procedimientos uniformes para quejas autorizado por: los artículos 4600 al 4687 del título 5 del código de reglamentos de california (califo

Procedimientos Uniformes para Quejas
Autorizado por: los artículos 4600 al 4687 del título 5 del Código de
Reglamentos de California (California Code of Regulations)
CALIFORNIA DEPARTMENT OF EDUCATION
1430 N Street
Sacramento, CA 95814-5901
Revisado en julio de 2017
¿Qué es una queja amparada por los UCP?
Una queja amparada por los Procedimientos Uniformes para Quejas
(Uniform Complaint Procedures, UCP) es una declaración escrita y
firmada por una persona, organismo público u organización aseverando
una violación de las leyes federales o estatales que gobiernan los
programas educativos.
¿Qué organismos están sujetos a los UCP?
Los UCP amparan las presuntas violaciones de las agencias locales de
educación (LEA) (distritos escolares, oficinas de educación de los
condados y escuelas charter) y de los organismos locales públicos o
privados que reciben financiamiento directo o indirecto del estado
para brindar algún programa o actividad escolar, educación especial o
servicios relacionados.
¿Qué programas y servicios educativos están amparados por los UCP?
*
Educación para adultos (Adult Education)
*
Educación y seguridad extracurriculares (After School Education
and Safety)
*
Educación vocacional agrícola (Agricultural Vocational Education)
*
Centros educativos indígenas americanos y evaluaciones de
programas de educación para la primera infancia (American Indian
Education Centers and Early Childhood Education Program
Assessments)
*
Educación bilingüe (Bilingual Education)
*
Programas de asistencia y evaluación entre pares de California
para maestros (California Peer Assistance and Review Programs for
Teachers)
*
Educación y capacitación para carrera técnica o vocacional;
educación técnica; capacitación técnica (Career Technical and
Technical Education; Career Technical; Technical Training)
*
Educación para carrera técnica o vocacional (Career Technical
Education)
*
Cuidado y desarrollo infantil (Child Care and Development)
*
Nutrición infantil (Child Nutrition)
*
Educación compensatoria (Compensatory Education)
*
Programas consolidados para la ayuda por categorías (Consolidated
Categorical Aid)
*
Cursos sin contenido educativo (Course Periods without Educational
Content)
*
Ayuda de impacto económico (Economic Impact Aid)
*
Educación de alumnos bajo cuidado adoptivo temporal, alumnos sin
hogar y alumnos que estuvieron en escuelas de un tribunal juvenil
y que actualmente están inscritos en un distrito escolar
*
Programas de inglés como segundo idioma (English Learner Programs)
*
Ley Cada Estudiante Triunfa/Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás (Every
Student Succeeds Act/No Child Left Behind) [Títulos I-VII]
*
Planes de Rendición de Cuentas de Control Local (Local Control and
Accountability Plans [LCAP])
*
Educación para emigrantes (Migrant Education)
*
Educación física: minutos de enseñanza
*
Cuotas de estudiantes (Pupil Fees)
*
Adaptaciones razonables para alumnas lactantes
*
Centros y programas ocupacionales regionales (Regional
Occupational Centers and Programs)
*
Planes de seguridad escolar (School Safety Plans)
*
Educación especial (Special Education)
*
Educación preescolar estatal (State Preschool)
*
Educación para la prevención del uso del tabaco (Tobacco-Use
Prevention Education)
¿Qué asuntos no están amparados por los UCP?
No todas las quejas entran en el ámbito de los UCP. Muchos asuntos son
responsabilidad de la LEA, incluyendo los trabajos escolares, los
estándares académicos fundamentales, las calificaciones, los
requisitos de graduación, la contratación y evaluación del personal,
las políticas y prácticas relacionadas con las tareas, la provisión de
materias del currículo fundamental, la promoción y repetición de
grado, la disciplina de los estudiantes, los registros de los
estudiantes, la Ley de Reuniones Abiertas Bagley-Keene, la Ley Brown y
otros requisitos de educación general. Sin embargo, la LEA puede
utilizar sus procedimientos locales para quejas para tratar las quejas
que no están amparadas por los UCP.
Además, las siguientes quejas se remiten a otras agencias para su
resolución adecuada y no están sujetas a los UCP:
*
Las denuncias de maltrato de menores se remiten a la División de
Servicios de Protección del Departamento de Servicios Sociales del
Condado (County Department of Social Services, Protective Services
Division) o a la agencia local de cumplimento de la ley
correspondiente.
*
Las quejas relacionadas con la salud y seguridad concernientes a
un programa de desarrollo infantil (Child Development Program) se
remiten al Departamento de Servicios Sociales si se trata de
centros con licencia o al administrador regional de desarrollo
infantil correspondiente si se trata de centros que están exentos
de poseer una licencia.
*
Las quejas laborales se envían al Departamento de Igualdad en el
Empleo y la Vivienda (State Department of Fair Employment and
Housing).
*
Las denuncias de fraude se remiten al director de división
(Division Director) del Departamento de Educación de California
(California Department of Education, CDE) responsable.
¿Cómo puedo presentar una queja amparada por los UCP y cómo se
procesa?
Las políticas y procedimientos para las quejas amparadas por los UCP
de las LEA brindan la información necesaria para presentar una queja a
nivel local. Cada LEA debe notificar anualmente a sus estudiantes,
empleados, padres/tutores, comités asesores de escuelas y distritos,
funcionarios de escuelas privadas pertinentes y otras partes
interesadas de sus políticas y procedimientos para las quejas
amparadas por los UCP y de la oportunidad de apelar la decisión de la
LEA ante el CDE. Las LEA deben proporcionar sus políticas y
procedimientos para quejas sin cargo.
¿Cuáles son las responsabilidades del denunciante?
*
Recibe y examina las políticas y procedimientos para quejas
amparadas por los UCP de la LEA.
*
Presenta una queja por escrito, siguiendo los pasos descritos en
los procedimientos para quejas amparadas por los UCP de la LEA.
*
Coopera en la investigación y entrega al investigador de la LEA la
información y demás pruebas relacionadas a las aseveraciones en la
queja.
*
Puede presentar una apelación por escrito ante el CDE dentro de un
plazo de 15 días a partir de la recepción de la decisión de la LEA
si considera que la decisión de la LEA es incorrecta.
*
Debe especificar la base para la apelación y si los hechos de la
LEA son incorrectos o la ley ha sido aplicada incorrectamente. El
paquete de apelación debe contener una copia de la queja original
presentada ante la LEA y una copia de la decisión de la LEA.
*
En su caso, dentro de un plazo de 35 días de haber recibido la
decisión o el informe del CDE, puede presentar una solicitud de
reconsideración por parte del Superintendente de Instrucción
Pública (Superintendent of Public Instruction) del CDE. La
decisión o informe del CDE le notificará si existe el derecho de
solicitar una reconsideración. La solicitud de reconsideración
debe señalar los resultados de la investigación, las conclusiones
o las medidas correctivas en la decisión o el informe del CDE para
los cuales se solicita la reconsideración del CDE y las bases
específicas para la solicitud de reconsideración. La petición
también debe indicar si las conclusiones de hecho son incorrectas
o si la ley fue aplicada incorrectamente.
¿Cuáles son las responsabilidades de la LEA?
*
Asegura el cumplimiento con las leyes y las normas federales y
estatales pertinentes.
*
Adopta las políticas y los procedimientos para quejas amparadas
por los UCP congruentes con los artículos 4600 al 4687 del título
5 del Código de Reglamentos de California.
*
Designa a un miembro del personal para que sea el responsable de
recibir, investigar y resolver las quejas y se asegura de que el
miembro del personal esté bien informado sobre las leyes y los
programas que se le asignan.
*
Debe dar a la parte denunciante la oportunidad de presentar la
información o las pruebas concernientes a la queja.
*
Protege a los denunciantes de represalias.
*
Resuelve la queja y elabora un informe por escrito dentro de 60
días de la recepción de la queja, a menos que haya una extensión
de tiempo por acuerdo escrito del denunciante.
*
Debe informar al denunciante de su derecho a apelar la decisión de
la LEA ante el CDE dentro de 15 días a partir de la recepción de
la decisión.
¿Cuáles son las responsabilidades del CDE?
Los UCP autorizan al CDE a procesar las apelaciones a las decisiones
de la LEA sobre las quejas amparadas por los UCP; o, en ciertas
situaciones específicas, a intervenir directamente e investigar las
aseveraciones en la queja. El CDE:
*
Revisa, supervisa y ofrece asistencia técnica a todas las LEA con
respecto a la adopción de su junta directiva de las políticas y
procedimientos de los UCP.
*
Remite la denuncia a la LEA para su resolución cuando fuera
apropiado.
*
Considera una variedad de alternativas para resolver una queja o
apelación cuando:
1.
El denunciante asevera y el CDE verifica que, no por culpa del
denunciante, la LEA es incapaz de actuar dentro de 60 días de
haber recibido la queja.
2.
El denunciante apela una decisión de la LEA si tal considera
que la decisión es objetiva o legalmente incorrecta.
3.
A solicitud del denunciante, el CDE determina cuándo es
necesaria la intervención directa.
*
Exige medidas correctivas a la LEA si se identifican problemas de
incumplimiento durante la investigación.
*
Proporciona supervisión y asistencia técnica a las LEA para
asegurar la resolución de las conclusiones relacionadas con el
incumplimiento.
*
Cuando procede, notifica a las partes de su derecho a solicitar
una reconsideración de la decisión/informe del CDE de parte del
Superintendente de Instrucción Pública del CDE dentro de 35 días
de la recepción de la decisión o informe.
*
Para aquellos programas gobernados por la parte 76 del título 34
del Código de Reglamentos Federales (Code of Federal Regulations),
notifica a las partes de su derecho a apelar ante el Secretario de
Educación de los Estados Unidos (United States Secretary of
Education).
Quejas basadas en el caso Williams
Una queja basada en el caso Williams tiene que ver con los materiales
didácticos, estado físico de urgencia o emergencia de las
instalaciones que representan una amenaza para la salud y la seguridad
de los estudiantes y los puestos vacante y asignaciones incorrectas de
maestros. Estas quejas pueden presentarse de forma anónima. Las LEA
deben tener un formulario de queja disponible para estos tipos de
quejas, pero no rechazarán una queja si no se utiliza el formulario
siempre y cuando se presente la queja por escrito. De acuerdo a la
normativa aplicable, se debe colocar un aviso en todas las aulas de
todas las escuelas para notificar a los padres y tutores de los
asuntos sujetos a una queja basada en el caso Williams e indicarles
dónde pueden obtener un formulario para presentar una queja.
El director de la escuela o el superintendente del distrito o su
designado deben resolver las quejas basadas en el caso Williams. Los
denunciantes que no estén satisfechos con la resolución tienen derecho
a describir la queja ante la junta directiva del distrito escolar en
una de sus reuniones programadas regularmente. Con excepción de las
quejas que involucran el estado de una instalación que plantea una
amenaza de urgencia o emergencia, no existe el derecho de apelación
ante el CDE.
En el caso de las quejas relativas al estado de una instalación que
plantea una amenaza de urgencia o emergencia, los denunciantes que no
estén satisfechos con la resolución tienen derecho a presentar una
apelación ante el Superintendente de Instrucción Pública del CDE
dentro de un plazo de 15 días a partir de la fecha de recepción de la
decisión de la LEA.
Para obtener más información sobre las quejas basadas en el caso
Williams, visite el sitio web de CDE y busque "Williams Facilities
Complaints and Appeals" (Quejas y apelaciones basadas en el caso
Williams relativas a las instalaciones escolares).
Más información
Para obtener más información, póngase en contacto con la oficina
pertinente o visite la página web de los UCP en
http://www.cde.ca.gov/re/cp/uc/index.asp.
Información de contacto de los programas y servicios amparados por los
UCP
Educación para adultos, Oficina de Educación para Adultos (Adult
Education Office); 916-322-2175
Educación y seguridad extracurriculares, División de Educación
Extraescolar (After School Division); 916-319-0923
Educación vocacional agrícola, División de Transición Universitaria y
Profesional (Career and College Transition Division); 916-319-0887
Centros educativos indígenas americanos y evaluaciones de programas de
educación para la primera infancia., División de Apoyo Coordinado a
Estudiantes (Coordinated Student Support Division); 916-319-0506
Educación y capacitación para carrera técnica o vocacional; educación
técnica; capacitación técnica y programas y centros ocupacionales
regionales, Oficina de Apoyo al Liderazgo y Enseñanza de la Educación
Técnica (Career Tech Ed [CTE] Leadership and Instructional Support
Office); 916-322-5050
Cuidado y desarrollo infantil (incluyendo educación preescolar
estatal), División de Educación y Apoyo en la Primera Infancia (Early
Education and Support Division); 916-322-6233
Nutrición infantil, División de Servicios de Nutrición (Nutrition
Services Division); 800-952-5609
Recursos para la discriminación, acoso, intimidación, hostigamiento,
adaptaciones para la lactancia y recursos para LGBTQ, Oficina de
Apelaciones de los UCP en la Equidad Educativa (Education Equity UCP
Appeals Office); 916-319-8239
Educación de alumnos bajo cuidado adoptivo temporal, alumnos sin hogar
y alumnos que estuvieron en escuelas de un tribunal juvenil y que
actualmente están inscritos en un distrito escolar, Oficina de Salud y
Seguridad Escolar Coordinadas (Coordinated School Health and Safety
Office); 916-319-0914
Planes de Rendición de Cuentas de Control Local (LCAP): contenido o
procedimientos, Oficina de Apoyo a los Sistemas de las Agencias
Locales (Local Agency Systems Support Office);
916-319-0809; fiscal, incluyendo los programas de asistencia y
evaluación entre pares de California para maestros, División de
Servicios Fiscales Escolares (School Fiscal Services Division);
916-322-3024
Ley Cada Estudiante Triunfa/Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás,
incluyendo educación bilingüe, educación compensatoria, programas
consolidados para la ayuda por categorías, impacto de ayuda económica,
programas de inglés como segundo idioma y educación para emigrantes y
planes de seguridad escolar, Oficina de Gestión de Quejas de Programas
Categóricos (Categorical Programs Complaints Management Office, CPCM);
916-319-0929
Educación física: minutos de enseñanza, Oficina de Ciencias,
Tecnología, Ingeniería y matemáticas (Science, Technology,
Engineering, and Mathematics Office); 916-323-5847
Cursos sin contenido educativo, Oficina de Gestión de Quejas de
Programas Categóricos, (Categorical Programs Complaints Management
Office, CPCM); 916-319-0929
Instalaciones escolares (para las quejas basadas en el caso Williams),
División de Planeación de Instalaciones Escolares (School Facility
Planning Division); 916-322-2470
Educación especial, Unidad de Servicios de Garantías Procesales y
Remisiones (Procedural Safeguards and Referral Services Unit);
800-926-0648
Educación para la prevención del uso del tabaco, Oficina de Salud y
Seguridad Escolar Coordinadas (Coordinated School Health and Safety
Office); 916-319-0914
Cuotas de estudiantes, Oficina de Gestión de Quejas de Programas
Categóricos (Categorical Programs Complaints Management Office, CPCM);
916-319-0929
UCP Brochure Text (CDE, July 2017)
T17-759 Spanish, Arial Font
Six pages
[NOTE TO LOCAL EDUCATIONAL AGENCIES (LEAS): As a form of assistance to
LEAs, the California Department of Education (CDE) offers this
translation free of charge. Because there can be variations in
translation, the CDE recommends that LEAs confer with local
translators to determine any need for additions or modifications,
including the addition of local contact information or local data, or
modifications in language to suit the needs of specific language
groups in the local community. If you have comments or questions
regarding the translation, please e-mail the Clearinghouse for
Multilingual Documents (CMD) at [email protected].]
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