reglamento del centro cívico publicado en el bop de zaragoza nº 83 de fecha 14 de abril de 2005, el reglamento interno de organización del

REGLAMENTO DEL CENTRO CÍVICO
Publicado en el BOP de Zaragoza nº 83 de fecha 14 de abril de 2005, el
Reglamento interno de organización del Centro Cívico “Villa de Zuera”
(Texto íntegro)
Aprobado inicialmente el Reglamento interno de organización del Centro
Cívico “Villa de Zuera” por el Pleno de la Corporación celebrado el
día 13 de enero de 2005, y elevada a definitiva tal aprobación al no
haberse presentado ninguna alegación ni reclamación en el período de
información pública, de conformidad con los artículos 140 y 141 de la
Ley de Administración Local de Aragón, se publica íntegramente el
texto del citado Reglamento como anexo a este anuncio.
Zuera, 21 de marzo de 2005. — El alcalde, Francisco Gracia Marcuello.
ANEXO
Reglamento interno de organización del Centro Cívico “Villa de Zuera”
Capítulo primero
Objeto y cumplimiento de fines del Centro
Artículo 1.º El Centro Cívico “Villa de Zuera” es un centro público de
titularidad municipal creado como infraestructura sociocultural que
acoja la oferta formativa del Ayuntamiento, así como la oferta del
mismo tipo que promueven en el municipio asociaciones y entidades y
ofrecer a dichas asociaciones espacios donde ubicar su sede social.
Con ello el Ayuntamiento de Zuera pretende poner en servicio un
equipamiento moderno, dotado con tecnología adecuada a las necesidades
y a la demanda formativa actual, así como paliar la carencia de
espacios para el desarrollo de actividades promovidas por
asociaciones.
Art. 2.º El Centro Cívico, para el cumplimiento de sus fines:
a) Programará y gestionará la actividad formativa del Ayuntamiento de
Zuera, de forma independiente o mancomunada con los municipios del
entorno, en especial con los del bajo Gállego.
b) Será sede social de asociaciones y entidades de Zuera y Ontinar que
lo demanden y acepten las normas de uso. Para ello tendrán preferencia
las asociaciones legalmente establecidas, inscritas en el Registro de
Asociaciones, respecto de aquellos grupos o colectivos no organizados,
aunque Estos últimos podrán hacer uso de los espacios comunes para el
desarrollo de una actividad puntual, cumpliendo las normas
establecidas al efecto.
c) Apoyará la programación y gestión de la actividad formativa de
asociaciones y entidades de Zuera y Ontinar, así como la de aquellas
ubicadas en alguno de los municipios de bajo Gállego que puedan
ofrecerse desde el mismo, poniendo a su disposición los espacios
comunes (aulas, talleres, salas) del Centro, regulando adecuadamente
su uso, respetando la autonomía de los organizadores.
d) Acercará las actividades programadas a todos los ciudadanos de
Zuera y Ontinar, así como a los del bajo Gállego, por medio de una
programación de calidad, flexible y adecuada a sus intereses.
e) Apoyará las actividades formativas que favorezcan la creación
cultural, así como su difusión mediante exposiciones, publicaciones,
conciertos, muestras y otras que se consideren adecuadas.
f) Establecerá la coordinación necesaria con otros servicios
municipales y otras instituciones, en especial la Mancomunidad del
Bajo Gállego, que permitan la mayor rentabilidad social de los
programas que se desarrollen.
Art. 3.º Los usuarios del Centro serán:
a) El Ayuntamiento de Zuera, como promotor de su propia oferta
formativa y titular del Centro Cívico “Villa de Zuera”.
b) Las asociaciones y entidades que ubiquen su sede social en el
mismo.
c) Aquellas asociaciones y entidades que utilicen los espacios de uso
común que ofrece el Centro para el desarrollo de su oferta formativa.
d) Los participantes en las actividades y alumnos de los talleres,
cursos etc., que se ofrezcan desde el Centro.
Con el objeto de hacer convivir adecuadamente todos los usos previstos
y la diversidad de usuarios del Centro, se establece la siguiente
organización.
Capítulo II
Organización del Centro Cívico “Villa de Zuera”
Art. 4.º El responsable político del Centro Cívico será el concejal o
concejala que en cada momento ostente la responsabilidad del Area de
Cultura, que supervisará, dirigirá y encomendará las tareas que el
Ayuntamiento determine al responsable del Centro y al personal que se
adscriba al mismo. Las decisiones técnicas serán adoptadas por los
órganos de gobierno: alcalde, Junta de Gobierno local o Pleno, que
corresponda en cada momento. La Comisión Informativa de Cultura será
el órgano consultivo que informará de los asuntos del Centro Cívico a
los órganos decisorios.
Art. 5.º Como responsable técnico del Centro, el Ayuntamiento nombrará
a un trabajador municipal, siendo sus funciones las siguientes:
a) Cuidar y vigilar el estado y conservación de todas las
instalaciones y equipamiento, pudiendo establecer aquellas medidas de
urgencia que considere necesarias para garantizar el buen uso del
mismo. En este sentido y para información de los órganos consultivos y
decisorios elevará informe semestral a la Comisión Informativa de
Cultura, a través del/de la concejal/a de responsable, sobre el
funcionamiento y uso de las instalaciones y equipamiento, así
como de las medidas adoptadas, debiendo la Comisión Informativa de
Cultura ratificar las mismas o proponer las que considere
convenientes, elevando dicha propuesta a la Junta de Gobierno local si
fuese necesario.
b) Dirigir, orientar, coordinar y supervisar la actividad formativa
que se desarrolle en el Centro, velando por la calidad de la oferta y
adecuación a los fines y objetivos del Centro.
c) Organizar el uso de los espacios comunes, velando por la buena
convivencia.
d) Asesorar a las asociaciones para el buen uso de los espacios
destinados a sede social de las asociaciones, supervisando el mismo y
dando cuenta inmediata al Ayuntamiento de cuantas incidencias se
produzcan.
e) Realizar las tareas que el Ayuntamiento a través de la Alcaldía,
del/de la concejal/a de de Cultura, Comisión Informativa de Cultura o
Junta de Gobierno local le encomienden para la ejecución de los
acuerdos adoptados por los órganos de decisión, relativos al
funcionamiento y gestión del Centro Cívico.
f) Elaborar los informes técnicos y memorias que le sean requeridos
por el Ayuntamiento sobre aquellas cuestiones que afecten al
funcionamiento del Centro.
g) Realizar propuesta para el programa anual de las actividades a
desarrollar, cursos, talleres, seminarios, etc., así como del
presupuesto y de las necesidades de personal, materiales y servicios,
basándose en las orientaciones que le señale el Ayuntamiento de Zuera.
h) Realizar un seguimiento de todas las actividades que se promuevan
desde el Centro, manteniendo los contactos necesarios con formadores,
asociaciones promotoras y usuarios, recabando cuanta información sea
necesaria para elaborar una memoria anual para conocimiento y estudio
de la Comisión Informativa de Cultura, que permita valorar la calidad
de la oferta y la satisfacción de los usuarios.
i) Proponer a la Comisión Informativa de Cultura, que a su vez
informará a la Junta de Gobierno Local, la compra de material técnico
y pedagógico o el contrato de servicios.
j) Supervisar y controlar al personal municipal subalterno adscrito al
Centro dedicado a tareas de portería, mantenimiento, limpieza y
atención al público u otras necesarias para el buen funcionamiento del
Centro, así como a los formadores o monitores que dependan del
Ayuntamiento, según las instrucciones que reciba del/de la concejal/a
de de Cultura.
k) Realizar las gestiones necesarias para la obtención de recursos que
puedan provenir de otras administraciones o entidades, lo que incluye
la justificación administrativa ante las mismas, para lo que podrá
contar con el apoyo administrativo del Servicio de Cultura.
l) La gestión de altas-bajas de usuarios, cobro de recibos y todas las
tareas administrativas que genere el funcionamiento del Centro Cívico
serán realizadas por el personal administrativo del Servicio de
Cultura, bajo la coordinación del responsable técnico del Centro y
del/de la concejal/a de de Cultura.
Capítulo III
Normas de uso
1.- LOCALES PARA SEDE SOCIAL DE ASOCIACIONES
Art. 6.º Las asociaciones interesadas en ubicar su sede social en el
Centro Cívico “Villa de Zuera” dirigirán solicitud al Ayuntamiento de
Zuera y se comprometerán a abonar la tasa que se establezca en este
concepto, así como a respetar y cuidar las instalaciones y a cumplir
las normas de funcionamiento, horario y otras cuestiones organizativas
que se determinen.
Art. 7.º El uso de un espacio en el Centro Cívico como sede social de
una Asociación será estudiado y concedido por el Ayuntamiento,
basándose en la normativa que se establezca, previo informe. No
afectará a su titularidad ni será considerado como un alquiler a
efectos de obligaciones y derechos, ni supondrá la asunción por parte
del Ayuntamiento de responsabilidad alguna sobre el personal, los
medios o los recursos de la asociación beneficiaria.
Art. 8.º La asociación beneficiaria se obligará a financiar los gastos
que se deriven de su ubicación en el Centro Cívico.
2.- USO DE ESPACIOS COMUNES PARA LA ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES
Art. 9.º Aquellos espacios comunes que el Centro Cívico destina a la
organización de actividades culturales podrán ser utilizados por las
asociaciones y por los colectivos de forma puntual, dentro de los
horarios de funcionamiento del Centro y de acuerdo con las normas que
se establezcan.
Art. 10. La solicitud se realizará por escrito al responsable del
Centro, al menos con quince días de antelación, en modelo que
facilitará el propio Centro en el que constarán como mínimo la
descripción de la actividad, la identificación de la entidad
organizadora, las fechas, el horario y el equipamiento o medios
técnicos que precisa.
Art. 11. El responsable del Centro valorará la solicitud y contestará
en el plazo de diez días sobre la posibilidad del uso del espacio
solicitado.
Art. 12. La autorización a una entidad, asociación o colectivo, de uso
de un espacio en el Centro para la realización de una actividad
puntual, obliga a dicha Entidad a cumplir sus obligaciones
tributarias, fiscales y de cotización a la Seguridad Social, no
existiendo obligación alguna por parte del Ayuntamiento de asumir
cualquier tipo de responsabilidad al respecto.
Capítulo IV
Normas de convivencia
Art. 13. Para garantizar una buena convivencia en el Centro Cívico,
las asociaciones, entidades y colectivos que organicen actividades,
así como el Ayuntamiento como titular del Centro y promotor de
actividades, reconocen y asumen los siguientes derechos y deberes de
los usuarios:
Los usuarios tendrán derecho a:
a) Recibir una información veraz y suficiente, clara y detallada
acerca de las actividades que se realizan en el Centro.
b) Recibir un trato respetuoso y digno por parte de los responsables
de las actividades y del personal que trabaje en el Centro.
c) A formular demandas, sugerencias y quejas a través del responsable
del Centro, que las trasladará al órgano de decisión municipal
competente en cada caso.
Serán deberes de los usuarios:
a) Hacer un uso correcto de las instalaciones y del equipamiento del
Centro, cuidando de su buen estado.
b) Atender las recomendaciones que le realice el responsable del
Centro para el uso de los espacios.
c) Abonar las tasas o precios que se establezcan como aportación de
los usuarios por participar en las actividades del Centro o usar sus
espacios.
d) El cumplimiento de los horarios y otras normas que la organización
del Centro establezca para el buen funcionamiento del mismo y para
garantizar una buena convivencia entre los usuarios.
Capítulo V
Participación de los usuarios
Art. 14. Como mínimo una vez al año, el responsable del Centro y el/a
concejal/ a de Cultura se reunirán con un representante de cada una de
las asociaciones que tengan su sede social en el Centro con objeto de
analizar su funcionamiento, y si procede, proponer mejoras y adecuar
su oferta a las necesidades.
Art. 15. Las entidades y colectivos que realicen actividades
puntuales, al finalizar presentarán una valoración al responsable del
Centro en la que podrán proponer las mejoras que consideren oportunas.
Art. 16. El Centro Cívico realizará una publicación en el mes de
septiembre- octubre, en la que incluirá la oferta formativa que vaya a
realizarse en el mismo durante el curso (septiembre-junio), y que
incluirá la oferta del Ayuntamiento
y la de las asociaciones que tengan previsto realizar actividades en
el Centro Cívico, deberán comunicarlo al responsable del Centro antes
del 25 de septiembre, facilitándole cuanta información sea necesaria.
Art. 17. En aquellas otras publicaciones que realicen directamente las
asociaciones como difusión de las actividades que programen en el
Centro aparecerá el logotipo del Centro Cívico y el Ayuntamiento de
Zuera como entidad colaboradora.
Art. 18. Todos los asuntos no contemplados en la presente normativa y
sobre los cuales fuese menester adoptar algún tipo de decisión serán
remitidos por el responsable del Centro, por escrito, a través del/de
la concejal/a de de Cultura a la Comisión Informativa de Cultura, que
lo estudiará y propondrá el acuerdo que proceda a la Alcaldía, Pleno o
Junta de Gobierno Local, que resolverá.
El presente Reglamento entrará en vigor una vez publicado en el BOPZ y
transcurrido el plazo de quince días hábiles, contados desde el día
siguiente a su publicación.

  • NÉMETH LÁSZLÓ ISZONY 1 ÍRÓ ÉS GONDOLKODÓ VOLT (190175)
  • POWERPLUSWATERMARKOBJECT22492990 NHS ENGLAND AREA DIRECTORS ACCOUNTABLE OFFICER OF CLINICAL
  • CÓMO TOMAR LA PRESIÓN ARTERIAL LA TOMA DE PRESIÓN
  • FÖRKLARING TILL DMPLANERING 20082018 PLANERINGEN AV DMTÄVLINGAR ÄR BASERAD
  • ANEXO 2 DECLARACIÓN JURAMENTADA SOBRE AUSENCIA DE INHABILIDADES INCOMPATIBILIDADES
  • EXAMEN TERCERA UNIDAD ÁLGEBRA SUPERIOR NOMBRE CAL 1
  • AESTHETICS ART AND MANAGEMENT TOWARDS NEW FIELDS OF
  • NUCLEAR SAFETY AND RADIATION PROTECTION ACT ARRANGEMENT OF SECTIONS
  • ZAŁĄCZNIK 12A DO REGULAMINU WNIOSEK O ROZLICZENIE USŁUGI ROZWOJOWEJ
  • Javni-razpis-za-vlo%C5%BEitev-predlogov-za-podelitev-priznanj-na-podro%C4%8Dju-kulture-Ob%C4%8Dine-Oplotnica-2009
  • ODBORNÁ ŠKOLA VÝROBY A SLUŽEB PLZEŇ VEJPRNICKÁ 56 INFORMACE
  • CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA ……COMPARECIERON … …… ……
  • PODER PARA COMPRAR   NÚMERO
  • GABARITO DESAFIOS DE MATEMÁTICA 2ª SEMANA 1)
  • OHIO DEPARTMENT OF JOB AND FAMILY SERVICES AGREED UPON
  • VETERINARY MEDICINE RELATED LEGISLATION EUROPEAN ACTS AND STATUTORY INSTRUMENTS
  • KING COUNTY TRIAL COURT COORDINATION COMMITTEE THERAPEUTIC COURT INFORMATION
  • UỶ BAN NHÂN DÂN HUYỆN VŨ QUANG SỐ QĐ
  • 471A35 §471A—SCHEDULE OF RATINGS–MUSCULOSKELETAL SYSTEM 471A35 §471A SCHEDULE OF
  • RESEÑA LABORAL DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2020 IN
  • INFLUENCIA DE LOS PARÁMETROS DE DEPÓSITO Y DE LA
  • HTTPLANGCHANHKH9801WORDPRESSCOMWPADMINOPTIONSDISCUSSIONPHP HTTPWWWSONLAGOVVNDIENDANTOPIC6HUONGDANTAOBLOGWORDPRESSASPX TËP THÓ HÄC SINH … NÒN RÕNG
  • ИЗВЕЩЕНИЕ О ПРОВЕДЕНИИ ЗАКУПКИ № 319 ПУТЕМ ПРОВЕДЕНИЯ ЗАПРОСА
  • FLORIDA INTERGENERATIONAL ORCHESTRA REHEARSAL AND CONCERT SCHEDULE 20072008 LORRAINE
  • GEORGIA WORKING ON HEALTH TOBACCO FREE POLICIES CONGRATULATIONS ON
  • U MWELTMEDIZINISCHE BEGUTACHTUNG GEMÄSS NÖ HEILVORKOMMEN UND KURORTEGESETZ KURANSTALTENBEWILLIGUNG
  • BIODATA DATO’ DR NIK NORZRUL THANI IS CHAIRMAN AND
  • PROGRAMA ANALÍTICO DEPARTAMENTO MECÁNICA CARRERA INGENIERÍA MECÁNICA ASIGNATURA
  • KARTONSAN KARTON SANAYİ VE TİCARET AŞ 30092005 TARİHLİ KONSOLİDE
  • Cchc Threshold Requirements and Approach Final Recommendations 121406 Recommended