a n u n c i o habiendo detectado error en la publicación de la convocatoria y las bases para la creación de la bolsa de empleo en la catego
A N U N C I O
Habiendo detectado error en la publicación de la convocatoria y las
bases para la creación de la Bolsa de Empleo en la categoría de
TRABAJADOR SOCIAL aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local
de fecha 28 de Abril de 2015, Boletín de la provincia de Zamora nº 58
de 6 de mayo de 2015 , donde dice:
"B) Formación: La puntuación máxima a otorgar por este apartado es de
1,00 punto.
b. 1.- Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de
formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por
Administraciones Publicas, Instituciones u Organismos Públicos
Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua, que
tengan relación directa con las tareas, funciones y actividades a
desarrollar en el puesto de trabajo citado y los de contenido general
(Informática, Procedimiento Administrativo, etc,).
Se consideran valorables y relacionados, los cursos relativos a
cualquier ámbito material y competencial de la rama veterinaria, así
como los referidos a la normativa y necesaria actuación o
funcionamiento de las Administraciones Públicas.
b.2.- Solo serán valorables aquellos cursos que se acrediten con
diplomas o certificados de asistencia que contengan expresamente
cuantificadas las horas de formación.
a) Cursos de hasta 20 horas:: 0,01 puntos.
b) Cursos de 21 a 40 horas: 0,03 puntos
c) Cursos de 41 a 100 horas: 0,10 puntos.
d) Cursos de 101 en adelante: 0,15 puntos. "
"ANEXO I
Tema 11. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Prevención de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
Dependencia. Estructura y contenidos."
Se acordó por Decreto de Alcaldía de fecha 8 de Mayo de 2015:
1º.- Avocar la competencia para este caso concreto, delegada en la
Junta de Gobierno Local, dada la urgencia del proceso selectivo.
2º.- Rectificar los citados errores debiendo decir.
"B) Formación: La puntuación máxima a otorgar por este apartado es de
1,00 punto.
b. 1.- Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de
formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por
Administraciones Publicas, Instituciones u Organismos Públicos
Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua, que
tengan relación directa con las tareas, funciones y actividades a
desarrollar en el puesto de trabajo citado y los de contenido general
(Informática, Procedimiento Administrativo, etc,). "
b.2.- Solo serán valorables aquellos cursos que se acrediten con
diplomas o certificados de asistencia que contengan expresamente
cuantificadas las horas de formación.
a) Cursos de hasta 20 horas: 0,01 puntos.
b) Cursos de 21 a 40 horas: 0,03 puntos
c) Cursos de 41 a 100 horas: 0,10 puntos.
d) Cursos de 101 en adelante: 0,15 puntos.
"ANEXO I
Tema 11. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
Dependencia. Estructura y contenidos. "
Lo que se hace público para general conocimiento.
ZAMORA, 08 de MAYO DE 2015.
LA ALCALDESA,