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R
E2154
V2
EPUBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE SALUD
LINEAMIENTOS PARA ELABORAR UN PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SOLIDOS DE
LAS UNIDADES DE SALUD DE ATENCIÓN PRIMARIA GESTIONADOS POR
“PROVEEDORES DE SERVICIOS” DE SALUD
Mayo 2009
Tabla de Contenidos
No
Contenido
Pagina
I.
Introducción y objetivos
3
II.
Convenios Legales
4
III.
Informe de Consultoría
12
IV.
Plan del Manejo de los Desechos Sólidos
24
ANEXO 1: Acuerdo No 07, Gaceta No 31,655 del 10 Junio 2008
31
ANEXO 2: Aprobación del Plan de manejo de los Desechos Sólidos de las
Unidades de Salud de Atención Primaria
I.
Introducción
El presente documento contiene los lineamientos para la elaboración de
los planes de manejo de las unidades de salud que se encuentran bajo
los modelos de gestión descentralizados y se expandirán bajo
componentes I y II del nuevo Proyecto de Salud “Mejora del Acceso y
Calidad de los Servicios Básicos de Salud”.
El documento se basa en los lineamientos de la Secretaría de Salud
para el manejo de los desechos Sólidos Hospitalarios y en el
reglamento para el manejo de los Desechos generados en los
establecimientos de salud (Anexo 1: Acuerdo No 07, Gaceta No 31,655
del 10 Junio 2008), aplicado al primer nivel de atención donde la
cantidad y tipo de materiales contaminantes es de menor riesgo.
El documento comprende las acciones esperadas (líneas de acción) para
que cada “Proveedor de Servicios” la pueda operativizar ajustándolas
de acuerdo a su realidad y necesidades encontradas, de igual forma les
permite programar los resultados esperados, de tal forma que puedan
plantar sus metas e indicadores de proceso y desarrollo del plan, los
cuales servirán de insumos para las actividades de seguimiento que el
“proveedor de Servicios” tendría que hacer en todas sus unidades de
salud bajo su responsabilidad, al igual que para la Regional de Salud
para monitorear los resultados alcanzados.
Se presentan dos tablas, una con el plan operativo de manejo de
desechos sólidos por “Proveedor de Servicios”, el cual es una guía
para que cada “Proveedor de Servicios” pueda ampliar sus actividades,
subactividades y tareas de acuerdo a su realidad y recursos
disponibles y también contiene un cuadro con una propuesta de
programación del gasto anual del plan, de tal forma que cada
“Proveedor de Servicios” pueda costear y estimar el gasto por unidad
de salud para garantizar la implementación del plan.
OBJETIVO GENERAL
Reducción de los factores de riesgos relacionados con el inadecuado
sistema de manejo y disposición final de los Desechos Sólidos de las
Unidades de Salud, implementando un Plan de Gestión y Manejo adecuado,
para contribuir a1 mejoramiento de las condiciones de salud de los
pacientes, personal de salud, visitantes, población en general y el
ambiente.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Establecer e implementar en los Centros de Salud y Clínicas de los
proveedores de servicios, un sistema adecuado de manejo de los
desechos sólidos de en las diferentes operaciones internas de cada una
de ellas.
Crear la estructura organizativa y funcional que dará seguimiento al
plan de manejo de los desechos sólidos a nivel de cada unidad de salud
y por Proveedor de Servicios de Salud de acuerdo a las normativas de
la Secretaría de salud.
Garantizar los requerimientos e insumos necesarios para la
implementación del plan de manejo de los desechos.
Evaluar y dar seguimiento a la implementación del Plan de manejo de
desechos sólidos sanitarios producidos en cada unidad de salud de los
proveedores de servicios.
II.
Convenios Legales
1. REVISIÓN DEL MARCO LEGAL VIGENTE EN RELACIÓN CON EL MEDIO AMBIENTE
Y LA GESTIÓN DE LOS DESECHOS HOSPITALARIOS
1. 1. La Constitución de la República de Honduras1
Decreto Nº 131, publicado en La Gaceta, Nº 23.612 del 20 de enero de
1982
1.1. 1. En el Título III, de las Declaraciones, Derechos y Garantías,
Capítulo VII, de la Salud, Artículo 145:
*
Reconoce el derecho a la protección de la salud;
*
Establece que es deber de todos participar en la promoción y
preservación de la salud personal y de la comunidad; y
*
Que el Estado conservará el medio ambiente adecuado para proteger
la salud de las personas.
1.1.2. En el Artículo 149 establece que corresponde al Estado
supervisar las actividades privadas de salud conforme a la ley.
1.1.3. En el Título V, de los Poderes del Estado, Capítulo VI, del
Poder Ejecutivo, Artículo 245, establece que el Presidente de la
República tiene la administración general del Estado y son sus
atribuciones, atribución 11: emitir acuerdos y decretos y expedir
reglamentos y resoluciones conforme a la ley; y atribución 29: adoptar
las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de
la salud de los habitantes;
1.2. El Código de Salud2
Decreto Nº 65-91, publicado en La Gaceta, Nº 26.509 del 16 de agosto
de 1991
1.2.1. En el Título preliminar, Capitulo I, Disposiciones generales:
El Artículo 1, define que la salud, considerada como un estado de
bienestar integral, biológico, psicológico, social y ecológico, es un
derecho humano inalienable y corresponde al estado, así como a todas
las personas naturales o jurídicas, el fomento de su protección,
recuperación y rehabilitación.
El Artículo 2, deja establecido también que el presente código es de
orden público y en caso de conflicto prevalecerá sobre cualquier otra
norma.
1.2.2. En el Libro I, Titulo Unico: Y de los derechos y deberes
relativos a la salud familiar y colectiva y al medio ambiente, el
Artículo 9, define que toda persona tiene el derecho a vivir en un
ambiente sano, en la forma como este código y las demás normas de
salud lo determinen, y el deber correlativo de proteger y mejorar el
ambiente que lo rodea. Establece que la Secretaria tiene bajo su
responsabilidad velar para que se den las condiciones ambientales,
para el cumplimiento de lo dispuesto en este articulo.
1.2.3. En el Libro II: De la promoción y protección de la salud,
Titulo 1:
Saneamiento del medio ambiente, Capítulo I, Artículo 25, establece que
para efectos de la aplicación de este Código y de las demás normas de
salud, se entenderá por medio ambiente, el conjunto de recursos
naturales cuya preservación y renovación a cargo del Estado y de todos
los habitantes, se hacen necesarios para asegurar la salud y el
bienestar general.
1.2.4. En el Capitulo IV, De los residuos sólidos,
Artículo 51 se define con el nombre con el nombre genérico de basura,
entre otros a: literal e) los desechos producidos en los
establecimientos de salud, públicos y privados, ya sean estos
contaminados o no contaminados; literal f) los desechos que producen
radiaciones ionizantes; y que: literal g) el uso y disposición final
de sólidos no putrescibles o no biodegradables, serán objeto de
especial consideración en los reglamentos a establecer.
Artículo 52 establece que las basuras de cualquier índole deberán ser
eliminadas sanitariamente. Determina también que corresponde a las
municipalidades organizar, contratar y asumir la responsabilidad de
los servicios de limpieza, recolección, tratamiento y disposición de
basuras, cumpliendo con las normas reglamentarias.
Artículo 53 establece que solamente se podrán utilizar como sitios de
disposición final de basuras, los predios que expresa y previamente
sean autorizados por las municipalidades, con el dictamen favorable de
la Secretaría.
Artículo 54 establece que en las poblaciones donde existe servicio
público de recolección de basura, los habitantes deberán hacer uso
obligado del mismo, y que en los lugares donde no existe, los
particulares deberán hacer uso de un sistema adecuado de disposición
de basuras, de acuerdo con las normas reglamentarias;
Artículo 55 establece que se deberán reglamentar las actividades de
cualquier índole, que ocasionen arrastre de residuos sólidos a las
aguas o a los sistemas de alcantarillado;
Artículo 56 determina que la Secretaria, calificará los sitios para
establecer la recolección, almacenamiento, clasificación y separación
de basuras;
Artículo 57, que cuando por la ubicación o el volumen de las basuras
producidas, la entidad responsable del aseo no pueda efectuar la
recolección, esta le corresponderá a la persona o establecimiento
productor, así como su transporte y disposición final a los lugares
autorizados por las municipalidades conforme a lo dispuesto en el
Articulo 53 del presente código.
1.2.6. En el Título IV;3 Disposiciones finales y transitorias, en el
Artículo 236, (reformado por el Decreto Nº 191-91, publicado en La
Gaceta, Nº 26659 del 3 de febrero de 1992), establece que el Poder
Ejecutivo, emitirá los reglamentos que señala este código dentro de un
plazo que vence el 26 de agosto de 1992; y que mientras no se emitan
los nuevos reglamentos continuarán en vigencia los actuales, así como
las demás disposiciones sanitarias que no se opongan a la presente
ley.
1.2.7. En el Artículo 238 se establece que para dirimir los aspectos
de competencia interinstitucional que se susciten en la aplicación de
este código, que:
*
En los aspectos de salud humana, se aplicaran las leyes,
reglamentos y demás disposiciones relacionadas al respecto que
sean de la responsabilidad de la Secretaria de Salud Publica;
*
En lo relacionado a la salud animal, vegetal y demás recursos
naturales, se aplicaran las leyes, reglamentos y demás
disposiciones que estén bajo la responsabilidad de la Secretaria
de Recursos Naturales; y
*
En las actividades donde existen interdependencia de acciones,
estas se efectuaran coordinadamente entre las Secretarias
involucradas.
1.3. La Ley General del Ambiente4
Decreto Nº 104-93, publicado en La Gaceta, Nº 27.083 del 30 de junio
de 1993
1.3.1. En el Título I, Principios y Objetivos, Capítulo I, Principios
Generales,
Artículo 1, define que la protección, conservación, restauración y
manejo sostenible del ambiente y de los recursos naturales son de
utilidad pública y de interés social.
Artículo 2 define que para esta ley se entiende por ambiente el
conjunto formado por los recursos naturales, culturales y el espacio
rural y urbano, que puede verse alterado por agentes físico o químicos
o biológicos, o por otros factores debido a causas naturales o
actividades humanas, todos ellos susceptibles de afectar, directa o
indirectamente, las condiciones de vida del hombre y el desarrollo de
la sociedad.
1.3.2. En el Título IV: Elementos ambientales distintos a los Recursos
Naturales, Capítulo I: Residuos Sólidos y Orgánicos, en el:
Artículo 66 ordena que provengan e donde provengan deben ser tratados
técnicamente para evitar alteraciones en los suelos, ríos, lagos,
lagunas y en general en las aguas marítimas y terrestres, así como
para evitar la contaminación del aire; y en el
Artículo 67 define que corresponde a las municipalidades en consulta
con la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud Pública u otros
organismos técnicos, adoptar un sistema de recolección, tratamiento y
disposición final de estos residuos, incluyendo las posibilidades de
su reutilización o reciclaje.
1.3.3. En el Capítulo IV: Ambiente Y Salud Humana define:
*
Artículo 74, que el Estado, a través de la Secretaría de Estado en
el Despacho de Salud Pública y con la colaboración de la
Secretaría de Estado en el Despacho del Ambiente, vigilará el
cumplimiento de las leyes generales y especiales atinentes al
saneamiento básico y contaminación del aire, agua y suelos, con el
objeto de garantizar un ambiente apropiado de vida para la
población;
*
Artículo 75, que las municipalidades en el término de su
jurisdicción territorial y en concordancia con la política general
del Estado, tomarán las medidas específicas de control de la
contaminación ambiental según las condiciones naturales, sociales
y económicas imperantes; y
*
Artículo 76, que el Poder Ejecutivo establecerá los niveles
permisibles de contaminación, atendiendo los resultados de
investigaciones pertinentes y las normas internacionales.
1.4. El Reglamento General de Salud Ambiental5
Acuerdo Nº 94-98, publicado en La Gaceta, Nº 28.593 del 20 de junio de
1998 (sustituye al Acuerdo 109-93, publicado en La Gaceta Nº 27.267
del 5 de febrero de 1994)
1.4.1. En el Capítulo VII: De los Residuos Sólidos (basuras), Artículo
61, además de otros, se definen como basura, en los literales e) y f)
a los desechos producidos en los establecimientos de salud y privados,
ya sean estos contaminados o no contaminados; y a los desechos que
producen radiaciones ionizantes. Y en el literal g) se establece que
el uso y disposición final de sólidos no putrescibles o no
biodegradables serán objeto de especial consideración en los
reglamentos a establecer.
1.4.2. En el Artículo 62 se establece que el uso y disposición final
de desechos biodegradables, por su naturaleza, estarán sometidos a las
normas técnicas especiales que emitirá la Dirección General de Salud
competente, de la Secretaría de Salud.
1.4.3. En el Artículo 63 se establece que toda ciudad, municipio,
aldea, caserío y cualesquiera otros asentamientos humanos, deberán
estar dotados de un sistema sanitario de recolección y disposición
final de los desechos sólidos y otros de esta índole altamente
contaminantes y nocivo.
1.4.4. En el Artículo 64 se determina que:
*
Corresponde a las Municipalidades, conforme a su Ley y al Código
de Salud, organizar, contratar y asumir la responsabilidad de los
servicios, recolección, tratamiento y disposición sanitaria final
de basuras;
*
Que además se debe considerar un manejo y tratamiento especial a
los desechos peligrosos de origen hospitalario;
*
El manejo debe cumplir con las normas técnicas de seguridad de
personal y de un debido aislamiento de los desechos peligrosos, y
que el tratamiento debe ser considerado bajo tres sistemas: a)
Incineración; b) Autoclave; c) Relleno sanitario especial; y que
*
La selección del tratamiento dependerá de los desechos producidos
o de alguna otra alternativa que esté disponible conforme al
avance de la tecnología.
1.4.5. En el Artículo 65 se determina:
*
Que la Dirección General de Salud competente de la Secretaría de
Salud emitirá a través del Departamento de Salud Ambiental las
normas técnicas concernientes a los sistemas sanitarios de
recolección, tratamiento y disposición final de basuras, siendo de
cumplimiento obligatorio para las Municipalidades u otras
entidades públicas o privadas, que tengan a su cargo este tipo de
servicios, así como para los funcionarios que deban emitir
dictámenes en este campo; y
*
Que tanto el incumplimiento del presente Artículo, como de este
Reglamento será sancionado desde falta grave hasta gravísima.
1.4.6. El Artículo 66 determina que la Alcaldía Municipal es la
entidad responsable del servicio; el Artículo 67 establece que se
utilizará como sitios de disposición final de basuras, los que expresa
y previamente sean autorizados por las municipalidades, a cuyo efecto
deberán obtener dictamen favorable de la Región o Área de Salud de su
jurisdicción, según las Normas Sanitarias vigentes; y el Artículo 68,
que las Municipalidades podrán recibir asesoramiento técnico para la
preparación de proyectos de sistemas de recolección y disposición
final de basuras, de parte de la Dirección General de Salud competente
a través del Departamento de Saneamiento Ambiental, Región o Área de
Salud.
1.4.7. El Artículo 69 obliga a los habitantes de las localidades donde
existe organizado un sistema público de recolección y disposición
final de basuras, a hacer uso del mismo y a pagar la tarifa que por
este ha acordado el Municipio; y en el Artículo 70, en las
poblaciones, donde no exista servicio público de recolección de
basuras, los habitantes deberán hacer uso de un sistema adecuado de
disposición final, ya sea enterrándolas, incinerándolas, o haciendo
uso de otros métodos, en los lugares designados por las respectivas
municipalidades, y estas últimas, tanto pronto como puedan, deberán
organizar un sistema público de recolección y disposición final, bajo
la asesoría de la autoridad de salud más cercana.
1.4.8. En el Artículo 72, se determina que los recipientes para el
almacenamiento transitorio de la basura, deberán cumplir con las
especificaciones establecidas por la autoridad de Salud; y en el
Artículo 73: que si el método de disposición aprobado sea el de
incineración, se requerirá de dos o más recipientes en las etapas de
almacenamiento y recolección que exige la separación de materias,
combustible y no combustibles. El Artículo 74 determina que la
separación de los desechos dependerá del sistema o método que se
utilice pero este deberá haber sido previamente autorizado por la
Región o Área de Salud competente.
1.4.9. El Artículo 79 exige que en cualquier sitio público deberá
existir siempre un número adecuado de recipientes metálicos o de
materiales apropiados para recolectar las basuras, quedando
terminantemente prohibido arrojarlas al suelo.
1.5. Reglamento para el manejo de los desechos peligrosos generados en
los Establecimientos de Salud.
Acuerdo Nº 07 del 28 de febrero del 2008, publicado en La Gaceta, Nº
31.655 del 10 de julio del 2008.
1.5.1. Es la norma legal fundamental para la Gestión de los Desechos
generados en los Establecimientos de Salud.
1.5.2. Según lo establece el Artículo 124, entrará en vigencia a los
365 días de publicado en La Gaceta, es decir, el 10 de Julio del 2009.
Teniendo en cuenta que esta norma se refiere específicamente al tema
central de esta evaluación ambiental y es muy reciente, en el punto 2.
se hará un análisis pormenorizado.
1.6. Ley de Municipalidades6
Decreto Nº 134-90, publicado en La Gaceta, Nº 26.292 del 19 de
noviembre de 1990
El Artículo 13, establece las atribuciones de las Municipalidades y
específicamente, en el numeral 16, indica la coordinación e
implantación de las medidas y acciones higiénicas que tiendan a
asegurar y preservar la salud y bienestar general de la población, en
lo que al efecto señala el Código de Salud.
1.7. Ley General de la Administración Pública7
Decreto Nº 146-86 publicado en La Gaceta, Nº 25.088 del 27 de octubre
de 1986.
1.7.1. Es el instrumento legal que revisó y fijó las nuevas
estructuras de la administración pública, y reformuló las normas para
órganos y entidades de la misma que hagan viables y efectivas las
decisiones políticas.
1.7.2. Es la que está vigente, con las reformas operadas a través de
los Decretos Nº 85-91 (La Gaceta Nº 24.699), Nº 165-91 (La Gaceta Nº
26.617), Nº 78-92 (La Gaceta Nº 26.774), y el más extenso Nº 218-96
(La Gaceta Nº 28.148). Ninguno de los decretos modificatorios afecta a
la Secretaría de Salud ni a la Secretaría de Recursos Naturales y
Medio Ambiente.
1.8. Ley de Procedimientos Administrativos8
Decreto Nº 152-87 publicado en La Gaceta, Nº 25.391 del 01 de
diciembre de 1987.
Es la actualmente vigente. Establece las normas generales que regulan
los procedimientos administrativos, modificando el reglamento
anterior.
2. ANÁLISIS DEL “REGLAMENTO PARA EL MANEJO DE LOS DESECHOS PELIGROSOS
GENERADOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD”
2.1. El Acuerdo firmado por el Presidente de la República y la
Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SS), reglamenta lo ya
establecido en el Código de Salud, Libro Segundo, Capítulo IV. Obliga
a todas las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas
responsables de la generación de desechos peligrosos en los
establecimientos de salud (Artículo 3).
2.2. Se establece que corresponde a la SS la aplicación y se establece
la obligación de coordinación con la Secretaría de Recursos Naturales
y Medio Ambiente (SERNA), Agricultura y Ganadería, Alcaldías
Municipales y el Ministerio Público (Art. 4)
2.3. En el Artículo 5 complementa las definiciones del Reglamento para
el Manejo de Residuos Sólidos de la SERNA. En el punto 13 del mismo
artículo divide el conjunto de actividades de los desechos, desde su
generación hasta su disposición final en dos etapas: a) Manejo Interno
y b) Manejo externo. Y en el Artículo 6 clasifica los desechos de los
establecimientos de salud en Categorías, Clases y Tipos.
2.4. El Artículo 7 enumera los procedimientos sucesivos para el manejo
interno de los establecimientos: 1) Segregación, 2) Etiquetado, 3)
Almacenamiento intermedio, y 4) Recolección y transporte interno hasta
el 5) Almacenamiento temporal. Y el Artículo 8, los procedimientos del
manejo externo: 1) Recolección y transporte externo, 2) Tratamiento y
3) Disposición final.
2.5. El artículo 9 y 10 establece la obligatoriedad de los
establecimientos de contar con un responsable capacitado y exclusivo
para la Gestión operativa de los Desechos que deberá organizar,
planificar, implementar y aplicar el Plan de Manejo según este
Reglamento. En los Establecimientos de menor complejidad, servicios
móviles o similares encarga de esta tarea directamente al Director,
Jefe o Responsable de la unidad aunque obliga a asignar a esta tarea a
una persona capacitada en el manejo de los desechos.
2.6. Los siguientes artículos, del 11 al 77, determina y detalla
minuciosamente los procedimientos para cada una de las etapas, tanto
los procedimientos de la etapa interna como de la externa.
2.7. Los Artículos 78 al 81 detallan todas las medidas obligatorias de
seguridad e higiene. El Artículo 81 detalla en 14 puntos las medidas
para el personal que manipula los desechos peligrosos.
2.8. Los artículos 82 hasta el 121 detallan minuciosamente las
Infracciones, las Sanciones y los Procedimientos.
2.9. En las Disposiciones Finales se establece que:
*
La Dirección General de Regulación Sanitaria, a través de sus
dependencias establecerá los mecanismos de coordinación,
organización, funcionamiento y competencia de las acciones,
funciones y actividades vinculadas al manejo de los desechos
peligrosos generados en los establecimientos de salud (Artículo
122);
*
Lo no previsto se regirá por lo dispuesto en el Código de Salud,
Reglamento de Salud Ambiental y la Ley General de la
Administración Pública y de Procedimientos Administrativos
(Artículo 123); y, por último,
*
Establece que este Reglamento entrará en vigencia 365 días después
de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta” (Artículo 124).
Esto ocurrió el 10 de Julio del 2008 por lo que entrará en vigencia el
10 de Julio del 2009. Actualmente algunos establecimientos utilizan
una norma similar que fuera presentada como proyecto, en la SS, el 25
de noviembre del 2005.
III.
Informe de Consultoría
Como parte de esta evaluación se llevaron a cabo las siguientes
observaciones en terreno en Hospitales de la Secretaría de Salud:
Hospital Escuela de Tegucigalpa, y
Hospital Mario Catarino Rivas de San Pedro Sula.
Los siguientes establecimientos del Instituto Hondureño de Seguridad
Social (IHSS): Centro del Adulto Mayor, Unidad de Cirugía Ambulatoria,
Unidad de Medicina Física y Rehabilitación, Consultorios Externos de
las Clínicas de Especialidades y Hospital de Especialidades.
Los modelos descentralizados (Nuevos Modelos) de: Taulabé (3 años de
funcionamiento): la Clínica Materno Infantil (CM) y el CESAMO;
Victoria (1 año de funcionamiento): la CMI Victoria y el CESAMO
“Margarita Cubas”; y EL Guante (el más antiguo de los modelos
descentralizados): la CMI “La Caridad”.
3.1. El Hospital Escuela de Tegucigalpa
Es el Establecimiento de la SS de mayor complejidad. El Departamento
de Epidemiología cuya Jefe es la Dra. Rosa Kafati, es responsable de
la gestión de los desechos hospitalarios. Cuenta con la colaboración
de la Dra. Ivón Patricia Muñoz y la Lic. en enfermería Carla
Benavides, del área de Vigilancia de Infecciones Intrahospitalarias,
actuando de supervisor de Desechos Sólidos el Sr. Herman Mejía.
El único procedimiento que se hace con personal propio de la
institución es la segregación. El resto de los procedimientos y etapas
está contratado a la Empresa CODELEX.
3.1.1. Principales problemas en la Organización Administrativa:
*
Las recomendaciones del área responsable no se toman en cuenta en
la elaboración del contrato de servicios por la Secretaría de
Salud. Parece que ello sí ocurrirá en un próximo contrato.
*
La conducción médica y administrativa del establecimiento, en
general, no tiene en cuenta las observaciones del Departamento de
Epidemiología respecto de los incumplimientos, porque, aún dentro
de las deficiencias del contrato, se conforman las facturas de
trabajo y consiguientemente se abonan los servicios y no quedan
antecedentes, por lo que los contratos se renuevan (2006, 2007 y
2008). Esto fue corroborado por el Ing. Oscar Herrera del
Departamento de Desarrollo de Servicios de Salud de la Secretaría
(se desempeña desde el año 2003 como referente del tema para los
Hospitales públicos de la SS);
*
Respecto de lo anterior hay que señalar los frecuentes cambios en
las conducciones (Durante esta gestión de gobierno cambiaron 6
directores médicos y 4 administradores);
*
No hay elaborado un plan de gestión de desechos hospitalarios y
por consiguiente no se prevé financiamiento para mejorar ni para
las actividades que se requerirían para adecuar el funcionamiento
al Reglamento que entrará en vigencia dentro de 10 meses. Como
detalle complementario el área responsable estaba al tanto del
Acuerdo sobre el Reglamento para el manejo de los desechos
hospitalarios pero no contaba con él.
*
El esfuerzo de capacitación que lleva adelante el Departamento de
Epidemiología con cada nueva camada que ingresa encuentra como
principales adversarios la rotación del personal de la empresa
contratada (aproximadamente cada 2 meses) y las contradicciones
entre lo que se enseña que debería hacerse y lo que la empresa
hace en la realidad.
3.1.2. Principales deficiencias en la etapa de manejo interno:
*
Para la segregación en las mayoría de las áreas de atención médica
existe solamente recipientes con bolsa roja donde se arrojan los
desechos comunes y el resto, salvo los punzocortantes que se
depositan en botellones plásticos;
*
La mayoría de los recipientes no tienen las características que
fija el acuerdo;
*
No se efectúa el etiquetado;
*
Salvo en el área quirúrgica no hay lugar para el almacenamiento
intermedio;
*
La recolección y el transporte interno no cumple con la mayoría de
las indicaciones para los 4 puntos de esta operación; y se han
observado algunas bolsas negras y rojas en el predio abierto, en
recipientes azules y rojos por igual, con claros signos de haber
sido presa de animales domésticos.
*
El almacenamiento temporal se efectúa en un espacio con puerta y
con división para bolsas rojas y negras y con espacio suficiente,
si se cumpliera con la periodicidad requerida. La bodega no cumple
con los 9 requisitos restantes; se apilan las bolsas y muchas de
las mismas se encuentran rotas, total o parcialmente;
*
Si bien originalmente la ubicación era relativamente correcta, las
sucesivas ampliaciones han dejado este depósito muy cerca de la
Cocina y la Lavandería, y lejos del acceso del actual portón de
ingreso del transporte.
3.1.3. Principales deficiencias en la etapa de manejo externo: (El
Hospital no tiene horno incinerador por lo que los desechos peligrosos
egresan del establecimiento como tales);
*
El camión de la empresa tiene un cajón metálico, separado de la
cabina, con puerta y de altura superior a la de un hombre, no
cumpliendo con los demás requisitos;
*
El personal que carga, tiene como único elemento de protección
guantes de hule gruesos y largos, a pesar del estado de algunas
bolsas rojas;
*
Las personas responsables entrevistadas refieren haber documentado
la revisión de las bolsas (rotura y clasificación de los residuos)
por parte de los mismos recolectores de la empresa;
*
No hay coordinación con la entidad municipal respecto de los pasos
siguientes;
*
Existe un informe, con registros fotográficos, de lo inadecuado de
la disposición final de los desechos peligrosos, que son recibidos
en el botadero municipal por algunas personas de la comunidad, aún
menores de edad, quienes posteriormente proceden a su revisión sin
ningún tipo de protección.
Esta consultoría tuvo en sus manos reiterados informes del área
responsable, elevados a la superioridad sobre las reiteradas
deficiencias observadas en lo que respecta al Manejo Interno y al
Manejo Externo de los desechos hospitalarios.
3.2. El Hospital “Mario Catarino Rivas” de San Pedro Sula
Está ubicado en un amplio predio en la 2ª ciudad de Honduras, por el
número de habitantes. Tiene como única responsable del tema a la Lic.
Lourdes Yolanda Siwady, desde hace 2 años. Se desempeña como
responsable de Servicios Generales del Hospital que incluye las áreas
de Seguridad, Mantenimiento y Limpieza. Cuenta con la colaboración de
la responsable del área de epidemiología del Hospital, actualmente con
licencia por enfermedad.
El único procedimiento que se hace con personal propio de la
institución es la segregación. El resto de los procedimientos y etapas
hasta el lugar de disposición final está contratado a la Empresa
“CHIC” (Compañía Higienizadora Central) del Sr. Carlos Humberto
Aguilar, domiciliado en Tegucigalpa, con contrato desde el año 2006.
3.2.1. Principales problemas en la Organización Administrativa:
*
Si bien el último contrato reflejó casi en su totalidad los
requisitos técnicos acordados con el área responsable del Dpto. de
Servicios de Salud, el mismo es violado en forma reiterada, según
consta en las sucesivas notas mensuales de reclamo que fueron
presentadas a esta consultoría. Los reclamos a la empresa cuentan
con la firma del Director del Hospital Dr. Juan Carlos Zúñiga.
*
Existe algún temor de quedarse sin ningún servicio o perder la
relación con el dueño de la empresa si se hace una presentación
más enérgica ante la Secretaría de Salud.
*
Las falencias se enumerarán enseguida, pero se atribuye la mayoría
de ellas al precio total del contrato presentado por la firma: A
juicio de la responsable del área, solamente de cumplir según la
ley, con el número de agentes y de los insumos a disponer, no
quedaría margen de ganancia y por lo tanto considera al contrato
“como incumplirle”.
*
No hay elaborado un plan de gestión de desechos hospitalarios y
por consiguiente no se visualiza ni el plan general para mejorar
la situación, ni se prevé financiamiento para mejorar ni para las
actividades que se requerirían para adecuar el funcionamiento al
Reglamento que entrará en vigencia dentro de 10 meses;
*
La responsable del área estaba al tanto de las normas en uso, (no
se le había entregado una copia del Reglamento para el manejo de
los desechos hospitalarios), lo ha estado estudiando, pero refiere
que no recibió una capacitación específica sobre el tema.
3.2.2. Principales deficiencias en la etapa de manejo interno:
*
La segregación en la mayoría de las áreas se efectúa, con algunas
deficiencias y con reglas dispares, según el piso y el ala.
Ejemplo: En un ala del tercer piso, lo punzo cortante se coloca en
una botella descartadora y las jeringas en un recipiente con bolsa
color negro; en la otra ala del mismo piso las jeringas y agujas
encapuchadas, no siempre bien, se descartan en un recipiente con
bolsa roja;
*
En promedio se cuenta diariamente con un 30% menos del personal
establecido por contrato, superándose ese promedio en
aproximadamente la tercera parte de los días del mes; a ello debe
agregarse una gran renovación de los mismos;
*
La mayoría de los recipientes no tienen las características que
fija el acuerdo;
*
No se efectúa el etiquetado;
*
Se ha determinado que el espacio de almacenamiento intermedio, en
cada piso, sea el hueco de acceso al montacarga “que no funciona”.
Además de que está prevista su reparación que ocurrirá en algún
momento, dicho espacio no cumple con ninguna de las
características del Art. 35, además no está señalizada; se observó
que en una bolsa negra mayor se habían juntado las rojas y las
negras, y en el piso tercero el espacio estaba manchado con
líquidos orgánicos que despedían un olor nauseabundo;
*
La recolección y el transporte interno no cumple con la mayoría de
las indicaciones para los 4 puntos de esta operación;
*
El almacenamiento temporal se efectúa en un espacio, que
actualmente no cumple 10 de los 11. En un Establecimiento con un
predio con un gran espacio libre podría disponer de un
almacenamiento temporal acorde.
3.2.3. Principales deficiencias en la etapa de manejo externo: (El
Hospital no tiene horno incinerador por lo que los desechos peligrosos
egresan del establecimiento como tales);
*
La empresa, que por contrato debiera contar con el camión para el
traslado no lo dispone y ha arreglado con la municipalidad quien
loase con un camión pequeño, abierto, que no cumple con ninguno de
los 11 puntos establecidos;
*
El personal que carga, tiene como único elemento de protección
guantes;
*
La personas responsable entrevistada refiere haber documentado
fotográficamente la revisión de las bolsas (rotura y clasificación
de los residuos) por parte de los mismos recolectores de la
empresa, hecho que realizan habitualmente;
*
No hay coordinación con la entidad municipal respecto de los pasos
siguientes.
3.3. IHSS, Hospital de Especialidades.
Es el Establecimiento más complejo del Instituto. El responsable es el
Ing. Harnold Rodríguez y un grupo que funciona en forma de comité, con
reuniones periódicas. Cuenta con un procesador de desechos
hospitalarios de última generación, en el lugar adecuado, en perfecto
funcionamiento y muy bien mantenido. La gestión de los desechos
hospitalarios de este establecimiento es tomado como modelo por otros
países de la región.
Si bien tienen una empresa contratada que también rota frecuentemente
al personal, las condiciones del contrato son revisadas periódicamente
y se ejerce una supervisión constante. Es dable destacar que, si bien
el procesamiento propio simplifica el proceso y su control, requiere
de un presupuesto acorde, de un personal empoderado del tema y de la
importancia de una óptima gestión. El equipo tiene claro que el
funcionamiento correcto del aparato depende en gran medida del primer
paso, la segregación, y para ello se requiere de la “complicidad” del
personal de los servicios, a través de la capacitación, y la
supervisión.
3.4. IHSS, Otros Servicios en Tegucigalpa:
El responsable es el Ing. Sergio Romero que depende de la Jefa de
Atención Médica del IHSS, la Dra. Miriam Chávez.
Las características distintivas de estos servicios es que:
*
funcionan prácticamente en parte de dos manzanas casi contiguas,
*
son todos servicios ambulatorios,
*
no generan grandes volúmenes de desechos hospitalarios salvo la
Unidad de Cirugía Ambulatoria, y
*
utilizan una bodega temporal común. Esta bodega no reúne las
condiciones requeridas por lo que se ha decidido trasladarla a una
parte de un predio que funciona como estacionamiento, que
cumpliría con las condiciones de ubicación y de acceso del
transporte.
3.4.1. Centro del Adulto Mayor: Solamente efectúa inyectables y
algunas curaciones como actividades generadoras de desechos
hospitalarios. El personal funciona con mucho sentido de grupo, con
gran pertenencia, tiene liderazgo y el personal de enfermería
responsable de las actividades mencionadas conoce las normas y las
cumple.
3.4.2. La Unidad de Medicina Física y Rehabilitación fue recorrida y
no genera habitualmente desechos hospitalarios.
3.4.3. La Unidad de Cirugía Ambulatoria: Funciona con las normas de
los centros quirúrgicos; tiene un Jefe muy exigente y con un equipo
preocupado por evitar las infecciones intrahospitalarias. Se cumplen
las normas en la etapa de manejo interno, aunque el transporte de las
bolsas se efectúa manualmente hasta la bodega de almacenamiento
temporal. La producción de bolsas rojas de esta unidad es transportada
en un vehículo de la empresa contratada para ser procesada en el
Hospital de Especialidades. Se está revisando esta decisión y esta
última etapa del proceso.
3.4.4. Los Consultorios Externos de las Clínicas de Especialidades. En
las dependencias de las 3 Clínicas existen los recipientes rojos y
negros, así como los frascos (bidones) plásticos para los
punzocortantes. La segregación, si bien se realiza, hay tendencia a
colocar en las bolsas rojas también desechos comunes (papel,
envoltorios de las jeringas, etc.). No se observó lo contrario. No se
efectúa el etiquetado ni hay almacenamiento intermedio por el escaso
volumen de desechos, y el transporte hasta la bodega temporal se hace
a mano, con guantes. No está bien resuelto aún la etapa del manejo
externo: el tema del transporte al botadero municipal de las bolsas
rojas se hace en un vehículo que no cumple con los requisitos pero el
volumen es escaso.
3.5. Taulabé
La experiencia descentralizada (nuevo modelo) de esta localidad cumple
3 años el 5 de octubre. Se visitó la Clínica Materno Infantil y el
CESAMO.
3.5.1. Clinica Materno Infantil (CMI): Se realizó la entrevista con la
Lic. Orfidia Zelaya Quintero, una integrante de la Comisión Directiva
y se efectuó la recorrida con la auxiliar de enfermería del turno y la
responsable del aseo.
*
La licenciada y el personal han recibido capacitación sobre el
tema de los desechos hospitalarios; no tienen el documento de la
norma (nunca lo han tenido) pero la “transmisión oral” es conocida
por todo el personal;
*
La pileta de la Sala de partos cuenta con un triturador de
residuos donde se procesa la placenta y el producto del
procesamiento pasa a la red de aguas negras común;
*
Se efectúa la segregación según las normas: las agujas y jeringas
van a un recipiente de cartón provisto para ese fin, o a un
recipiente plástico rígido específico para ese fin, cuando se
carece de la anterior; los restantes desechos peligrosos que se
generan en esta complejidad se depositan en recipientes con tapa y
bolsas rojas y los comunes en bolsas negras.
*
Si bien se observó que en algunos recipientes para residuos
comunes había bolsas rojas, el criterio fue de seguridad: “ante la
duda de que las pacientes puedan tirar cosas con sangre allí,
preferimos poner la bolsa roja”;
*
La producción de desechos peligrosos habitualmente es poca, la
recolección y el traslado lo realizan las mismas personas y las
depositan en recipientes grandes diferenciados, con tapa,
aceptablemente ubicados;
*
El Sr. Dagoberto Cortez, presidente de la Asociación Civil MAFE
(Maternidad Feliz), que también actúa de chofer, es el responsable
del traslado de las bolsas hasta el botadero municipal, en un
sitio específico para estos residuos, y él mismo es el responsable
de quemar los desechos.
3.5.2. CESAMO de Taulabé: Está ubicado en el mismo predio de la CMI
Cuenta con una médica (Dra. Violeta Castañeda) responsable del CESAMO,
una odontóloga, 4 auxiliares de enfermería, personal administrativo y
de aseo.
*
Al igual que la CMI, el personal ha recibido capacitación sobre el
tema de los desechos hospitalarios; no tienen el documento de la
norma (nunca lo han tenido) pero la “transmisión oral” es conocida
por todo el personal;
*
Se efectúa la segregación según las normas: las agujas y jeringas
van a un recipiente de cartón provisto para ese fin, o a un
recipiente plástico rígido específico para ese fin, cuando se
carece de la anterior; los restantes desechos peligrosos que se
generan en esta complejidad se depositan en recipientes con tapa y
bolsas rojas y los comunes en bolsas negra. Como en la CMI si bien
se observó bolsas rojas en la sala de espera, las razones
argumentadas son las mismas, aunque en este caso se aclaró que,
como la máxima preocupación es que no falten las rojas, a veces es
también que faltan las negras.
El resto de los procesos siguen el mismo procedimiento que el
descripto en la CMI.
3.6. Victoria
La experiencia descentralizada (nuevo modelo) de esta localidad
cumplió un año.
Se visitó la Clínica Materno Infantil y el CESAMO.
3.6.1. Clínica Materno Infantil “Victoria”:
*
El personal ha recibido capacitación sobre el tema de los desechos
hospitalarios; no tienen el documento de la norma (nunca lo han
tenido) pero la “transmisión oral” es conocida por todo el
personal;
*
La pileta de la Sala de partos cuenta con un triturador de
residuos donde se procesa la placenta y el producto del
procesamiento pasa a la red de aguas negras común;
*
Se efectúa la segregación según las normas: las agujas y jeringas
van a un recipiente de cartón provisto para ese fin, y presente en
todos los locales; los restantes desechos peligrosos que se
generan en esta complejidad se depositan en recipientes con tapa a
pedal y bolsas rojas y los comunes en bolsas negras;
*
Todos los recipientes están identificados con una leyenda
“residuos peligrosos”, “residuos comunes”, pero lo observado es
que lo que abundan en los recipientes rotulados como “residuos
peligrosos” son las bolsas negras (con la sola excepción de la
sala de partos); la explicación es que momentáneamente han faltado
las rojas, pero la persona que hace la recolección es la misma y
se rotulan con una cinta roja;
*
La producción de desechos peligrosos habitualmente es poca, la
recolección y el traslado lo realizan las mismas personas y las
depositan en recipientes grandes diferenciados, con tapa,
aceptablemente ubicados; un integrante de la comunidad, y
colaborador del CMI, presente al final de la recorrida, es el
responsable de trasladar las bolsas al botadero municipal, en un
sitio específico para estos residuos, y él mismo es el responsable
de quemar los desechos;
*
Se ha conformado un grupo de la comunidad que hace recolección
domiciliaria por lo que las bolsas negras con residuos comunes son
colocadas para su retiro, como el resto de los domicilios.
*
Se preguntó si las personas de la Dirección de Regulación
Sanitaria, que vienen a hacer el Control, se fijan en el tema de
cómo manejan los desechos: Contestaron: “es uno de los puntos que
miran y nos hacen recomendaciones”.
3.6.2. CESAMO “Margarita Cubas” de Victoria. Está ubicado a 500 metros
de la CMI.
*
Al igual que la CMI, el personal ha recibido capacitación sobre el
tema de los desechos hospitalarios; no tienen el documento de la
norma (nunca lo han tenido) pero la “transmisión oral” es conocida
por todo el personal;
*
Se efectúa la segregación según las normas: las agujas y jeringas
van a un recipiente de cartón provisto para ese fin, y presente en
todos los locales; los restantes desechos peligrosos que se
generan en esta complejidad se depositan en recipientes con tapa a
pedal y bolsas rojas y los comunes en bolsas negras;
*
Todos los recipientes están identificados con una leyenda
“residuos peligrosos”, “residuos comunes”;
*
Las restantes observaciones son comunes al CMI.
3.7. El Guante
Se visitó la Clínica Materno Infantil “La Caridad” de “El Guante”:
*
El personal ha recibido capacitación sobre el tema de los desechos
hospitalarios; no tienen el documento de la norma (nunca lo han
tenido) pero la “transmisión oral” es conocida por todo el
personal;
*
La pileta de la Sala de partos cuenta con un triturador de
residuos donde se procesa la placenta y el producto del
procesamiento pasa a la red de aguas negras común;
*
Se efectúa la segregación según las normas: las agujas y jeringas
van a un recipiente de cartón provisto para ese fin, y presente en
todos los locales; los restantes desechos peligrosos que se
generan en esta complejidad se depositan en recipientes con tapa a
pedal y bolsas rojas y los comunes en bolsas negras;
*
Todos los recipientes están identificados con una leyenda
“residuos peligrosos”, “residuos comunes” y al momento de la
observación, el contenido de cada recipiente se ajustaba al
rótulo.
*
Se preguntó si en algún momento faltaba algún color de bolsa y qué
se hacía en ese momento: La contestación fue: “este trabajo lo
hacemos solamente dos personas, somos las mismas y al sacarla la
llevamos enseguida al crematorio, por otra parte, no hay confusión
porque quemamos las dos”;
*
La producción de desechos peligrosos habitualmente es poca, la
recolección y el traslado lo realizan las mismas personas, las
depositan en una fosa con tapa, y una vez por día, las extraen,
las depositan en un crematorio construido a tal fin, según planos
de la SS. Las mismas personas que hacen el aseo queman las bolsas.
*
Cuando se llena el depósito, con guantes y pala se colocan las
cenizas en bolsas que son trasladadas al botadero municipal.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
4.1. Respecto del marco legal:
El marco legal vigente es apropiado. Específicamente el “Reglamento
para el manejo de los desechos peligrosos generados en los
Establecimientos de Salud”, acuerdo promulgado y que entrará en
vigencia el 10 de Julio del 2009, es claro, preciso, está construido
alrededor de las etapas del proceso de gestión de los desechos,
contempla los niveles de complejidad y determina las competencias.
El marco legal no requiere ninguna modificación.
4.2. Respecto de las visitas de campo:
Hay grandes diferencias entre los Hospitales visitados de la
Secretaría de Salud, los establecimientos del IHSS y los modelos
descentralizados (nuevos modelos).
4.2.1. Hospitales de la Secretaría de Salud:
*
Los Hospitales tienen un área responsable pero no cuentan con una
estructura organizativa coordinada para diseñar e implementar un
sistema de gestión de los desechos hospitalarios, donde la
Dirección asuma también la responsabilidad de la seguridad del
personal de salud, de los pacientes, visitantes y comunidades
vecinas.
*
No se les ha entregado el Reglamento mencionado y ni ha sido
objeto de ninguna comunicación.
*
Los resultados muestran que existe una situación similar en la
gestión de los desechos entre los establecimientos: es deficiente
en casi todos los procesos y particularmente grave en la etapa
externa. En similar sentido han concluido, además de la
observación de esta consultoría, informes sobre el área de
Hospitales, generadas por una Consultora (INYPSA/PRIESS) del año
2002; informes de los responsables de este tema en los Hospitales
visitados e informes de seguimiento del manejo de los desechos
hospitalarios producidos por el Departamento de Hospitales de la
Secretaría de Salud durante los años 2007 y 2008.
*
El cumplimiento del Reglamento (e incluso del mismo contrato) por
parte de las empresas contratadas es deficiente con informes
periódicos de los Hospitales y del Departamento de Hospitales de
la Secretaría de Salud que así lo determinan.
*
En lo referente a la etapa de manejo interno, entre los aspectos
críticos debe mencionarse:
*
por parte de las responsabilidades del Hospital y del personal
propio: carencia de un programa de vacunación sostenido,
capacitación, compromiso de la dirección y administración y
asignación de espacios adecuados para los almacenamientos. Las
bodegas externas no cumplen con la mayoría de los requisitos
establecidos en la reglamentación.
*
por parte del servicio contratado: falta de recipientes
adecuados, falta de suministro oportuno de bolsas rojas y
negras del grosor necesario, falta de etiquetas para
rotularlas, no utilización del equipo de protección personal,
y transporte inadecuado de las bolsas a la bodega temporal.
*
En lo referente a la etapa de manejo externo:
*
La casi totalidad de los desechos patológicos, incluyendo los
punzo cortantes, son transportados inadecuadamente; los mismos
transportadores suelen romper las bolsas para hacer una
primera “selección”;
*
no utilizan vehículos apropiados, no usan equipos de
protección personal lo que expone a riesgos al personal
encargado de la recolección y el transporte, que unido a la
escasa o ninguna capacitación los hace más vulnerables.
*
Es gravísima la situación, en particular, de un grupo de
población, identificados como “los rebuscadores de basura”,
entre los que se encuentran menores de edad, sin ningún tipo
de protección.
*
Se dispone, para de disposición final, de un botadero a cielo
abierto, de acceso libre y donde hay una población de
“rebuscadores” y animales.
*
En cuanto a la quema posterior de los desechos, por la manera
como se hace genera contaminación ambiental y somete al
personal a riesgos de accidentes.
4.2.2. Hospital y otros servicios del IHSS (Instituto Hondureño de
Seguridad Social), en Tegucigalpa:
En el Hospital de Especialidades, el mayor productor de desechos
hospitalarios del IHSS, la gestión es altamente eficaz, con un equipo
entrenado, comprometido, con capacitaciones periódicas y efectúa su
propio procesamiento de los desechos.
Prácticamente no tiene inconvenientes en ninguna de las etapas.
En los otros servicios del IHSS, con una menor producción de desechos,
los responsables de las áreas conocen y se hacen responsables de la
gestión de los desechos. El manejo interno será el correcto, salvo
detalles menores, cuando quede resuelta la ubicación definitiva de la
bodega temporal.
La etapa de manejo externo, si bien con bajo volumen, aún no tiene una
gestión acorde al reglamento, con todas las deficiencias comunes al
botadero municipal.
Tampoco a los Establecimientos del IHSS se les ha entregado el
Reglamento mencionado, ni han sido objeto de ninguna comunicación.
4.2.3. Los Establecimientos Descentralizados (Nuevos Modelos)
Todos los establecimientos descentralizados están en una situación
similar en la gestión de los desechos: Mejorable en algunos aspectos,
pero aceptable en general, en las dos etapas.
El personal ha recibido capacitación sobre el tema de los desechos
hospitalarios; aunque no tienen el documento de la norma (nunca lo han
tenido) pero la “transmisión oral” es conocida y cumplida por todo el
personal.
La etapa externa, en cuanto a la disposición final tiene la misma
resolución: se incinera (quema con combustible en un pozo al hoc) o en
el predio del establecimiento o en el botadero municipal.
RECOMENDACIONES
5.1. El Reglamento establece que a la Secretaría de Estado en el
Despacho de Salud le corresponde la aplicación de la norma promulgada.
5.2. Para que, al momento de su entrada en vigencia, los
Establecimientos de Salud públicos y privados hayan adaptado su
estructura y funcionamiento a lo dispuesto en el Reglamento es
imprescindible adoptar profundas modificaciones en el proceso de
gestión. Para ello debiera:
*
darse a conocer activamente el reglamento;
*
elaborarse un plan presupuestado de manejo de los desechos; que
incluya las medidas para adecuar el funcionamiento de los
establecimientos de salud dependientes de la Secretaría a lo
establecido en el Reglamento y ejecutarlo a través de responsables
en el ámbito central, regional y local.
*
definirse el rol de las “Jefaturas Regionales-Departamentales”
respecto de este tema.
*
elaborarse un programa de supervisión y control periódico, con
informes escritos e identificación clara de los responsables.
*
el personal de enfermería debe participar activamente en este
proceso porque cumple un rol básico, sobre todo en la Segregación.
Esto es doblemente importante en los Hospitales visitados, que son
centros de formación de enfermeras.
5.3. Respecto de los servicios contratados, se debiera:
*
revisar las condiciones de contratación y las ofertas engañosas en
cuanto a los menores precios;
*
incluir en los contratos la frecuencia conveniente de transporte
de la basura de la bodega de almacenamiento temporal al botadero
municipal;
*
vigilar el cumplimiento de los procedimientos de manejo interno,
la disposición de las bolsas en la bodega de almacenamiento
temporal, su limpieza y demás condiciones;
*
muy especialmente vigilar las condiciones del manejo externo: el
transporte debe realizarse en un vehículo que cumpla las
condiciones establecidas en la norma legal; el personal debe
contar y utilizar los elementos de protección personal
establecidos y el sitio de disposición final debe ser el adecuado;
*
en fin, debiera haber una supervisión estricta a la empresa que
ejecuta las actividades de limpieza y si fuera necesario, cumplir
también con el reglamento respecto de las infracciones, las
sanciones y los procedimientos para aplicarlas.
5.4. Respecto de los botaderos municipales es imprescindible la
coordinación con la Secretaría de Estado de Recursos Naturales y
Ambiente y con las Alcaidías Municipales.
Debiera tenerse en cuenta, al menos como insumo para la discusión, la
opinión del área técnica del Departamento de Redes de Servicios, que
opinó: “Tomando en cuenta la situación actual del país, se debe elegir
una tecnología de disposición final barata y sencilla: la alternativa
más adecuada es el relleno sanitario especial, que consiste en celdas
de seguridad con uso de cal viva en un terreno adecuadamente
impermeabilizado, con un sistema de recolección y tratamiento de
lixiviados totalmente cercado y un sistema adecuado para la liberación
de gases a la atmósfera”.
IV.
Plan del Manejo de los Desechos Sólidos
ACCIONES A DESARROLLAR
Establecer un diagnóstico de la situación del manejo de los desechos
sólidos por cada centro de salud y clínica de cada “proveedor de
servicios”
Listar las necesidades de cada una de las unidades de salud del
“Proveedor de Servicios” para el manejo adecuado de los desechos
sólidos producidos en cada centro de salud, según los conceptos y
requerimientos establecidos en las normas nacionales de la Secretaría
de Salud.
Establecer las actividades y tareas a desarrollar por los trabajadores
de cada unidad de salud según su nivel de responsabilidad y
participación en el proceso de producción y manejo de los desechos
sólidos.
Elaborar el listado y costeo de los materiales e insumos requeridos
para la disposición y majo de los desechos según las normas nacionales
ajustadas a las condiciones de cada lugar.
Elaboración e implementar un plan de capacitación y educación sobre el
manejo de los desechos sólidos.
Desarrollar acciones de coordinación con la Municipalidad para el
cumplimiento de la norma en la disposición final de los desechos
sólidos producidos en cada unidad de salud.
RESULTADOS ESPERADOS
Cada unidad de salud de cada “proveedor de servicios “cuenta con un
diagnóstico de la situación del manejo de los desechos sólidos.
Cada una de las unidades de salud del “Proveedor de Servicios” Listar
las necesidades para el manejo adecuado de los desechos sólidos
producidos en cada centro de salud, según los conceptos y
requerimientos establecidos en las normas nacionales de la Secretaría
de Salud.
Cada unidad de salud y “proveedor de servicios “ cuenta sus planes de
tareas y los trabajadores participan en el desarrollo de los mismos
según su nivel de responsabilidad y participación en el proceso de
producción y manejo de los desechos sólidos.
Garantizados los requerimientos e insumos para el cumplimiento del
plan de manejo de los desechos salidos de cada unidad de salud.
Cada “Proveedor de Servicios cuenta con una orden de compara con el
listado y costeo de los materiales e insumos requeridos para la
disposición y majo de los desechos según las normas nacionales
ajustadas a las condiciones de cada lugar.
Cada “Proveedor de Servicios” ha implementado su plan de capacitación
y educación y comunicación sobre el manejo de los desechos sólidos.
La disposición final de los desechos sólidos producidos en cada unidad
de salud cumple con la normativa nacional y se realiza en coordinación
con la Municipalidad.
EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PLAN
La Secretaría de salud entregará a cada proveedor de servicios este
plan como parte de las normativas a cumplir, el cual se evaluará el
cumplimento del presente plan, mediante el seguimiento trimestral a
través del Monitoreo que realizarán las Regiones departamentales y a
través de las auditorias del desempeño que realizará la UECF
anualmente.
Los Indicadores para evaluar este plan son los siguientes:
Porcentaje de Unidades de Salud que cumplen con las normas de
bioseguridad establecidas el Reglamento para el manejo de los Desechos
generados en los establecimientos de salud (Acuerdo No 07, Gaceta No
31,655 del 10 Junio 2008)
PLAN OPERATIVO DE MANEJO DE DESCHOS SOLIDOS POR PROVEEDOR DE SERVICIOS
RESULTADOS
ACTIVIDADES
NIVEL DE ESFUERZO
RESPONSABLES / PARTICIPANTES
MONTO ESTIMADO
Cada unidad de salud de cada “proveedor de servicios “cuenta con un
diagnóstico de la situación del manejo de los desechos sólidos.
Elaboración y validación de un una guía para el diagnóstico de la
situación del manejo de los desechos sólidos por cada unidad de salud.
un día por cada unidad de salud
visitas, encuestar y llenado de la guía con trabajadores involucrados
en cada unidad de salud
Director del Proveedor
de Servicios / jefes de
Unidades de salud
Análisis y elaboración de informe
5 días
Cada una de las unidades de salud del “Proveedor de Servicios” cuenta
con una lista de las necesidades para el manejo adecuado de los
desechos sólidos producidos en cada centro de salud, según los
conceptos y requerimientos establecidos en las normas nacionales de la
Secretaría de Salud.
Análisis de Causa-Efecto de la situación del manejo de los desechos y
elaboración del listado de necesidades para el manejo de adecuado de
los desechos
un día en cada unidad de salud y elaboración de informe
Director del Proveedor
de Servicios / jefes de
Unidades de salud
Un taller o reunión con los involucrados en cada unidad de salud para
el análisis, el cual deberá incluir al menos : el con junto de
operaciones que comprende segregación, etiquetado, almacenamiento
intermedio, recolección, transporte interno, almacenamiento temporal,
deposito y tratamiento final
RESULTADOS
ACTIVIDADES
NIVEL DE ESFUERZO
RESPONSABLES / PARTICIPANTES
MONTO ESTIMADO
Cada unidad de salud y “proveedor de servicios “ cuenta sus planes de
tareas y los trabajadores participan en el desarrollo de los mismos
según su nivel de responsabilidad y participación en el proceso de
producción y manejo de los desechos sólidos.
Elaboración, negociación e implementación de un plan de tareas y metas
por cada unidad de salud.
informe mensual
Director del Proveedor
de Servicios / jefes de
Unidades de salud
reunión con los involucrados en cada unidad de salud para elaborar los
planes, el cual deberá incluir al menos : la tarea, el responsable y
la fecha de cumplimiento
Garantizados los requerimientos e insumos para el manejo adecuado de
los desechos solidos en cada unidad de salud según las normas
nacionales ajustadas a las condiciones de cada lugar.
Costear el listado de necesidades de las unidades de salud
consolidadas, elaborar orden de compra y cotizar según procedimientos.
mensual
Administrador del Proveedor de servicios
Cada Proveedor de Servicios cuenta con una orden de compara con el
listado de los materiales e insumos requeridos para la disposición y
majo de los desechos según las normas nacionales.
Cumplir con un plan de distribución de los materiales, equipos e
insumos por cada unidad de salud para el manejo adecuado de los
desechos.
Adquisición de los materiales, equipos e insumos para el manejo
adecuado de los desechos.
bimensual
Cada “Proveedor de Servicios” ha implementado su plan de capacitación
y educación y comunicación sobre el manejo de los desechos sólidos.
Elaboración de un plan de Capacitación, y Promoción sobre el manejo de
los desechos sólidos producidos en las unidades de salud dirigido a
todo el personal y trabajadores de la salud. Contenido: Normas sobre
el manejo de los desechos Sólidos, Plan de implementación y mecanismos
de evaluación
mensual
jefes de
Unidades de salud
Desarrollo de Talleres, Charlas, elaboración, reproducción y
distribución del Material educativo.
mensual
La disposición final de los desechos sólidos producidos en cada unidad
de salud cumple con la normativa nacional y se realiza en coordinación
con la Municipalidad.
Evaluación del Plan de cumplimiento del manejo y disposición de los
desechos salidos de cada unidad de salud bajo la coordinación del
"Proveedor de Servicios de Salud"
Informes Trimestral
Director del Proveedor
de Servicios, Administrador y Alcalde Municipal
COSTEO ANUAL DEL PLAN
"PROVEEDORES DE SERVICIOS"
PROGRAMACIÓN DEL GASTO ANUAL DEL PLAN DE MANEJO DE DESCHOS POR
ACTIVIDAD
Montos en Lempiras
Actividades Programadas
PRESUPUESTO
GASTOS PROGRAMADOS
ANUAL
I Trimestre
II Trimestre
III Trimestre
IV Trimestre
ADQUSICIÓN DE EQUIPOS, MATERIALES E INSUMOS PARA LA SEGREGACION DE LOS
DESECHOS
80,150.00
Compra de Bolsas de plástico (negras y rojas)
76,650.00
Compra de contenedores de basura.
3,500.00
CAPACITACIÓN
47,700.00
Viaticos para capacitación (transporte, alojamiento y alimentación)
39,000.00
Compra de materiales de capacitación
5,700.00
Reproducción e impresión de documentos
3,000.00
EVALUACIÓN
3,900.00
Viaticos para monitoreo y evaluacón (transporte, alojamiento y
alimentación)
3,900.00
GASTO DE TRANSPORTE
11,000.00
Pago de tren de aseo
6,000.00
Gastos de movilización
5,000.00
TOTAL
142,750.00
Presupuesto estimado para un Proveedor de Servicios con un promedio de
7 centros de salud
ANEXO 1
Acuerdo No 07, Gaceta No 31,655 del 10 Junio 2008















ANEXO 2
Aprobación del Plan de manejo de los Desechos Sólidos de las Unidades
de Salud de Atención Primaria

1 http://www.congreso.gob.hn/
2 http://www.honduraslegal.com/; http://www.lexadin.nl/
3 http://www.congreso.gob.hn/
4 http://www.honduraslegal.com/; http://www.lexadin.nl/
5 http://www.congreso.gob.hn/
6 http://www.congreso.gob.hn/ ; también en
http://www.honduraslegal.com/ y también en http://www.lexadin.nl/
7 http://www.congreso.gob.hn/ ; también en
http://www.honduraslegal.com/ y también en http://www.lexadin.nl/
8 Ibid.
24

  • PROJEKT TERVEZÉSI DOKUMENTUM PROJEKT TERVEZÉSI DOKUMENTUM A PROJEKT CÍME
  • COUNSELING CENTER WORKSHOP REQUEST FORM THE COUNSELING CENTER
  • INSTALLERA STÖD FÖR SKYPE MED TAICHI FÖRST INSTALLERAR MAN
  • FORHÅNDSINVITASJON FAGKONFERANSE 2016 ”SÅRBARE MENNESKER I SÅRBARE SYSTEMER”
  • PROCEDIMIENTOS PARA LA CELEBRACION DE VISTAS PÚBLICAS LAS VISTAS
  • D THEN HE SAID TO THEM ALL ‘WHOEVER WANTS
  • Solutions Public Summit Challney High School for Girls 29th
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