habana y París a un interés del 6 por 100, cuya
negociación y servicio se encargaban al Banco Español. El Banco
retendría la mitad de los títulos a la par en pago de sus diversos
créditos contra el Tesoro, en conjunto unos doce millones de pesos21.
Comenzaba así la creación de valores cubanos domiciliados fuera de la
isla y cotizados en las bolsas nacionales y extranjeras. De este modo,
la Deuda del Tesoro de Cuba, que hasta entonces había radicado
exclusivamente en Cuba, se convertía en deuda situada en Europa y su
servicio drenaría anualmente un volumen importante de recursos
generados en la isla.
No es fácil valorar el coste de la guerra. En 1880 Segismundo Moret
aseguraba que durante la guerra se habían consumido 621 millones de
pesos (3.105 millones de pesetas), comprendidas las deudas del Tesoro
y los capitales tomados a crédito22. Según el historiador español
Antonio Pirala, desde octubre de 1868 hasta marzo de 1878 la Tesorería
general de la isla había satisfecho 246.856.209 pesos23. Seguramente
la estimación proporcionada por Moret incluía todos los gastos de
repatriación del Ejército y los ocasionados por la represión de la
“Guerra Chica” que estalló en el verano de 1879. El coronel Francisco
de Camps y Feliú se refiere igualmente a 700 millones, cifra de la que
se hace eco también el general Jovellar24. En todo caso, cifras
elevadas que dejaban una importante deuda pendiente.
La herencia de la guerra: una larga y difícil posguerra
Cuba salía de una larga guerra en la que se había consumido gran parte
de sus medios de producción y su riqueza. La renta del país, que en
1868 se estimaba en 59 millones de pesos, diez años más tarde apenas
superaba los 3225. A las destrucciones y pérdidas materiales, sobre
todo en la región oriental, se añadía la existencia de una importante
deuda por pagar. En 1880, la Deuda del Tesoro de Cuba (parte de la
cual contaba con garantía subsidiaria del Estado) se elevaba a 650
millones de pesetas. Su servicio absorbía aquel año el 37% de los
ingresos presupuestados. Recuérdese que en vísperas de la guerra
apenas sobrepasaba el 2,5%, según se veía más arriba. Finalmente, un
desequilibrio financiero de proporciones similares al de la metrópoli
se había enseñoreado de las cuentas de la Colonia, con carácter
permanente, según el tiempo se encargaría de demostrar.
Los años que siguieron a la guerra fueron de enormes dificultades en
el orden económico y financiero. Los productores cubanos tenían que
hacer frente a una serie de retos como la reconstrucción de las
fincas, la abolición de la esclavitud y el tránsito del trabajo
esclavo al asalariado, que requerían importantes inversiones en un
país descapitalizado. Además, debían realizarse en un momento en el
que las condiciones del mercado azucarero habían cambiado. Quedaban
lejos los años en que Cuba había producido azúcar casi en régimen de
monopolio, al tiempo que en el contexto de la depresión se dejaba
sentir en el mercado mundial una severa caída de los precios. En 1872
se pagaba el azúcar importado en los Estados Unidos a 5,37 centavos de
dólar por libra; diez años más tarde, a 4,41. En 1885 los precios
habían caído a 2,67 centavos por libra26.
En este contexto, durante toda la década de los ochenta la evolución
de la Hacienda cubana quedó marcada por una paulatina disminución de
ingresos, una paralela contracción de los gastos, que iba siempre a la
zaga, y una acumulación de sucesivos déficit presupuestarios, con el
consiguiente aumento de la Deuda pública. Los gobiernos metropolitanos
intentaron inútilmente devolver a las cuentas cubanas un equilibrio
que permitiera al ataño saneado Tesoro seguir cumpliendo su papel de
proveedor de recursos financieros para la metrópoli.
En la primavera de 1878 se puso fin a la guerra. A partir de aquel
momento, una serie de medidas en el orden político e institucional
iban a llevar a Cuba -con restricciones muy importantes- el régimen
constitucional metropolitano. Mientras se creaban los partidos
políticos, se modificaban las leyes de régimen local y se preparaba la
celebración de las elecciones para el año siguiente, había que
resolver también graves problemas en el orden económico y financiero.
Era evidente que Cuba no estaba en condiciones de soportar el sistema
tributario heredado del periodo bélico y había que adaptarlo a las
nuevas condiciones de la paz27. Con todas estas medidas se trataba de
ajustar los ingresos fiscales a la capacidad contributiva del país y
de proporcionar cierto alivio a los productores.
Con la finalidad de favorecer la reconstrucción, en 1877 ya se habían
adoptado algunas medidas. En noviembre se declaraban exentas del pago
de impuestos las fincas arruinadas que se reconstruyeran y a las que
se crearan de nueva planta en la zona oriental. En diciembre de 1878,
el general Martínez Campos redujo al 25% la contribución del 30% sobre
la renta. En el verano de 1879, sometido a las presiones que venían de
Cuba su sucesor anunciaba serios conflictos y pedía reformas
económicas. Se dispuso que la industria, el comercio, profesiones,
fincas urbanas y rú­sticas no dedi­cadas al cult­ivo de la caña
pagaran el 16% de la renta líquida; y las dedicadas al cultivo
azucarero el 2%. Con ello se reducían los ingresos en seis millones de
pesos y, en consecuencia, era preciso reducir los gastos. Los de la
Sección de Guerra pasaban de 24,6 millones a 16,5 millones28. Vino el
rebrote de la guerra en el verano de 1879 (“Guerra Chiquita”) y con
ella la caída de gabinete diciembre de 1879 se abandonaron
definitivamente las reformas proyectadas29.
En el presupuesto para el ejercicio de 1883-1884 la contribución para
todas las fincas, sin distinción de cultivo, se fijó en un 2%. En
consecuencia, durante aquellos primeros años de posguerra el reajuste
de la contribución directa produjo una marcada disminución de ingresos
por contribuciones e impuestos, de 19,2 millones a 8,7.
CUADRO 2. PRESUPUESTOS DE INGRESOS DE LA ISLA DE CUBA, 1879-1891 (en
pesos fuertes)
Contribuc.
e impuestos
Aduanas
Rentas
estancadas
Loterías
Bienes
del
Estado
Ingresos
eventuales
Total
importación
exportación
total
1879-80
19.238
14.650
6.163
22.641
3.755
3.381
264
520
49.802
1880-81
12.978
13.650
7.750
23.247
3.489
3.477
244
422
43.858
1882-83
8.798
12.600
6.800
20.571
2.368
3.133
710
667
36.248
1883-84
7.803
11.401
6.467
19.854
1.955
3.449
376
831
34.269
1885-86
7.939
9.000
3.330
13.106
2.119
2.663
307
4.655
30.790
1886-87
7.528
9.000
3.330
12.553
2.520
2.451
156
787
25.994
1887-88
6.791
9.150
1.358
11.061
2.306
2.569
130
571
23.428
1888-89
8.377
9.100
1.167
12.043
2.423
2.403
160
204
25.609
1890-91
5.818
12.400
1.300
14.941
1.609
3.104
185
127
25.815
Fuente: Elaborado a partir de Presupuestos generales de ingresos y
gastos de la isla de Cuba.
Las rebajas introducidas en los impuestos en los años de la inmediata
posguerra fueron insuficientes. La caída de los precios del azúcar en
el mercado internacional continuaba reduciendo el margen de beneficio
de los productores y hacía ineficaces las reducciones. En 1884 el
azúcar se cotizó a 2,6 centavos la libra, precio nunca visto hasta el
momento. Los seis pesos que cada bocoy de azúcar pagaba por derecho de
exportación (un 32% sobre el producto líquido en 1883), con el
descenso de los precios al año siguiente representaban ya el 50%. La
situación parecía llegar a un punto crítico en el año 1884, cuando la
isla atravesó una crisis comercial que arrastró consigo a algunas de
las instituciones financieras existentes, en tanto que los frutos
quedaban depositados en los almacenes en espera de precios más
remuneradores30.
El recargo adicional sobre el derecho de exportación se reducía del
25% al 10% en 1880-188131. En el ejerció de 1883-1884 se redujo al 5%.
Para paliar los efectos de la crisis de 1884 el Gobierno redujo el
derecho de exportación en un 60%. Ante la persistente caída de los
precios del dulce, se suprimieron totalmente los derechos sobre
azúcares, mieles y aguardientes32. La previsión de ingresos por
derechos de exportación cayó de 7,7 millones en 1880-1881 a 3,3 en
1885-1886 a 1,3 en 1887-1888. Los azucareros de Matanzas y Santa Clara
habían amenazado con no hacer la zafra de no desaparecer los derechos
de exportación33.
Durante aquellos años, por razones diversas, también fue descendiendo
la recaudación por derechos de importación. En primer lugar, por los
efectos del modus vivendi comercial firmado con los Estados Unidos en
febrero de 1884, que concedía el beneficio de la bandera española a
los productos y procedencias americanos. Los derechos de importación
pasaron de 14,6 millones en 1879-80 a 11,4 en 1883-84, y a 9 un año
después de la firma del modus vivendi. Al iniciarse la década de los
noventa los derechos de importación volverían a reducirse por efecto
del convenio de reciprocidad firmado con los Estados Unidos en el
verano de 189134. El volumen de los derechos de importación se redujo
también debido a la aplicación de la ley de relaciones comerciales
entre colonia y metrópoli. En 1882, después de muchos años de presión,
los productores peninsulares consiguieron asegurar el mercado
antillano, al establecer un progresivo desarme arancelario para las
exportaciones peninsulares hasta la completa franquicia en 189235. El
resultado fue que las importaciones procedentes que no pagaban
desplazaban a otras mercancías que sí lo hacían.
En conjunto, durante la década de los ochenta la previsión de ingresos
por derechos de aduanas pasó de 22,6 millones a 11. Los ingresos por
contribuciones directas pasaron de 19,2 millones decesos a 6,7. Era
lógico que esto ocurriera en los primeros años, cuando se estaba
produciendo la adaptación de una Hacienda propia de la etapa bélica a
las nuevas circunstancias de la paz. Pero la tendencia fue imparable
hasta los últimos años de la década. Por los demás, la reducción del
presupuesto no era sino un reflejo de la situación difícil por la que
atravesaba la primera industria de Cuba36
La Hacienda cubana atravesaba en la inmediata posguerra enormes
dificultades. Sabemos que el saldo presupuestario de estos primeros
años de posguerra fue negativo. De hecho, en diciembre de 1881, el
ministro de Hacienda tuvo que autorizar un anticipo del Tesoro
peninsular a las cajas de Cuba por valor de tres millones de pesos,
acudiendo en apoyo del Tesoro cubano. Pero a la larga, ante la caída
de los ingresos, la única forma de tratar de nivelar el presupuesto
era la contención del gasto público. En el período de posguerra la
Administración metropolitana trató, efectivamente, de nivelar las
cuentas de su colonia actuando sobre el gasto en varios sentidos:
CUADRO 3. PRESUPUESTOS DEGASTOS DE LA ISLA DE CUBA, 1879-1891 (en
pesos fuertes)
Obligacio-nes generales
Guerra
Marina
Hacienda
Gracia y Justicia
Gober-nación
Fomento
Estado
Fernando
Poo
Total
1879-80
10.531
24.673
3.895
1.489
948
2.772
966
63
81
45,402
1880-81
9.041
23.048
3.671
1.868
970
3.051
1.062
119
37
42,871
1882-83
12.239
11.817
1.923
1.729
994
5.917
1.085
119
37
35,860
1883-84
12.076
9.635
2.205
1.823
1.021
5.731
1.037
616
37
34,180
1884-85
11.796
8.835
2.205
1.459
966
5.592
1.005
121
37
32,067
1885-86
14.237
7.949
1.970
1.342
882
4.054
735
-
-
31,170
1886-87
10.854
6.730
1.435
903
8 63
3.935
1.239
-
-
25,959
1887-88
9.223
6.483
1.414
837
814
3.731
862
-
-
23,364
1888-89
10.863
6.501
1.404
777
832
4.326
892
-
-
25,596
1890-91
10.447
6.229
1.299
791
1.066
4.238
1.376
-
-
25,446
Fuente: Presupuestos generales de ingresos y gastos de la isla de
Cuba.
En primer lugar, se actuó sobre los gastos de Guerra y Marina, dos de
las partidas que absorbían un mayor volumen de ingresos. En conjunto
los gastos de defensa pasaron de 28,6 millones en 1879-1880 a 6,3 en
1892-1893, es decir, de un 64% del total de los gastos presupuestados
a un 29,6%. En segundo lugar, se comenzó a descargar el presupuesto
cubano de una serie de gastos que se le habían impuesto a lo largo de
los años, pero que tenían un carácter general y no local. Vía
presupuestaria ciertas obligaciones del Tesoro peninsular se
satisfacían cada año directamente mediante pagos realizados por el
Tesoro cubano. Figuraban en el presupuesto de la isla dos secciones,
Fernando Poo y Estado, en las cuales se incluían los recursos para que
Cuba contribuyese -lo mismo que Puerto Rico y Filipinas- al
mantenimiento de la Administración de la colonia de Fernando Po, y a
mantener el cuerpo consular español en América. En julio de 1884, en
plena etapa de recesión de la economía cubana, la presión de los
diputados cubanos logró que se trasladaran al presupuesto de la
península y al de Puerto Rico ciertos servicios. Más que por la
cuantía, el hecho revestía importancia por tratarse de un
reconocimiento explícito de que ciertos gastos generales del Estado no
debían pesar sobre el presupuesto colonial.
En tercer lugar, se actuó sobre la deuda. Cuba salía de la guerra
endeudada. En 1880 la Deuda del Tesoro cubano alcanzaba los 125
millones de pesos. Su servicio requería aquel año el 18,79% de los
ingresos, una cantidad que contrasta con el pequeño gasto por deuda
que existía desde 1864 a 1868. Finalizada la guerra y restablecido el
orden en la colonia, había llegado el momento de reorganizar y
unificar las deudas contraídas en distintos momentos y de renegociar
con los acreedores del Tesoro mejores condiciones. En el periodo de
entreguerras, en el transcurso de15 años, se realizaron cuatro
conversiones: 1880, 1882, 1886 y 1891 con el fin de aplazar la
amortización y reducir el tipo de interés, reduciendo la anualidad y
consolidando atrasos. Sin embargo, pese a los arreglos no se pudo
evitar el aumento del gasto por deuda en el largo plazo37.
La nivelación del presupuesto no fue posible. Los ingresos efectuados
eran generalmente insuficientes para cubrir los gastos y los
presupuestos saldaron invariablemente con déficit muy elevados, que
rondaron un 17% o en ocasiones un 26% de los ingresos realizados.
Excepcionalmente hubo superávit entre 1888 y 1891, una mejora
coyuntural debida exclusivamente al aumento de la cotización del
azúcar, que coincidió con unas zafras elevadas Un 10% más o menos
permanente representa un estado de emergencia para cualquier Hacienda.
CUADRO 4. INGRESOS, GASTOS Y SALDO PRESUPUESTARIO DE CUBA, 1882-1895
(en pesos)
_________________________________________________________________
Ingresos Gastos Saldo % sobre ingresos
______________________________________________________ ____________
1882-83 27.555.745 35.378.241 -7.822.496 -28
1884-85 25.384.417 31.918.586 -6.534.168 -26
1885-86 31.870.899 35.609.648 -3.738.719 -12
1886-87 22.762,767 26.628.906 -3.866.139 -17
1887-88 20.126,867 25.264.781 -5.137.914 -26
1888-89 23.925,705 23.933.241 -7.536 0
1889-90 24.656,334 23.782.737 873.597 4
1890-91 25.190.231 24.650.331 539.900 2
1891-92 20.752.515 25.803.705 -5.051.190 -24
1892-93 20.068.531 24.925.625 -4.857,093 -24
1893-94 20.686.462 26.155.788 -5.469.325 -26
1894-95 23.386.609 26.202.577 -2.815.968 -11
1895-96 18.523.743 26.747.530 -8.223.782 -44
_______________________________________________________
FUENTE: Elaboración propia a partir de los datos proporcionados por la
Intervención General del Estado, Resúmenes estadísticos de ingresos y
pagos por recursos y obligaciones de los presupuestos de 1891-1892 a
1895-96 y primer semestre de 1896-97, La Habana, P. Fernández y Cía.,
1897, y El Economista, 18 de enero de 1896, p. 45.
Los déficit se tradujeron en un incremento de la deuda, que creció con
relación al gasto total, situándose durante buena parte del periodo en
torno al 40% del gasto. Se trataba de un gasto improductivo, que en
nada beneficia al país y que suponía que año tras año salían de la
isla diez o doce millones de pesos.
La opinión pública en Cuba venía reclamando soluciones para la
cuestión financiera. Analizado por los autonomistas, el problema
económico-financiero de la colonia no admitía paliativos; no podía
resolverse mediante sucesivas operaciones de crédito, ni con ligeros
retoques en algunos capítulos del presupuesto. Se trataba de un
problema estructural, cuya solución requería un cambio completo en las
relaciones financieras y comerciales entre colonia y metrópoli.
Respecto a las relaciones financieras, no había otra solución que
reducir el presupuesto de ingresos de la colonia y deslindar los
gastos de carácter general de los locales, llevando los primeros al
presupuesto general del Estado. La colonia debía cubrir las cargas
generales de la nación en la colonia conforme a su riqueza y población
y en condiciones de igualdad a la metrópoli, en modo alguno los gastos
generales de la nación38.
La guerra de 1895-1898 y la quiebra del Tesoro cubano
Las circunstancias económicas y financieras de la isla de Cuba en 1895
poco tenían que ver con las de 25 años atrás. Por eso, durante la
segunda guerra de independencia fue imposible apelar al impuesto en la
misma medida, y la guerra que reinició en la primavera de 1895 se pagó
enteramente recurriendo al crédito, y desde muy temprano contraído
fuera de la isla con garantías de las rentas del Tesoro peninsular. De
momento, en marzo de 1895, las Cortes españolas aprobaron un crédito
extraordinario de carácter ilimitado con cargo al presupuesto de Cuba.
Inicialmente se vendieron en el mercado títulos de del Tesoro cubano,
emitidos con garantía de la renta de aduanas de la isla de Cuba39.
Además de negociarse en el mercado, estos títulos de la Deuda del
Tesoro de Cuba sirvieron de garantía al ministro de Ultramar para
concertar operaciones de tesorería con instituciones de crédito, como
el Banco de París, en octubre de 1895, y el Banco de España, a lo
largo de la guerra40. Posteriormente las Cortes autorizaron al
Gobierno para crear deuda del Tesoro de Cuba utilizando la garantía de
alguna renta del Estado41. Lo cierto es que en el verano de 1896 las
antaño saneadas rentas de Cuba no podían servir ya de garantía. Se
habían demostrado insuficientes incluso para cubrir las obligaciones
ordinarias de los ejercicios presupuestarios anteriores a la guerra.
De modo que desde entonces y hasta el final de la guerra las sucesivas
operaciones de crédito que se efectuaron se hicieron con garantía de
las diversas rentas de la Península. Los recursos obtenidos eran
anticipados al Tesoro de Cuba y se cargaban a la cuenta de Cuba.
No se puede pasar aquí revista a las operaciones de crédito realizadas
por los sucesivos ministros de Ultramar. Sí resulta de interés señalar
que, obtenidos los recursos en Europa, su remesa hacia Cuba supuso un
cambio en la dirección de los flujos financieros que habitualmente
habían existido entre metrópoli y colonia. Interesa también estudiar
cuál fue la contribución de la isla de Cuba para financiar las guerras
de fin de siglo. Evidentemente, el Gobierno intentó que apoyara el
esfuerzo bélico con otros recursos además de los que se pudieran
obtener mediante la venta de los títulos de la deuda de sus Tesoro.
Pero en esta ocasión, la situación financiera no permitía arrojar la
carga sobre la colonia como en 1868-1880. La renta de aduanas bien
pronto se demostró insuficiente incluso para cubrir el gasto por
deuda, que aumentó cuando se pusieron en circulación a lo largo de
1895 y 1896 nuevos títulos. Los efectos de la guerra sobre los
ingresos del Tesoro cubano fueron inmediatos. Bien pronto los rebeldes
invadieron la zona occidental de la isla y emprendieron una
destrucción sistemática de las fincas y propiedades para minar las
bases del poder colonial. La guerra económica adquirió una dimensión
de la que había carecido la anterior. Los insurrectos quemaron y
destruyeron las fincas, pero también las autoridades españolas
prohibieron la zafra para impedir el cobro de impuestos
revolucionarios. El resultado fue que la actividad económica quedó
paralizada. En 1894 y 1895 se habían producido un millón de toneladas
de azúcar; en 1896 la producción cayó a 225.000 toneladas y el año
siguiente a 212.00042. Antes de la guerra la cosecha de tabaco rondaba
los 560.000 tercios, de los que unos 220.000 se empleaban en la
elaboración de cigarros y cigarrillos y el resto se exportaba en hoja;
pues bien, en 1896 la producción se redujo a 85.000 tercios43. El
efecto de estas destrucciones sobre los recursos del Tesoro no se hizo
esperar: el presupuesto de 1895-96 se saldó con un déficit de más de
ocho millones de pesos, es decir, un 44% de los ingresos realizados, y
el de 1896-97 con uno de más de diez millones44.
El gobierno metropolitano trató de recurrir al Banco Español, como
hiciera durante la Guerra de los Diez Años. Durante los primeros meses
de 1896 negoció un anticipo al Tesoro de Cuba 20 millones de pesos al
3% de interés. Pero a esas alturas ni el Banco disponía del crédito
que tenía en 1869 ni el público podía confiar en sus emisiones, dada
la experiencia monetaria. Desde el final de la guerra anterior los
billetes emitidos por cuenta del Tesoro habían circulado con enorme
descuento y perturbadoras oscilaciones, hasta su total amortización en
1892. Falto de crédito, el Banco apenas se había atrevido a emitir dos
o tres millones de pesos, de modo que prácticamente la totalidad de
las transacciones se realizaban en metálico. Ni siquiera el curso
forzoso de la emisión de 1896, a la que se reconoció plena eficacia
liberatoria en todos los pagos, excepto en la renta de aduanas, pudo
hacer que los billetes fueran aceptados45. Pese a los severos castigos
previstos, la nueva moneda fiduciaria fue rechazada y sobrevino una
rápida depreciación. Los billetes fueron retirados y sustituidos por
otros convertibles en plata, que no corrieron mejor suerte46. Para
facilitar su circulación se estableció un impuesto del 5% ad valorem
sobre las mercancías importadas, el primero y casi uno de los pocos
que se introdujeron durante la segunda guerra de independencia.
Avanzada ya la guerra, en agosto de 1897 se aprobó un nuevo arancel de
aduanas47. La finalidad recaudatoria se impuso sobre cualquier otra
consideración y en esta ocasión, sin otra alternativa, se sometió a
los productos nacionales al pago de derechos fiscales que, por término
medio, no pasaban del 14% de las valoraciones. Se les reservaba, no
obstante, un margen protector de entre el 18 y 25%, mucho más reducido
que el arancel que en 1892 había sustituido al de 187048. Aunque en
los últimos meses de 1897 y primeros de 1898 se experimentó cierta
recuperación de la renta de aduanas, como consecuencia de implantación
del arancel49, la guerra con los Estados Unidos, iniciada en abril,
desbarató las esperanzas que se tenían puestas en esa renta, que
virtualmente desapareció. El bloqueo de las costas cubanas paralizó
casi completamente la actividad comercial, se precipitaron los cambios
y se produjo el desplome del billete plata. Se extendió el desempleo,
la escasez y encarecimiento de todo tipo de mercancías, generándose
una auténtica crisis de subsistencias.
En Madrid tuvieron que adoptarse medidas para hacer frente a la
situación financiera del Tesoro cubano, que carecía incluso de
recursos para cubrir los gastos de su presupuesto ordinario. Por ello,
buena parte de los gastos ordinarios del presupuesto colonial, como
los intereses y amortización de la deuda y otros gastos empezaron a
cubrirse con cargo al crédito extraordinario de guerra50, "en concepto
de anticipaciones reintegrables por el Tesoro de la Antilla".
El cese de la soberanía española en Cuba, Puerto Rico y Filipinas,
dejaba planteado el problema de la responsabilidad de las deudas
coloniales. Había que distinguir dos tipos de deudas: las contraídas
para financiar la última guerra y las deudas coloniales anteriores.
Sólo Cuba tenía deudas previas a la guerra. Puerto Rico carecía de
Deuda y la de Filipinas nació en 1897 para financiar la represión de
la insurrección y era de mucho menor alcance51. Con la intervención de
los Estados Unidos desapareció toda posibilidad de que Cuba se hiciese
cargo de su Deuda, tanto la creada para financiar la guerra como la
anterior52. Pese a que la responsabilidad de España a tenor del
derecho internacional vigente era dudosa53, lo cierto es que cuestión
de la Deuda tenía, además de su vertiente jurídica, su aspecto
financiero, y que gran parte de los títulos de la Deuda de Cuba había
ido a parar a la cartera del Banco de España, en la que al finalizar
la guerra figuraban activos contra el sector público por valor de
1.111 millones de pesetas, cerca de 500 en Billetes Hipotecarios de
Cuba. Esta situación imposibilitaba por sí sola la aceptación del
simple repudio, que no se desdeñaba en algunos sectores. En la Ley de
2 de agosto se reconocía ya categóricamente las deudas coloniales, más
de 3.000 millones de pesetas. Su subrogación exigió la realización de
una gran reforma fiscal en España, realizada en 1900 por el ministro
de Hacienda Fernández Villaverde.
Antes de concluir, merece la pena contrastar la evolución de la
Hacienda cubana de los desde los años 70 con el caso de la otra
colonia española del Caribe. En Puerto Rico, la revolución no había
pasado de ser un conato sofocado con rapidez. Por otra parte, la
reforma de la contribución directa introducida allí en 1869
(incorporando a gravamen a sectores hasta entonces exentos) había
proporcionado los instrumentos fiscales adecuados. Al mismo tiempo, la
paz permitió una profunda reorganización administrativa, simplificar
los servicios y reducir los gastos a 2.000.000 de pesos, una reducción
del 22,5% con relación al presupuesto de 1868, que también era muy
deficitario. En ausencia de guerra, se adecuaba el gasto a las
posibilidades contributivas de la isla, cosa que no podía realizarse
en Cuba dadas las circunstancias54.
Estas reformas coincidieron con unos precios todavía relativamente
elevados del azúcar y con un aumento de las exportaciones de café y de
tabaco con relación a las cifras de 1868. El crecimiento del comercio
produjo un espectacular aumento en la recaudación de los derechos de
aduanas: en 1870 se recaudaron dos millones de pesos; en 1871, 2,4
millones. Los sucesivos superávit permitieron a aquel Tesoro en
diciembre de 1872 liquidar las deudas viejas, proporcionar 1.600.000
en concepto de sobrantes al Tesoro peninsular y hacer al Tesoro de
Cuba un anticipo para los gastos de la guerra.
En breve, varias circunstancias imprimían un cambio a esta evolución.
Entre otras cosas, en marzo de 1873 se aprobaba la Ley de abolición de
la esclavitud. Los 30.000 esclavos existentes adquirirían la libertad.
Se reconocía a los propietarios una indemnización de 7.000.000 de
pesos, que pesó durante unos años entre los gastos. En la primavera de
1880 los descubiertos del Tesoro de Puerto Rico ascendían a 1.915.356
pesos. En 1884 se adeudaba a los antiguos propietarios de esclavos por
amortizaciones e intereses vencidos la enorme suma de 1,9 millones de
pesos. En suma, aunque no había padecido los efectos de una guerra,
Puerto Rico veía cómo se desvanecían los prometedores resultados con
que abría aquella década, todo ello debido a la acentuada caída que
estaba experimentando en el mercado el precio del azúcar.
Sin embargo, desde 1886 la tendencia se modificó y los superávit
presupuestarios se sucedieron ininterrumpidamente, exceptuando el año
1892-1893, que fue el de peores resultados de todo el periodo.
Probablemente haya que responsabilizar de semejante resultado a los
efectos del Tratado de Reciprocidad y a la gran caída del precio del
café ese año.
Mientras el azúcar declinaba, el café se convertía en el renglón
fundamental de la economía de Puerto Rico, que en la década de los
ochenta pasaba a ser el cuarto productor de América Latina. El valor
de las exportaciones se elevó de 4,7 millones de pesos en 1886 a 14 en
1896. Además, Puerto Rico encontraba mercados para su grano en la
península y en la isla de Cuba, un acoplamiento económico de
importante trascendencia política, como señaló en su día Astrid
Cubano. Esta economía cafetalera en auge no se vio interrumpida por el
estallido de una guerra en 1895. En 1896 el presupuesto de Puerto Rico
cerró con casi dos millones de pesos de superávit. Se saldaba también
con superávit el presupuesto de 1897. Además, desde 1895 había quedado
enteramente pagada la deuda contraída con los antiguos propietarios de
esclavos, que había pesado sobre el presupuesto desde el ejercicio
1874.
En el periodo 1880 a 1895 los ingresos en Puerto Rico se incrementaron
en un 24%; en Cuba descendieron en un 33%. En 1895 se recaudaron en
Puerto Rico 5,5 millones de pesos; en Cuba, 18 millones. Deduciendo el
gasto por deuda, quedaban libres 7 millones. Esto quiere decir que la
evolución de las Haciendas de Cuba y Puerto Rico habían transitado en
direcciones opuestas, y que al final del recorrido colonial habían
adquirido proporciones muy similares, si bien en vísperas de 1868 su
dimensión era muy distinta, de cerca de 33 millones de pesos
presupuestados en Cuba, frente a únicamente tres en Puerto Rico.
1 Acerca de la cuantía a que ascendió el situado de México R. de la
Sagra, Historia económico-política y estadística de la isla, La
Habana, Viuda de Arazoza, 1831, p. 281; S. Ruiz Gómez, Examen crítico
de lo presupuestos generales de ingresos y gastos de la isla de Cuba
para el año de 1878-79 por..., París, Imprenta Hispano Americana,
1880, p. 11.
2 He prestado atención a la financiación de estas campañas en ROLDÁN
DE MONTAUD, Inés, La banca de emisión en Cuba (1856-1898), Madrid,
Banco de España, Servicio de Estudios. Estudios de Historia Económica,
núm. 44, 2004. pp. 53-65. Para una visión de conjunto, DURÁN, Nelson,
La Unión Liberal y la modernización de la España isabelina. Una
convivencia frustrada, 1854-1868, Madrid, Akal, 1979.
3 Gaceta de Madrid, 22 de marzo de 1872, “Estado general de la
recaudación habida por la renta de Aduanas de la isla de Cuba durante
el quinquenio de 1865 a 1870”.
4 Gaceta de Madrid, 13 de marzo de 1867, Real Decreto de 12 de marzo.
5 VÁZQUEZ QUEIPO, Vicente, La sublevación de Cuba, Madrid, Imprenta de
J. Cruzado, 1869, p. 3, y Gaceta de Madrid, 22 de marzo de 1872,
“Estado general de la recaudación habida por la renta de Aduanas de la
isla de Cuba durante el quinquenio de 1865 a 1870”.
6 Del problema de la circulación fiduciaria en Cuba y de las sucesivas
emisiones hemos tratado extensamente en La Hacienda en Cuba…, pp.
27-42 y 85-108, y en La banca de emisión en Cuba…, pp. 67-90.
7 Noticias estadísticas de la isla de Cuba en 1862, dispuestas y
publicadas por el Centro de Estadística, La Habana, Imprenta del
Gobierno, 1864.
8 DSCD, núm. 48, 18 de julio de 1884, p. 1.366, discurso de Bernardo
Portuondo, para una valoración positiva de la reforma. En este mismo
sentido, GUERRA, Ramiro, Manual de Historia de Cuba. Desde su
descubrimiento hasta 1868, Madrid, Ediciones ERRE, 1975, pp. 666-669.
9 Gaceta de Madrid, 2 de octubre de 1869, Real Decreto de 30 de
septiembre de 1869.
10 Para la gestación del arancel, que pasan por alto autores como Le
Riverend, véase Boletín Oficial del Ministerio de Ultramar (1870), pp.
379-384.
11 IZARD, Miguel, Manufactureros, industriales y revolucionarios,
Barcelona, Crítica, 1979, p 157.
12 Boletín Oficial del Ministerio de Ultramar (1870), pp. 379-383, y
ROLDÁN DE MONTAUD, La Hacienda en Cuba…, pp. 52-58.
13 Sobre el complejo sistema de impuestos que fue fraguándose durante
los primeros años de la guerra, véase nuestro estudio, La Hacienda en
Cuba…, pp. 43-67 y 155-184.
14 CANCIO VILLAAMIL, Mariano, Situación económica de la isla de Cuba.
Exposición dirigida al Excmo. Sr. Ministro de Ultramar, acerca del
estado económico de la isla de Cuba en 15 de diciembre de 1874,
Madrid, Imprenta de M. Ginesa, 1875, pp. 87-97 y 191-192, y ROLDÁN DE
MONTAUD, La Hacienda en Cuba…, pp. 127-137 y 156-157.
15 Véase el Decreto del Excmo. Sr. Gobernador General aprobando
interinamente los presupuestos para los ocho meses de 1878 a 1879 y el
año económico del 1 de julio de 1879 a fin de junio de 1880, Madrid,
Imprenta del Gobierno, 1878, p. 5.
16 Las cifras de los presupuestos, en CANCIO VILLAAMIL, Mariano, Cuba.
Su presupuesto de gastos, Madrid, R. Moreno, 1883, pp. 29-30.
17 Boletín Oficial del Ministerio de Ultramar (1875) p. 160.
18 Para un estudio de estas operaciones de crédito, remitimos a La
Hacienda en Cuba…, pp. 167-168 y 173-175.
19 PIRALA, Antonio, Anales de la Guerra de Cuba, Madrid, Felipe
González Rojas, 1895-1898, vol. III, p. 330.
20 Empréstito de Cuba. Discusión de la ley de garantía eventual de la
nación, Madrid, M. Fortanet, 1877. Sobre el Banco Hispano-Colonial,
CANOSA, Ramón, Un siglo de banca privada (1845-1945). Apuntes para la
historia de las finanzas españolas, Madrid, Nuevas Gráficas, 1945, pp.
311 y ss., y ROLDÁN DE MONTAUD, Inés, La Hacienda en Cuba…, capítulo
VIII, pp. 185-207; RODRIGO Y ALHARILLA, Martín, "El Banco Hispano-Colonial
y Cuba (1876-1898)", Iberoamericana Pragensia, XXXII (1998), pp.
211-128, y Los marqueses de Comillas 1817-1925, Madrid, Lid, 2001.
21 Empréstito de veinticinco millones de pesos y liquidación entre el
Gobierno de S. M. y el Banco Español de la Habana en 31 de agosto del
presente año, La Habana, Imprenta del Gobierno y Capitanía General,
1878. Sobre esta, consúltese nuestro trabajo La banca de Emisión en
Cuba…, pp. 93-100.
22 DSCD, núm. 140 12 de abril de 1880, p. 2844.
23 PIRALA, Anales de la guerra…, vol. 3, p. 798.
24 CAMPS Y FELIÚ, Francisco de, Españoles e insurrectos. Recuerdos de
la guerra de Cuba, La Habana, Ed. Tipogr. de A. Álvarez y Compañía,
1890, p. 178, y Gaceta de la Habana, 14 de junio de 1878, Alocución
del general Joaquín Jovellar.
25 ROSELL DE PLANAS, Rebeca, Factores económicos, políticos y sociales
de la Guerra Chiquita, La Habana, Academia de la Historia, 1953, p.
13.
26 TORTELLA, Gabriel, "El desarrollo de la industria azucarera y la
guerra de Cuba", Moneda y Crédito (1964), Tabla E.
27 ROLDAN DE MONTAUD, I., La Restauración en Cuba…, capítulos III y
IV, para la gestión de Martínez Campos en Cuba al finalizar la guerra.
28 Gaceta de Madrid, 13 de julio de 1879, Real Decreto de 11 de julio
de 1879.
29 Para el estudio de las reformas de Albacete y Martínez Campos,
BECK, Earl R., "The Martínez Campos Government of 1879. Spain's Last
Chance in Cuba", Hispanic American Historical Review, 56 (1976), pp.
268-289, y ROLDÁN DE MONTAUD, La restauración en Cuba…, pp. 164-188.
30 Sobre el alcance e interpretación de esta crisis, véase PIQUERAS,
José Cuba, emporio y colonia. La disputa de un mercado interferido,
Madrid, Fondo de Cultura Económica, 2003, y ROLDÁN DE MONTAUD, La
Restauración en Cuba…, pp. 284-332.
31 DSCD, núm. 145, 17 de abril de 1880, p. 301
32 Colección Legislativa de España (1897), 2º sem., p. 1167, Proyecto
de ley de presupuestos para el ejercicio 1887-1888.
33 ROLDÁN DE MONTAUD, La Restauración en Cuba…, pp. 356-370.
34 PIQUERAS, Cuba, emporio y colonia…, pp. 161-186 se ha ocupado
extensamente de esos dos acuerdos comerciales. Puede consultarse
también ZANETTI LECUONA, Oscar, Comercio y poder. Relaciones
cubano-hispano-norteamericanas en torno a 1898, La Habana, Casa de las
Américas, 1998, especialmente pp. 126-138. Para la posición de los
grupos peninsulares, ROLDÁN DE MONTAUD, La Restauración en Cuba…, pp.
491-499
35 Sobre las leyes de relaciones y su interpretación no siempre
conforme, véase MALUQUER, Jordi, "El mercado colonial antillano en el
siglo XIX", en NADAL, Jordi y TORTELLA, Gabriel (eds.), Agricultura,
comercio colonial y crecimiento económico en la España contemporánea,
Barcelona, Ariel, 1976, p. 348.; MARTÍN RODRÍGUEZ, Manuel, Azúcar y
descolonización. Origen y desenlace de una crisis agraria en la Vega
de Granada. El "Ingenio de San Juan", 1882-1904, Granada, Universidad
de Granada, 1982; SERRANO SANZ, José M., El viraje proteccionista de
la Restaura­ción. La política comercial española, 1875-1895, Madrid,
Siglo XXI, 1989, p. 66, ZANETTI, Comercio y poder…, pp. 103 y ss., y
ROLDÁN DE MONTAUD, La Restauración en Cuba…, pp. 212-219. De interés
la consulta de ALZOLA Y MINONDO, Pablo, Relaciones comerciales entre
la Península y las Antillas, Madrid, Imprenta de la Vda. de M. Minuesa
de los Ríos, 1895.
36 Informe del Círculo de Hacendados de la isla de Cuba al Gobierno en
2 de abril de 1887, citado en DSCD., núm. 156, 7 de mayo de 1890, p.
4962.
37 Ley de presupuestos generales de ingresos y gastos de la isla de
Cuba, de 27 de septiembre de 1890, art. 14. Para la amortización,
ROLDÁN DE MONTAUD, La banca de emisión…, pp. 137-150.
38 DSCD, núm. 160, 12 de mayo de 1890, pp. 5126 y ss., propuesta de
artículo adicional al presupuesto de gastos e ingresos de la isla de
Cuba durante el ejercicio 1890-91 y discurso de Bernardo Portuondo.
39 DSCD, apéndice 5º al núm. 154. Esta Ley de 8 de julio fue
prorrogada durante los años sucesivos. Sobre la financiación de la
guerras de fin de siglo, ROLDÁN DE MONTAUD, Inés, “Guerra y finanzas
en la crisis de fin de siglo: 1895-1900”, Hispania, LVII/2, 196
(1997), pp. 611-675.
40 The Economist, 13 de marzo de 1897.
41 DSCD, núm. 39, 27 de junio de 1896, apéndice 1º.
42 LE RIVEREND, Julio, Historia Económica de Cuba, La Habana,
Instituto Cubano del Libro, 1974, p. 474.
43 PORTER, Robert P., Industrial Cuba; Being a Study of Present
Commercial and Iindustrial Conditions, with Suggestions as to the
Opportunities Presented in the Island for American Capital,
Enterprise, and Labor, Nueva York-Londes, G. P. Putnam´s Sons, 1899,
p. 233, y The Economist, 8 de mayo de 1897, p. 675. La exportación de
cigarros aumentó ligeramente respecto al año anterior debido al
decreto de Weyler de 16 de mayo prohibiendo la exportación de hoja de
Pinar del Río y Matanzas.
44 Colección Legislativa de España, 1899, p. 292, Real decreto de 20
de septiembre de 1899.
45 Real Orden de 8 de junio de 1896 y Bando de Valeriano Weyler del 28
de agosto en WEYLER, Valeriano, Mi mando en Cuba (10 de Febrero de
1896 á 31 de Octubre de 1897). Historia militar y política de la
última guerra separatista durante dicho mando, Madrid, Felipe González
Rojas, 1910, vol. II, pp. 186 a 189.
46 Real orden de 2 de noviembre de 1896, apéndice número 3 a Memoria
leída en la Junta General de accionistas del Banco Español de la isla
de Cuba del 19 de abril de 1897, La Habana, 1897, pp. 24 y 25.
47 Sobre la Comisión arancelaria, véase ROLDÁN DE MONTAUD, La
Restauración en Cuba..., pp. 586-602.
48 El Imparcial, El Globo, El Liberal, 9-IX-1897, dedican extensos
artículos a analizar el nuevo arancel. De él nos hemos ocupado en "La
paz a cambio de un mercado: en torno al proyecto autonómico de Antonio
Cánovas del Castillo", en OPATRNÝ, Josef (ed.), El Caribe hispano de
los siglos XIX y XX, Praga, Universidad Carolina de Praga, 2003
(Ibero-americana Pragensia, Supplementum, 11), pp. 261-280
49 Diario de la Marina, 12 de septiembre de 1897.
50 DSCD, núm. 48, 18 de junio de 1898, apéndice 5.
51 Para el estudio de las deudas filipinas anteriores, puede
consultarse FRADERA, Josep M., Colonias para después de un imperio,
Barcelona, Edicions Bellaterra, 2005, y ROLDÁN DE MONTAUD, Inés,
"Aproximación a la Hacienda pública filipina del siglo XIX", en
ELIZALDE, María D., FRADERA, Josep M. y ALONSO, Luis (eds.), Imperios
y naciones en el Pacífico, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, 2001, vol. I, pp. 395-435.
52 JENKS, Leland, Our Cuban Colony. A Study in Sugar, Nueva York,
Vanguard Press, 1928, p. 60, y DSCD, núm. 63, 21 de febrero de 1899,
pp. 1842-1843.
53 Sobre la cuestión de la deuda y el Tratado de París, MONTERO RÍOS,
Eugenio, El Tratado de París. Conferencias pronunciadas en el Círculo
de la Unión Mercantil en los días 22, 24 y 27 de febrero de 1904,
Madrid, Velasco impresores. 1904, pp. 58-60 ; LABRA, Rafael M. de,
"Estudios de derecho público. Aspecto internacional de la cuestión de
Cuba, Madrid, Tipografía de Alfredo Alonso, 1900.
54 Esta información de Puerto Rico procede de “Las Haciendas públicas
de Cuba y Puerto Rico desde el grito de independencia al final de la
colonias“, en ROLDÁN DE MONTAUD, Inés, (ed.), Las Haciendas públicas
en el Caribe hispano durante el siglo XIX, Madrid, Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, 2008, pp. 273-329.

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