gerencia de sector de huesca nota interior ============= de: gerencia del sector de huesca. servicio aragonés de salud
GERENCIA DE
SECTOR DE HUESCA
NOTA INTERIOR
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DE: GERENCIA DEL SECTOR DE HUESCA. SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD.
A: «Título».
«Dirección2»
Fecha: 28 de enero de 2011
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N/Rfcia.: JMB/ph
S/Rfcia.:
Asunto: Normativa sobre libranzas de guardia.
Con motivo en la diversidad de criterios que se vienen aplicando en el
disfrute de libranzas de guardia de presencia física iniciadas en
viernes, sábado, domingo o festivo, teniendo en cuenta el apartado
11.6 del Acuerdo de la mesa Sectorial de 13 de noviembre de 2007,
sobre jornada laboral, tiempo de trabajo y descansos del personal
estatutario y funcionario de los Centros Sanitarios del Servicio
Aragonés de Salud, que estipula que el disfrute de las libranzas de
guardia se debe programar con el fin de garantizar el descanso entre
jornadas de los profesionales (12 horas), así como el descanso semanal
(24 h + 12 h = 36 h), se comunica, para su inmediata aplicación, que
las libranzas de las guardias de presencia física iniciadas en los
días referidos se han de realizar de la siguiente manera:
LIBRANZAS DE GUARDIA:
*
GUARDIA INICIADA EL VIERNES: Se debe compaginar de manera que el
sábado siguiente no corresponda la realización de jornada
ordinaria ( 1 sábado de cada 4).
*
No corresponde libranza de guardia.
*
GUARDIA INICIADA EL SÁBADO:
*
Se librará el lunes siguiente (exclusivamente).
*
GUARDIA INICIADA EL DOMINGO: Se debe compaginar de manera que el
sábado anterior no corresponda la realización de jornada ordinaria
(1 sábado de cada 4).
*
Se librará el lunes siguiente (exclusivamente).
*
GUARDIA EN FESTIVO: (De lunes a jueves)
*
Se librará al día siguiente (exclusivamente).
Por otro lado, conforme al apartado 6.2 del mencionado acuerdo, las
guardias localizadas que precisen de la presencia del profesional en
tres o más ocasiones, así como las que impliquen una presencia de al
menos cuatro horas ininterrumpidas en el hospital, tendrán, a efectos
retributivos, la consideración de guardias de presencia física. En
estos casos, y teniendo en cuenta que se considera trabajo efectivo
tanto la duración del mismo como los tiempos de desplazamiento, para
asegurar los descanso mínimos, se generará derecho a libranza de
guardia al igual que las de presencia física, con la excepción de que
si fuera imposible por la organización de la unidad disfrutarla al día
siguiente, se deberá aplazar en el tiempo.
EL GERENTE DEL SECTOR
Fdo.: Javier Marión Buen







