tn/ag/w/5 página 0 organización mundial del comercio tn/ag/w/5 6 de diciembre de 2008 (08-6016) comité de agricu

TN/AG/W/5
Página 0
Organización Mundial
del Comercio
TN/AG/W/5
6 de diciembre de 2008
(08-6016)
Comité de Agricultura en
Sesión Extraordinaria
PROYECTO REVISADO DE MODALIDADES PARA LA AGRICULTURA
PRODUCTOS SENSIBLES: DESIGNACIÓN
1.
El presente documento, como los documentos TN/AG/W/6 y
7, forma parte de una labor en curso, mucho más que el
Proyecto Revisado de Modalidades para la Agricultura
propiamente dicho (TN/AG/W/4/Rev.4). En estos
documentos, mi intención no es presentar sugerencias
precisas para las modalidades porque sugerencias tan
precisas como las que he hecho en la cuarta revisión de
las modalidades (que es en realidad la quinta, si se
parte del documento TN/AG/W/3) reflejan una convergencia
que consideré suficiente para que ese progreso pudiera
plasmarse.
2.
En lugar de proponer una solución única para la
designación de los productos sensibles, el presente
documento de trabajo expone la cuestión e indica una
forma de proceder que, es de esperar, pueda servir de
base para resolver este asunto. La razón por la que he
distribuido éste y los demás documentos de trabajo en
este formato más formal es asegurar que se distribuyan
de la misma manera y al mismo tiempo que el cuarto
Proyecto Revisado de Modalidades para la Agricultura
propiamente dicho.
3.
Las consultas constructivas celebradas hasta ahora nos
han permitido progresar en cuanto a las diferencias que
existían con respecto a los productos sensibles, pero
todavía estamos lejos de lograr un texto limpio, y mucho
más de alcanzar un acuerdo sobre las cuestiones
esenciales.
4.
Por su parte, el Japón y el Canadá manifiestan sin
ninguna ambigüedad que no pueden limitarse a un 4 por
ciento de productos sensibles. El Canadá ha indicado que
desea obtener un 6 por ciento y el Japón un 8 por
ciento. Se han explorado varias ideas pero ninguna ha
logrado el consenso. Se podría simplemente no ir más
lejos y someter la cuestión a una decisión política -en
cierto sentido es lo que sugiere el texto per se que es
lo mejor que puede hacerse cuando simplemente no hay
acuerdo sobre una cuestión tan sensible.
5.
Sin embargo, el compromiso constructivo con que
contábamos permitía vislumbrar ciertas posibilidades y,
de hecho, en algún momento habrá que encontrar una
solución que sea aceptable para todos. En ese sentido, y
basándome en lo que he oído, lo mejor que puedo proponer
en relación con el Canadá es que las siguientes
formulaciones se presenten como opciones -no pretenden
ser un texto jurídico definitivo- a partir de las cuales
se pueda llegar a una decisión final. Obviamente, se
podrían introducir ciertos ajustes, pero, si alguna vez
se hubiera de llegar a resolver esta cuestión, creo que
un texto semejante al que figura a continuación podría
servir para impulsar esa resolución.
6.
O bien:
El Canadá podrá también tener acceso al número máximo de líneas
arancelarias previsto en la segunda frase del párrafo 71, a condición
de que a) para cada línea arancelaria adicional al 4 por ciento1
previsto en la primera frase del párrafo 71, prevea un 1,5 por ciento
adicional al 4 por ciento del consumo interno previsto en el párrafo
74 para esas líneas adicionales (es decir, el 5,5 por ciento del
consumo interno para cada línea adicional por encima del límite del 4
por ciento); y b) para la totalidad del 4 por ciento de las líneas
arancelarias a que hace referencia la primera frase del párrafo 71,
prevea un 0,5 por ciento adicional al 4 por ciento del consumo interno
previsto en el párrafo 74 (es decir, el 4,5 por ciento del consumo
interno para el 4 por ciento por defecto de las líneas arancelarias).
O bien:
El Canadá podrá también tener acceso al número máximo de líneas
arancelarias previsto en la segunda frase del párrafo 71, a condición
de que se prevea un 1 por ciento adicional del consumo interno para
todas y cada una de las líneas arancelarias declaradas sensibles (es
decir, el 5 por ciento del consumo interno para todas y cada una de
las líneas arancelarias declaradas sensibles).
7.
Por lo que se refiere al Japón, hasta ahora no he tenido
la impresión de que una u otra de las dos opciones
expuestas pueda funcionar. Las consultas que he
celebrado no me han dado tampoco base alguna para
proponer cualquier otro enfoque que pudiera generar
convergencia. Por supuesto, el Japón ha presentado su
propia propuesta con respecto al acceso a un total del 8
por ciento de las líneas arancelarias para los productos
sensibles.
8.
Sin embargo, es evidente que no se trata sólo de una
cuestión de números en lo que respecta a los productos
sensibles, aislados clínicamente de todo lo demás.
Cabría preguntarse si esto afectaría a quienes se
atuvieran al número por defecto, y de qué modo, y cómo
afectaría a otros elementos del texto.
9.
En cuanto al párrafo 76, se han introducido algunas
modificaciones al texto entre corchetes, que sigue
siendo objeto de clara discrepancia a pesar de las
consultas en curso. No ha surgido un consenso en forma
de solución de transacción o alternativa. Lo mejor que
puedo sugerir como posible opción, más con la esperanza
que con la certeza de alcanzar un acuerdo, es lo
siguiente:
Alternativamente, ciertos Miembros2 podrán mantener el 2 por ciento
como máximo de sus líneas arancelarias por encima del 100 por ciento
ad valorem durante un período no superior a cuatro años después del
plazo para la aplicación que figura en el párrafo 61. Además, cada uno
de los años siguientes al plazo para la aplicación, esos Miembros
reducirán un cuarto de las líneas mantenidas al 100 por ciento ad
valorem.
__________
1 En la presente comunicación se supone que no se recurre al
apartamiento de dos tercios y que no existen otros ajustes. Si se
recurre al apartamiento de la mitad o de un tercio o se realizan otros
ajustes, según lo previsto en el Proyecto Revisado de Modalidades para
la Agricultura, las cifras correspondientes deberán ser ajustadas en
consonancia.
2 Islandia, el Japón, Noruega y Suiza

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