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Model CDDT
DOCUMENTO DE COMPROMISO DOCTORAL
Documento de compromiso entre el doctorando o la doctoranda y su
director o directora, y en caso que haya, su codirector o codirectora
y/o el tutor o tutora de tesis doctoral.
Datos del doctorando o doctoranda
DNI/NIE/Pasaporte
 
Apellidos, Nombre
 
Programa de doctorado
 
Plan de Doctorado Industrial (*)
 SI. Especificar:
 Plan de DI de la Generalitat de Catalunya
 Otras convocatorias
 NO
Datos del director o directora y del codirector o codirectora (en caso
de codirección)
Director/a de tesis UPC
 
Interno del programa (*)
 SÍ  NO
Investigación acreditada
 SÍ  NO
Codirector/a de tesis UPC (en caso de codirección)
 
Interno del programa (*)
 SÍ  NO
Investigación acreditada
 SÍ  NO
Datos del tutor o tutora (vinculado al programa de doctorado)
Apellidos, Nombre  
El tutor o tutora debe poseer el título de doctor o doctora,
estar vinculado a la unidad promotora que organiza el programa y
tener experiencia investigadora acreditada. El tutor o tutora
deberá ser asignado sólo cuando no haya sido posible designar un
director o directora, o un codirector o codirectora de la UPC.
Argumente brevemente les razones por las que ha sido imposible
dicha designación.
 
Nota:
(*) Doctorado Industrial: Rellenar y entregar junto con este impreso
el documento “Consentimiento para la cesión de datos personales dentro
del marco de la convocatoria del Plan de Doctorados Industriales”.
(**) En caso que el director o directora o el codirector o codirectora
sea externo a la UPC se utilizará el modelo de impreso CDDT + DDTE.
_________________, ___ de __________de 20 
Documento de compromiso doctoral
El doctorado es una actividad académica y profesional que permite
adquirir competencias científicas de alto nivel, fomentando la
valoración crítica, el método científico y la innovación tecnológica,
y competencias genéricas valorables en cargos de responsabilidad en
todos los sectores socioeconómicos. Implica la consecución de un plan
de investigación original e innovador, un plan personal de formación
continua como apoyo al plan de investigación y la elaboración del
proyecto profesional del doctorando o doctoranda.
Este documento define los derechos y deberes respectivos y los
compromisos recíprocos de los firmantes para asegurar la consecución
de los objetivos definidos anteriormente durante el periodo de
elaboración de la tesis doctoral.
Este acuerdo lo deben formalizar y firmar todas las partes en el
momento que la comisión académica del programa de doctorado asigne la
función de supervisión del doctorando o doctoranda al director o
directora y, en caso de codirección, también al codirector o
codirectora de la tesis doctoral. Éste documento tiene el visto bueno
del director de la Escuela de Doctorado.
Por ello, firman este documento de compromiso doctoral:
*
El doctorando o doctoranda.
*
El director o directora que orienta el plan de investigación.
*
En caso de codirección, el codirector o codirectora que junto con
el director o directora orientan el plan de investigación.
*
El coordinador académico o coordinadora académica del programa de
doctorado.
*
El tutor o tutora, en caso de designación.
*
El director o directora de la Escuela de Doctorado.
1.
Colaboración mutua
El doctorando o doctoranda y el director o directora y, en caso de
codirección, el codirector o codirectora, se comprometen a establecer
una colaboración mutua para conseguir, en primer lugar, la definición
del plan de investigación, posteriormente la elaboración de su tesis
doctoral, y, en último lugar, la defensa de la tesis doctoral, de
conformidad con los procedimientos y plazos establecidos en la
normativa de aplicación.
2.
Obligaciones y dedicación del director o directora de tesis.
El director o directora y, en caso de codirección, el codirector o
codirectora de tesis actúan como mentores y guías del estudiante en su
proceso de aprendizaje. Deben definir el proyecto inicial procurando
que posea un carácter original, innovador y formador. Deben procurar
asimismo que el proyecto pueda ser realizado en los plazos
establecidos por en el Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el
que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, así como que se
tenga acceso a los medios materiales y técnicos necesarios para ello.
El director o directora y, en caso de codirección, el codirector o
codirectora de tesis, se comprometen a mantener con regularidad
reuniones de trabajo con el doctorando o doctoranda para orientar y
analizar el progreso de su plan de investigación. Asimismo, debe
procurar que el doctorando o doctoranda vaya tomando la iniciativa y
vaya ganando autonomía a lo largo del proyecto. (Anexo I- opcional)
Los derechos y obligaciones del director o directora de tesis en la
UPC, se regulan en el Reglamento de Régimen Interno de la Escuela de
Doctorado de la UPC, CG/2018/07/36 de 24 de octubre de 2018. A estos
efectos, se reconoce la dedicación del director o directora y, en caso
de codirección, del codirector o codirectora de tesis, de acuerdo con
la normativa vigente de la UPC.
3.
Obligaciones y dedicación del doctorando o doctoranda
El doctorando o doctoranda se compromete a desarrollar los estudios de
doctorado en el marco de lo establecido por la normativa de aplicación
y de acuerdo con los compromisos que resultan del presente documento.
Así, deberá informar al director o directora y, en caso de
codirección, al codirector o codirectora de tesis regularmente de la
evolución de su trabajo, de todos los resultados obtenidos y de los
problemas que se le puedan plantear en el desarrollo de dicho trabajo,
y se compromete a seguir las recomendaciones que aquellos le hagan
llegar.
A estos efectos, la dedicación del doctorando o doctoranda es a tiempo
completo / tiempo parcial, de acuerdo con lo establecido en la
normativa de aplicación. Corresponde al doctorando o doctoranda
informar al director o directora y, en caso de codirección, al
codirector o codirectora de tesis i al coordinador o coordinadora
respecto de posibles solicitudes de prórroga, bajas médicas y/o la
solicitud de baja temporal que se puedan producir durante el
transcurso de la vinculación del programa.
4.
Obligaciones y dedicación de la Comisión Académica.
La Comisión Académica del programa ejerce las funciones reguladas en
el Reglamento de Régimen Interno de la Escuela de Doctorado,
CG/2018/07/36 de 24 de octubre de 2018 y en la Normativa Académica de
los estudios de doctorado, CG/2018/10/24 de 1 de julio de 2016, que
entre otros, incluye evaluar anualmente el plan de investigación y el
documento de actividades del doctorando o doctoranda (DAD) con los
informes que el director o directora, y en caso de codirección, el
codirector o codirectora elaboren a tales efectos. Por tanto, la
Comisión Académica del programa de doctorado es responsable del
progreso de la investigación.
En el ejercicio de las funciones que se le otorgan, entre otras, le
corresponde la admisión de doctorandos y doctorandas al programa de
doctorado y la asignación del director o directora, y en caso que
haya, de codirector o codirectora y de tutor o tutora de tesis.
La Comisión Académica del programa elabora, aprueba y hace público el
calendario y la normativa específica con los criterios para la
evaluación, defensa y seguimiento anual del plan de investigación.
5.
Confidencialidad
El doctorando o doctoranda se obliga a mantener en secreto todos los
datos e informaciones que le sean proporcionados o revelados de forma
oral, escrita, gráfica o por cualquier otro medio de difusión por el
director o directora de tesis, el codirector o codirectora de tesis,
el tutor o tutora o cualquier otro miembro del equipo investigador en
el que esté integrado, y que puedan tener la consideración de
información confidencial, a no revelarla, comunicarla, cederla o
divulgarla a terceros, y a utilizar la información obtenida única y
exclusivamente con objeto de realizar su tesis doctoral.
El doctorando o doctoranda se obliga a no revelar ninguna información
declarada como confidencial del proyecto de investigación o del grupo
de investigación en el que participa sin haber obtenido, de forma
expresa y por escrito, la debida autorización del director o
directora, el codirector o codirectora de tesis doctoral y/o del tutor
o tutora. El doctorando o doctoranda se obliga a firmar los
compromisos de confidencialidad que le puedan requerir el director o
directora, el codirector o codirectora de la tesis doctoral o del plan
de investigación, o el tutor o tutora.
El compromiso de confidencialidad y secreto continuará en vigor y será
vinculante incluso con posterioridad a la finalización de los estudios
de doctorado y una vez finalizada la relación administrativa y/o
laboral entre el doctorando o doctoranda y la UPC. Dicho compromiso es
de aplicación a doctorandos y doctorandas vinculados a entidades
jurídicas diferentes de la UPC.
6.
Régimen de propiedad intelectual/industrial
El doctorando o doctoranda tiene el derecho reconocido como titular de
los derechos de propiedad intelectual y/o industrial que puedan
corresponderle de acuerdo con la legalidad vigente, y a aparecer como
coautor o coautora en todos los trabajos, artículos o comunicaciones
en que se expongan los trabajos de investigación en los que haya
participado de forma relevante, y a figurar como primer autor o autora
si ha realizado una contribución que lo justifique.
Toda la producción científica y, en el caso de que hubieran, las
publicaciones derivadas de la tesis doctoral, han de hacer constar su
filiación a la Universidad Politécnica de Catalunya de acuerdo con la
normativa de firma y filiación institucional de la misma universidad.
El doctorando o doctoranda tiene derecho a ejercer los derechos de
propiedad intelectual derivados de su actividad formativa en la
investigación y de conformidad con su contribución, de acuerdo con lo
establecido en la legalidad vigente. Los derechos mencionados son
independientes, compatibles y acumulables con otros derechos que
puedan derivarse de la investigación realizada, sin perjuicio de los
condicionantes derivados de la obra colectiva cuando el doctorando o
doctoranda participe o esté vinculado a un proyecto colectivo de
investigación.
El doctorando o doctoranda queda sometido, por lo que se refiere a los
eventuales derechos de propiedad industrial que pueda ostentar sobre
los resultados de la investigación, a lo establecido por la
legislación vigente para las patentes universitarias y a la normativa
aprobada por la UPC, y, en el caso de los estudiantes vinculados a
entidades jurídicas diferentes de la UPC, a las respectivas normativas
de las mismas. En todo caso, las cantidades que pueda percibir por la
explotación y la cesión de los mencionados derechos no podrán tener en
ningún caso naturaleza salarial.
7.
Resolución de conflictos
En caso de conflicto o de incumplimiento de los compromisos incluidos
en este documento, siempre que sea posible, el doctorando o
doctoranda, el director o directora y, en caso que haya, el codirector
o codirectora y el tutor o tutora, han de intentar solucionar el
problema de manera amistosa. Si esto no fuera posible, las partes lo
han de poner en conocimiento del coordinador o coordinadora del
programa de doctorado correspondiente, que ha de actuar como mediador
o mediadora. Si la mediación del coordinador o coordinadora y de la
Comisión Académica del programa no resolviera el conflicto, este
deberá trasladarse a la Comisión Permanente de la Escuela de
Doctorado, que ha de resolver el conflicto y emitir una resolución.
Contra esta resolución, se puede interponer un recurso de alzada al
rector en los términos previstos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de procedimiento administrativo de las Administraciones Públicas.
Si el doctorado se lleva a cabo en el marco de un convenio con otra
institución, las partes deberán atenerse a las disposiciones
particulares mencionadas en el convenio de colaboración, que los
firmantes de este documento deben conocer.
8.
Compromiso ético
Todos los firmantes se comprometen a preservar las prácticas éticas
reconocidas y los principios éticos aprobados por la UPC, así como las
normas éticas recogidas en diversos códigos deontológicos nacionales,
sectoriales e institucionales.
9.
Vigencia
Este documento tiene efecto desde la fecha de su firma y mientras el
doctorando o doctoranda mantenga la vinculación con la UPC, salvo las
cláusulas que contengan obligaciones permanentes en el tiempo. No
obstante, queda sin efecto en todo lo que contradiga la normativa
académica reguladora de los estudios de doctorado.
Firma de todas las partes
------------------------------------
Nombre y apellidos:
Doctorando/a
-------------------------------
Nombre y apellidos:
Director/a de la tesis
------------------------------- Nombre y apellidos:
Codirector/a de la tesis
-------------------------------- Nombre y apellidos:
Tutor/a de la tesis
Si se trata de un cambio de director o directora, codirector o
codirectora, o tutor o tutora, marque la casilla: . Adjunte una copia
del CDDT firmado anteriormente.
Observaciones:  
Designación de la comisión académica del programa de doctorado Visto
bueno del director de la Escuela de Doctorado
Dr./Dra.:  
Coordinador/a del programa de doctorado
Dr. Francesc Sepulcre Sánchez
Director de la Escuela de Doctorado

Annexo I – Opcional
Comisión Acadèmica del programa de doctorado
Compromiso entre el doctorando/a y el director/a y el codirector/a (en
caso de codirección) para el seguimiento y desarrollo del plan de
investigación
Documento opcional a rellenar por indicación de la Comisión Académica
del programa de doctorado.
1.
Pauta acordada sobre número y frecuencia de las reuniones entre el
doctorando o doctoranda y el director o directora y, en caso de
codirección, el codirector o codirectora de la tesis doctoral.
 Completar
 
2.
Actividades de formación especializada y transversal.
 Completar
 
3.
Régimen de acceso a espacios, infraestructura y material
relacionado con el plan de investigación.
Completar
 
Fecha de creación: 12/12/2011
Ültima modificación: Septiembre de 2020_V6
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