propuesta de cemsatse al acuerdo para el impulso y consolidacion de la atencion primaria de salud de la comunidad autonoma de extremad

PROPUESTA DE CEMSATSE AL ACUERDO PARA EL IMPULSO Y
CONSOLIDACION DE LA ATENCION PRIMARIA
DE SALUD DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE
EXTREMADURA
Nota:
Negro.- Texto propuesto Administración
Azul.- Texto añadido por CEMSATSE
Azul subrayado.- Texto añadido por SIVEX
La Atención Primaria constituye el primer nivel de acceso de la
población al sistema sanitario, siendo su principal nota
caracterizadora la de prestar atención integral, integrada,
longitudinal y continuada a la salud a través de los distintos
colectivos profesionales que desarrollan sus actividades en las
correspondientes zonas de salud en que se ordena territorialmente
desde el punto de vista sanitario la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Así pues la relevancia del nivel de Atención Primaria como puerta de
entrada al Sistema Sanitario Público de los ciudadanos y responsable
de su atención sanitaria integral, continuada y permanente, no
necesita ser puesta de manifiesto.
La propia Conferencia de Presidentes Autonómicos que conjuntamente con
la Presidencia del Gobierno de España recientemente adoptó medidas
extraordinarias en relación con la financiación sanitaria, puso de
manifiesto y recomendó que las distintas Comunidades Autónomas
realizaran esfuerzos adicionales en orden a la implementación de los
recursos de todo tipo que se destinan a la Atención Primaria de Salud.
Y ello, con independencia de la profunda reflexión que por parte del
Sistema Nacional de Salud se va a realizar para la adaptación a la
sociedad actual de la Atención Primaria de Salud.
Sin duda la Atención Primaria de Salud en Extremadura tiene muchas
fortalezas, puesto que no en vano es un servicio bien valorado por los
ciudadanos extremeños, siendo percibido como el que más ha mejorado en
los últimos años; fortalezas en las que indudablemente han sido
protagonistas de primer orden, no sólo la Administración Sanitaria,
sino especialmente los agentes sociales y por encima de todo los
propios colectivos profesionales implicados. Sin embargo, también es
cierto que continúan existiendo problemas y dificultades que estando
identificados y analizados, necesitan de la adopción de las medidas
pertinentes en orden a su corrección y subsanación.
La Consejería de Sanidad y Consumo es absolutamente consciente de que
la adopción de cualquier tipo de medidas tendentes al impulso de la
Atención Primaria necesita del apoyo y la implicación de los
profesionales de la sanidad que trabajan en ella, apoyo y compromiso
que deben expresarse a través de sus legítimos representantes y en el
foro de negociación específico del Servicio Extremeño de Salud, cual
es la Mesa Sectorial de Sanidad.
Bajo estas premisas, las partes firmantes del presente Acuerdo
entienden que las medidas encaminadas a atajar las deficiencias
persistentes así como a impulsar el avance y mejora del nivel de
Atención Primaria deben ir más allá de una, no por poco importante,
mejora de las condiciones de trabajo de los profesionales, sino que
deben ser más ambiciosas abarcando acciones destinadas a intensificar
los esfuerzos que se vienen realizando en cuanto a infraestructuras
físicas, informáticas y telemáticas, medidas que podríamos denominar
de tipo estructural. Asimismo también se es consciente de que deben
abordarse estrategias que mejoren ostensiblemente aspectos funcionales
y organizativos de nuestra Atención Primaria.
Así pues, el presente Acuerdo se estructura básicamente sobre tres
pilares constituidos por una serie de medidas que van en tres
direcciones:
- Mejora de las infraestructuras de todo tipo de los centros de
atención primaria.
- Mejora de las condiciones de trabajo de los profesionales de
Atención Primaria.
- Mejoras organizativas y funcionales dentro de este ámbito,
comprometiéndose la Administración Sanitaria a iniciar las reformas
normativas que fueran necesarias en orden a la ejecución de las
mismas.
En conclusión si las estrategias políticas y sociales a las que
responde el presente Acuerdo consiguen los objetivos que las partes
firmantes pretenden, es indudable que tendrán su traducción en un
ostensible avance en la calidad del servicio sanitario que se presta,
y por ende, en la satisfacción de los usuarios de nuestro Sistema
Sanitario Público.
CLAUSULAS:
MEDIDAS ESTRUCTURALES,
PRIMERA.- En el ámbito de las infraestructuras físicas de los Centros
de Atención Primaria, la Administración Sanitaria Regional, dentro de
su plan de infraestructuras se compromete a impulsar la realización de
las actuaciones que se reflejan en el Anexo que se adjunta al presente
documento.
Falta documento Anexo donde se pueda valorar la situación y
prioridades en infraestructuras que afecten a todos los colectivos de
AP.
Dotación de los consultorios locales con sistemas de
refrigeración/calefacción, teléfono en consulta, aseos independientes,
espacios mínimos para el desarrollo de la actividad.
Los nuevos Centros de salud se realizarán atendiendo a criterios de
necesidad, con unas condiciones de habitabilidad adecuadas tanto para
los usuarios como para los trabajadores.
Para personal veterinario:
Despachos individuales con mobiliario adecuado para cada facultativo
que permitan la confidencialidad en el trato con los usuarios.
Zona de laboratorio veterinario con dotación suficiente para las
determinaciones analíticas rutinarias incluido un triquinoscopio
homologado, procesado y conservación de muestras biológicas, etc.
Cuando las guardias (Atención Continuada de Veterinarios), se realicen
en puntos de atención continuada distintos a los centros de salud por
encontrarse aquellos cerrados, y con la intención de prestar el mejor
servicio posible, los mismos deberán tener unas condiciones mínimas de
habitabilidad e higiene en la zona de estancia, contar con una zona
administrativa con toda la documentación necesaria, un pequeño
laboratorio con las dotaciones mencionadas en el párrafo anterior y
zona de duchas y taquillas.
SEGUNDA.- En el área de las infraestructuras de tipo informático y
telemático, y en el marco del proyecto Jara que actualmente se
encuentra en plena fase de desarrollo, el Servicio Extremeño de Salud
se compromete a que entre el presente año y el siguiente queden
implantados los siguientes avances tecnológicos:
Receta electrónica en toda la Comunidad Autónoma.
El médico controlará la duración de la prescripción mediante un máximo
de tiempo de duración.
El producto farmacéutico prescrito no podrá ser sustituido ni cambiado
por otro salvo en situaciones excepcionales. Se garantizara en todo
caso por el SES la confidencialidad de los datos del paciente.
Citación simultánea desde la Consulta de Atención Primaria. La
citación será realizada por el personal administrativo del Centro de
Salud.
Acceso desde la Consulta a las pruebas analíticas y radiológicas.
Mejorando problemas informáticos de acceso.
Historia de salud electrónica. Modelo de H.C consensuada con todas las
sociedades científicas y los profesionales implicados ( Medicina y
Enfermería de AP y AC, Pediatría AP, COPF y CEDEX, Salud Mental,
Veterinarios , Farmacéuticos, Unidad de Urgencia y Emergencias del 112
y Odontología), por ser un documento “vivo”.
Los servicios informáticos del SES realizarán el vuelco de datos desde
los distintos programas informáticos hasta ahora utilizados, al
proyecto JARA.
Mejora en la aplicación de Tarjeta Sanitaria.
Actualización permanente del cupo incluyendo al personal desplazado
desde otras zonas básicas y desde otras CC.AA. así como al personal de
ISFAS MUFACE y MUGEJU que eligen asistencia sanitaria en el SES con su
correspondiente retribución.
Descentralización del visado sucesivo de recetas.
Supresión del visado de receta. Los productos de uso hospitalario
serán autorizados por los farmacéuticos de los Centros de Salud.
Aplicaciones destinadas a formación a través de canales on line,
durante la jornada laboral del profesional.
Acceso a fuentes documentales a texto completo. Todos los
profesionales sanitarios de los grupos A y B dispondrán de equipo
informático con conexión internet y acceso a bases de datos.
Programas de gestión de las actividades desarrolladas, incluidas las
de salud pública no asistencial, con posibilidad de trabajar on line
desde varios estamentos de control, conectarse con otras zonas de
salud y las coordinaciones veterinarias de la Dirección de Salud.
TERCERA.- Se asigna a cada Equipo de Atención Primaria por cada Unidad
Básica Asistencial, COPF y CEDEX una dotación de trescientos euros
anuales para la adquisición de pequeño equipamiento de los Equipos,
relacionado con la atención sanitaria.
La Consejería de Sanidad consultara directamente a los profesionales
para el uso de esta cantidad, permitiendo compras centralizadas, con
una dotación de 500 €.
Esta dotación se realizará por parte de la Consejería de Sanidad y
Consumo y se instrumentalizará a través de los Ayuntamientos de la
Comunidad Autónoma, al objeto de fomentar la implicación y
participación de las Corporaciones Locales en el Sistema Sanitario
Público de Extremadura, así como la de los propios profesionales en su
propio entorno comunitario.
Renovación de la plantilla de vehículos, actualmente destinado para
veterinarios, desechando todos aquellos dotados en junio de 1991 y
sustituyéndolos por otros con características más acordes a las nuevas
necesidades. En su caso aumento del número de los mismos ya que con
las nuevas plazas de farmacéuticos las necesidades han aumentado.
Dotación de medios audiovisuales y resto de material necesario para la
impartición de cursos de formación para manipuladores de alimentos,
así como charlas informativas para la población.
Dotación de ropa adecuada para el personal que realiza A. Continuada.
MEDIDAS SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO
CUARTA.- Ambas partes acuerdan ofertar la extensión de la jornada
deslizante voluntaria a todas las categorías profesionales que
actualmente no la vengan realizando, en los mismos términos y
condiciones actualmente vigentes, con excepción de los médicos y
enfermeras de Atención Continuada.
La cuantía para los grupos profesionales C, D y E será la siguiente:
Grupo A:
Grupo B:
Grupo C: 1.000 €/anuales
Grupo D: 800 €/anuales.
Grupo E: 600 €/anuales
Esta medida se hará efectiva el uno de junio de 2006.
El personal de Enfermería debe cobrar, en concepto de jornada de
tarde, el 80 % del grupo A, es decir, 1.530,71 €.
Jornada deslizante para todos los profesionales de los grupos A y B de
los EAP. (médicos de CEDEX y COPF, Veterinario, Farmacéuticos,
Odontólogos).
Los grupos C, D y E realizaran la jornada deslizante los mismos días
que tenga asignado los grupos A y B para garantizar la presencia de un
mínimo de personal que permita garantizar la buena organización del
equipo, y sin que esta jornada suponga una disminución de los
efectivos en jornada de mañana.
Se dotara de funciones a los celadores que en estos momentos trabajan
en los Centros de Salud rurales en jornada de tarde, noche y festivos,
pertenecientes al convenio Consejería de salud –Ayuntamientos.
QUINTA.- Con el fin de garantizar la equiparación de todos los
colectivos profesionales de Atención Primaria, habida cuenta de que en
el proceso de estatutarización se crearán categorías profesionales
nuevas, así como para mejorar el sistema de incentivos existente en
este ámbito, las partes firmantes acuerdan el incremento de las
dotaciones económicas destinadas a Productividad Variable en
seiscientos mil euros adicionales durante los ejercicios
presupuestarios de los años 2006, 2007 y 2008, ascendiendo el
incremento adicional total en el transcurso de los tres ejercicios a
un millón ochocientos mil euros.
Los criterios de reparto entre los distintos grupos profesionales se
efectuarán en el marco del vigente Acuerdo de Productividad Variable
que finaliza en el presente año, sin perjuicio de su posible revisión
o adaptación en Acuerdos posteriores.
Se negociará un nuevo acuerdo de productividad estableciendo una
cantidad equivalente de 6.000,00 € /año por profesional del grupo A, y
de 4.800 € por profesional del grupo B, que incluirá los diversos
conceptos de productividad establecidos para cada grupo, teniendo en
cuenta las distinta peculiaridades del puesto de trabajo (médico de
EAP, A.C, 112, Odontólogos, CEDEX, COPF, Veterinario de E.A.P.,
Farmacéuticos, Enfermeros, Matronas y Fisioterapéutas).
Aclaración, por parte de la Administración, de las nuevas categorías
profesionales que se van a crear.
La creación de una Comisión de Incentivos en AP que determine
cantidad/centro y cantidad/profesional con criterios homogéneos por
categoría en %
SEXTA.- En el plazo de dos meses desde la firma del presente Acuerdo,
la Administración presentará, para su negociación en la Mesa Sectorial
de Sanidad, un Plan de Formación propia donde se contemplarán en todo
caso los recursos especificados en la Disposición Adicional Novena de
la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.
Esta formación se desarrollara en horario de trabajo, realizando la
sustitución del profesional que se encuentra realizando esta
formación.
Formación destinada a los profesionales de A. Primaria se acercara a
los lugares de trabajo.
Se realizara la sustitución de todo el personal que se encuentra
realizando la formación
Dietas de desplazamiento, y si es jornada intensiva la manutención.
Consultar a las Sociedades científicas y Centrales Sindicales a la
hora de elaboración de los calendarios de cursos por parte de la
Escuela de Ciencias de la Salud y la Escuela de Administración
Pública.
SÉPTIMA.- Las partes acuerdan que con carácter general, el nivel de
sustituciones con motivo de las vacaciones anuales reglamentarias,
días de libre disposición, bajas laborales y formación y todas
aquellas circunstancias que supongan ausencia del profesional, sea del
cien por cien de la plantilla de Unidades Básicas Asistenciales.
Para el caso de que no fuera posible hallar personal para realizar
dichas sustituciones, se acumulará al personal del Equipo de Atención
Primaria, COPF, CEDEX, percibiendo en concepto de productividad fija
un módulo de 120 € en grupo A y 90 € en el B, por jornada de
sustitución, en quien recaiga la acumulación.
También se pagará, en las mismas condiciones, al veterinario,
farmacéutico, odontólogo, Matrona y Fisioterapéuta un módulo igual al
precio aproximado del día de trabajo del sustituto, para evitar la
acumulación repetitiva aún habiendo sustitutos en bolsas de trabajos.
Gestión de sustituciones de menos de 15 días, del grupo A, desde los
C. de Salud a través del Coordinador, dentro del personal que se
encuentra en la lista, y de las listas de contrataciones de los
profesionales del grupo B.
Las partes podrían estudiar la posibilidad de revisar estos módulos en
función de la carga de trabajo y la presión asistencial siempre al
alza.
Por otra parte, es necesario extender al personal del SES las
disposiciones contenidas en el Acuerdo de fecha 8 de julio de 2005,
entre la Administración de la Junta de Extremadura y las
Organizaciones sindicales para la mejora de las condiciones de trabajo
y de la prestación de los servicios públicos, en todo aquello que sea
conforme a la normativa de dicho personal.
Aquellos profesionales que no disfruten sus vacaciones anuales en el
periodo estival serán compensados con dos días adicionales.
OCTAVA.- Con la finalidad de su equiparación con el personal de
Atención Especializada, se modifica el Complemento de Atención
Continuada de Atención Primaria modalidad B, incrementándose en las
siguientes cuantías:
Personal médico: 43,44 € por cada guardia de 24 horas y 30,77 € por
cada guardia de 17 horas. Personal de enfermería: 28,08 € por cada
guardia de 24 horas y 19,89 por cada guardia de 17 horas.
(12,55€ -BRUTO- LA HORA COMO EN ESPECIALIZADA)
Los veterinarios del EAP que realicen A.C. percibirán la misma cuantía
correspondiente al grupo A.
ATENCIÓN CONTINUADA:
El EAP elaborará el calendario de Atención Continuada semestralmente
previamente al párrafo siguiente, ajustando los días no ocupados por
el EAP con personal de Atención Continuada.
La gerencia elabora el calendario de guardias, para personal de A.C.
con periodicidad semestral e indicando el lugar donde realizaran la
correspondiente asistencia. Junto a este calendario deberá aparecer
una lista del turno de sustituciones por las incidencias que pudieran
surgir entre el personal de A.C.
Para gestión de la A. C. veterinaria se creara una comisión a adscrita
la Dirección de Salud constituida por al menos tres facultativos
sanitarios veterinarios.
Exenciones de A. C. De los miembros del EAP.
Totales:
Mayores de 55 años.
Enfermedad que imposibilite la realización de A.C.
Establecer un complemento por 3 horas de consultas de tarde, 2 tardes,
equivalente a una guardia.
Provisionales renovables anualmente.
Parejas separadas que tengan la custodia de hijos menores de 14 años.
Hijos menores de 4 años.
Cuando los dos miembros de la pareja tengan turnos de A.C. en el
S.E.S.
Por cuidado de enfermos graves o con incapacidad.
Exención cuando el servicio de A.C. pueda ser cubierto por otro
profesional.
Precio de la hora de guardia del Grupo A. De lunes a viernes 20,00 ,,€
/hora. Los sábados, domingos y festivos 25,00 € /hora. Los días 24, 25
y 31 de diciembre y 1 ,5, 6 de enero a 40 ,00 €/h. En caso de guardias
localizadas el 50% de las cantidades anteriormente referidas.
Precio de la hora de guardia del grupo B. El 80 % de las cantidades
expuestas para el grupo A.
Posibilidad de los médicos y Enfermeros de los CEDEX y COF de hacer A.
C. de forma voluntaria.
Desaparición del número máximo de horas de A.C. para los miembros de
los EAP que quieran voluntariamente sobrepasar las 450 h en medio
urbano y 850 en el medio rural.
NOVENA.- Se asigna un complemento de Productividad Fija al personal
médico y de enfermería de atención Continuada que se abonará de la
siguiente forma:
El 50% de la cuantía con efectos uno de enero de 2006.
- El 50% restante con efectos uno de enero de 2007.
La cuantía será de 3.550 € anuales para el personal médico y de 1.600
€ anuales para el personal de enfermería de estas categorías.
Este complemento irá destinado a retribuir la disponibilidad para
atender zonas de salud distintas de la que tienen asignada en
plantilla, siendo su percepción de carácter voluntario.
El personal médico de A. Continuada percibirán las mismas cantidades
que los médicos de los EAP por la realización de 138 h de trabajo/mes.
Sueldo base:1.091,02 € /mes
C. De Destino: 568,23 €/ mes
C. Especifico. 809,87 € /mes
P. Fija: 3.550 €/año.
C. A. 168,11 € /mes
Trienios.
Carrera Profesional. Según nivel.
Productividad variable: 6.000,00 € /año.
El personal de Enfermería de Atención Continuada percibirá la
estructura salarial integra de los Enfermeros de Atención Primaria.
La Productividad Variable de Enfermería: 4.800 €/año.
Carrera Profesional: Según nivel.
El número de horas que sobrepasen las 138 h. mensuales realizadas como
A. Continuada se abonarán al mismo precio que al resto de
profesionales de los EAP.
Por necesidades de personal médico, se le permitirá sobrepasar el
número máximo de horas año, de las 40 h. semanales de cómputo medio
semestral, según marca el estatuto marco, mediante compromiso firmado
con antelación a la elaboración del calendario.
DÉCIMA.- El Servicio Extremeño de Salud se compromete a iniciar
durante el presente año las actuaciones administrativas necesarias a
fin de implantar en enero del año 2007 un servicio que facilite la
manutención de los profesionales durante la realización de los turnos
de atención continuada.
Comenzara a funcionar 1 de junio de 2006.
MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y FUNCIONALES
DECIMOPRIMERA.- Con el fin de optimizar al máximo todos los recursos
existentes en este nivel asistencial, se acuerda que el personal
médico y de enfermería, que actualmente se encuentran en proceso de
estatutarización, de los Centros de Drogodependencia Extremeños y de
los Centros de Orientación Familiar puedan realizar turnos de atención
continuada conllevando lógicamente la percepción del correspondiente
Complemento de Atención Continuada en la cuantía establecida para el
resto de profesionales que lo perciben y en función de la categoría
profesional.
Esta medida requerirá como paso previo a su implantación un análisis
minucioso del impacto que pudiera tener en la planificación funcional
de los centros, pudiendo incluso llegar a implantarse de forma
progresiva si con ello se evitaran posibles disfunciones.
Las cláusulas SÉPTIMA y DECIMOTERCERA, en todo su articulado, se hará
extensiva a los Coordinadores y Responsables de Enfermería de estos
colectivos.
Los profesionales médicos de los CEDEX Y COF una vez realizada la
estaturización, recibirán las mismas retribuciones y conceptos que el
personal de los AEP.
Se ofertará el proceso de estatutarización al personal de Enfermería,
Matronas, Fisioterapeutas, Veterinario y Farmacéutico de los EAP con
el mismo sistema retributivo que el resto de categorías de los grupos
A y B de los EAP.
DECIMOSEGUNDA.- Igualmente con el fin primordial de la optimización de
recursos y de racionalización de las cargas de trabajo, el Servicio
Extremeño de Salud, previa negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad
creará progresivamente y durante el transcurso de los ejercicios
presupuestarios 2006, 2007 y 2008, las plazas correspondientes a las
Unidades Básicas Asistenciales que sean necesarias hasta llegar a un
máximo de asignación de 1600 TIS. En el plazo de 2 años se reducirá el
número de TIS, (1.500 TIS) con un máximo de 300 TIS de población mayor
de 65 años en medicina de Familia y 1.200 en pediatría, valorando
disminuir el número de TIS atendiendo a criterios de marginalidad,
frecuentación y atención a determinados grupos etáreos. Llegada a esta
cifra de cupo máximo se cerraran. La perdida económica por disminución
de TIS será compensada con un complemento personal.
Asimismo, el Servicio Extremeño de Salud creará, previa negociación en
la Mesa Sectorial de Sanidad, veinte plazas básicas de auxiliares
administrativos en distintos Equipos de Atención Primaria con la misma
finalidad y criterios expresados en el párrafo anterior.
DECIMOTERCERA.- Al objeto de mejorar la organización funcional de los
centros de atención primaria, las partes acuerdan realizar un estudio
donde se ponga de manifiesto, en función de parámetros de tipo
poblacional dispersión, dotación de recursos humanos y similares, en
qué Equipos de Atención Primaria sería necesario que su Coordinador y
Responsable de Equipo estuviera liberado y en qué condiciones de las
tareas asistenciales, para dedicarse exclusivamente a sus funciones de
organización, coordinación y dirección del centro, creándose a estos
efectos las plazas que fueran necesarias para satisfacer la demanda
asistencial.

Igualmente en aras a la potenciación de la figura de los Coordinadores
y Responsable de Equipo de Atención Primaria, las partes acuerdan que
el desempeño de este tipo de puestos de trabajo conlleve un especial
reconocimiento en el sistema de carrera profesional implantado en el
Servicio Extremeño de Salud, en los términos que las partes firmantes
del acuerdo sobre carrera y desarrollo profesional acuerden en la
Comisión correspondiente.
A estos efectos, la Administración propondrá que el criterio del
compromiso con la organización que integrará los contenidos que se
deben negociar de carrera profesional, quede cumplido para aquellos
profesionales que hayan desempeñado un puesto de Coordinador y
Responsable de Equipo de Atención Primaria un mínimo de dos años
ininterrumpidos o tres con interrupción.
Asimismo la Administración se compromete a impulsar las reformas
normativas que sean necesarias para que quienes desempeñen este tipo
de puestos puedan ver consolidadas todo o parte de sus retribuciones
en función del tiempo durante el cual lo hayan desempeñado. 25 % a los
2 años, 50 % a los 4 años, 75 % a los 6 años y 100 % a los 8 años.
En el plazo máximo de 1 mes desde la firma de este acuerdo, todos los
equipos de A. Primaria, elegirán al Coordinador y Responsable del EAP
mediante la correspondiente votación secreta, siendo enviadas las
actas de dicho proceso a la Gerencia del Área. Cada 2 años se pondrá
su cargo a disposición del equipo mediante la presentación de un
proyecto de actuación para el centro, pudiendo renovar en el puesto.
DECIMOCUARTA.- El Servicio Extremeño de Salud creará en las
localidades de más de 25.000 habitantes un servicio de atención a la
urgencia constituido por un médico y una enfermera, dotado del
correspondiente vehículo, con el fin de que los profesionales de los
Equipos de Atención Primaria no tengan que desplazarse fuera del
Centro de Salud durante el horario de consultas.
La jornada de estos nuevos equipos será de lunes a viernes en horario
de 8 a 15 horas, excepto festivos.
En el resto de la Comunidad Autónoma de Extremadura se crearán las
correspondientes UMER previstas en el Plan de Salud, que funcionará
durante las 24 horas del día. El personal será el de Atención
Continuada que voluntariamente quiera realizar este trabajo.
DECIMOQUINTA.- Las partes acuerdan que en el primer semestre del
presente año, se ofrezcan en convocatoria pública para personal de
nuevo ingreso las plazas de médico y enfermera de atención continuada,
A. Primaria, 112, CEDEX, COPF.
DECIMOSEXTA.- Asimismo se acuerda la creación de un grupo de trabajo
en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad encargado de estudiar y
valorar las medidas de seguridad que podrían implantarse en aquellos
centros de atención primaria donde se detecte que haya habido
Incidentes relacionados con la seguridad de los trabajadores o
usuarios.
Medidas de seguridad en todos los Centros de Salud de la región, con
personal especializado y coordinación con las fuerzas de seguridad,
(policía, Guardia Civil).
Traslado de enfermo psiquiátricos y detenidos con coordinación y
colaboración mutua entre EAP, 112, Juzgados y fuerzas de seguridad.
Realizar una campaña de mejora de imagen del personal médico desde la
administración.
DECIMOSÉPTIMA.- El Servicio Extremeño de Salud se compromete a
estudiar la posibilidad de dotar de un marco legal a la disminución de
la jornada laboral tras una guardia de 17 o 24 horas, en el seno de un
Grupo de Trabajo que se constituirá para tal fin. El plazo para la
aprobación de dicho proyecto es de 2 meses con características
adaptadas al medio urbano y rural.
DECIMO OCTAVA: Apertura de listas con carácter de urgencia, de
personal médico y de Enfermería de los EAP, A. Continuada, 112, CEDEX,
COPF, Veterinarios, Farmacéuticos. Para la ordenación de dichas listas
se tendrá en cuenta únicamente el tiempo trabajado en el mismo grupo.
DECIMO NOVENA: Incremento del precio de las TIS y definición de nuevos
grupos.
Incremento del precio de las TIS y aumento de categorías.
G1
G2
G3
G4
0-2
0,764462
0,906466
0,982111
1,017281
3-6
0,674648
0,813334
0,886325
0,918177
7-13
0.334238
0,455671
0,537953
0,567151
14-49
0,334238
0,455671
0,537953
0,567151
65-75
0,621564
0,742996
0,824614
0,854475
> 75
0,671564
0,792996
0,874614
0,904475
VEINTE: DESPLAZAMIENTOS:
1.-Pago por desplazamientos desde el pueblo a la cabecera de centro a
reuniones del E.A.P ( Equipo de Atención Primaria) desfasado por el
elevado aumento del combustible en estos años, y su pago semestral se
retrasa muchas veces.
2.-Utilización del coche del SES o Pago por desplazamiento
individualizado al médico y Enfermero que tiene que acudir diariamente
a más de un núcleo de población a pasar consulta.
3.- Revisar subida del complemento de dispersión ( G ) en general.
4.- Contratación de un seguro de automóvil colectivo para solucionar
problemas de accidente con el coche propio del personal de los EAP
durante el horario de trabajo.
5.- Pago del desplazamiento a los pediatras de A. Primaria, que
realizan su función en más de una zona básica de salud.
VEINTIUNA:
En el plazo de seis meses se estudiara:
*
un nuevo sistema retributivo de la A. Primaria.
*
Revisión de la situación del 112 y su relación con los EAP.
*
Integración y reglamentación de funciones del nuevo personal que
se incluya en A. P. (CEDEX, COPF, Fisioterapeutas, etc.)
VEINTIDÓS: Creación de plazas de Veterinarios y Farmacéuticos en todos
los EAP de nueva creación.
VEINTITRÉS: Conciliación de la vida familiar; Ley de la dependencia y
su repercusión en el trabajador sanitario.
Igualdad de oportunidades así como mejoras sociales para los
trabadores.
Plan de pensiones para los trabajadores.
20
CEMSATSE-EXTREMADURA

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  • CALIFORNIA DEPARTMENT OF SOCIAL SERVICES INDEPENDENT LIVING PROGRAM (ILP)
  • VENITURI DATA NUMELE PRENUMELE DEPONENTULUI SUMA (LEI) 130209 PARTIDUL
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  • YOUNG ADMIRALS FEBRUARY 12TH AND FEBRUARY 19TH (2 CONSECUTIVE