g/sps/n/can/329 page 0 organización mundial del comercio g/sps/n/can/329 20 de mayo de 2008 (08-2335) comité de m
G/SPS/N/CAN/329
Page 0
Organización Mundial
del Comercio
G/SPS/N/CAN/329
20 de mayo de 2008
(08-2335)
Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Original: inglés/
francés
NOTIFICACIÓN
1.
Miembro que notifica: Canadá
Si procede, nombre del gobierno local de que se trate:
2.
Organismo responsable: Ministerio de Salud del Canadá
3.
Productos abarcados (número de la(s) partida(s) arancelaria(s) según
se especifica en las listas nacionales depositadas en la OMC; deberá
indicarse además, cuando proceda, el número de partida de la ICS):
Tabletas de edulcorantes de mesa que contengan sucralosa (ICS: 67.220)
4.
Regiones o países que podrían verse afectados, en la medida en que sea
pertinente o factible: Todos los interlocutores comerciales
5.
Título, idioma y número de páginas del documento notificado:
Interim Marketing Authorization regarding the use of L-leucine as a
lubricant and/or binder in table-top sweetener tablets containing
sucralose (Autorización provisional de comercialización relativa al
uso de L-leucina como lubricante y/o aglomerante en las tabletas de
edulcorantes de mesa que contengan sucralosa) – Disponible en francés
y en inglés, 2 páginas
6.
Descripción del contenido:
El Ministerio de Salud del Canadá ha recibido una solicitud de
autorización del uso de L-leucina como lubricante y/o aglomerante en
las tabletas de edulcorantes de mesa que contengan sucralosa. La
evaluación de los datos disponibles demuestra la inocuidad y la
eficacia de la L-leucina como lubricante y/o aglomerante en las
tabletas de edulcorantes de mesa.
El uso de L-leucina beneficiará a los consumidores gracias a la
creciente disponibilidad de productos edulcorantes de mesa de calidad.
También beneficiará a la industria mediante la mejora y mayor eficacia
de las condiciones de fabricación.
Por lo tanto, el Ministerio de Salud tiene la intención de recomendar
que se modifique el Reglamento de Productos Alimenticios y
Farmacéuticos para autorizar el empleo de L-leucina como lubricante
y/o aglomerante en las tabletas de edulcorantes de mesa, a los niveles
indicados en las buenas prácticas de fabricación.
Con objeto de mejorar la flexibilidad del sistema regulador, se
publica una autorización provisional de comercialización para permitir
el uso inmediato de L-leucina en la manufactura de tabletas de
edulcorantes de mesa que contengan sucralosa, a los niveles indicados
en las buenas prácticas de fabricación, hasta que se desarrolle el
proceso regulador para modificar formalmente el Reglamento.
La propuesta de modificaciones reguladoras permite la aplicación de
medidas que autorizan la venta de tabletas de edulcorantes de mesa que
contengan L-leucina como lubricante y/o aglomerante. Las
modificaciones notificadas se basan en la evaluación de la inocuidad,
y tendrán un efecto menor en la economía y en el medio ambiente. Por
lo tanto, podrán pasar directamente a la aprobación definitiva y a su
publicación en la Parte II de Canada Gazette.
7.
Objetivo y razón de ser: [ X ] inocuidad de los alimentos, [ ] sanidad
animal, [ ] preservación de los vegetales, [ ] protección de la salud
humana contra las enfermedades o plagas animales o vegetales, [ ]
protección del territorio contra otros daños causados por plagas
8.
Norma, directriz o recomendación internacional:
[ ] de la Comisión del Codex Alimentarius, [ ] de la Organización
Mundial de Sanidad Animal (OIE), [ ] de la Convención Internacional de
Protección Fitosanitaria, [ X ] Ninguna. Si existe una norma,
directriz o recomendación internacional, facilítese la referencia
adecuada de la misma y señálense brevemente las diferencias con ella:
9.
Documentos pertinentes e idioma(s) en que están disponibles:
Canada Gazette, Parte I, 10 de mayo de 2008, páginas 1442 y 1443
(disponible en francés y en inglés)
10.
Fecha propuesta de adopción: Inmediata para la autorización
provisional de comercialización. Para el reglamento definitivo,
normalmente en un plazo de 12 a 18 meses a partir de la fecha de
publicación del Aviso de autorización provisional de comercialización
en la Parte I de Canada Gazette, 10 de mayo de 2008.
11.
Fecha propuesta de entrada en vigor: Inmediata para la autorización
provisional de comercialización. Para el reglamento definitivo,
normalmente en un plazo de 12 a 18 meses a partir de la fecha de
publicación del Aviso de autorización provisional de comercialización
en la Parte I de Canada Gazette, 10 de mayo de 2008.
12.
Fecha límite para la presentación de observaciones: 24 de julio de
2008
Organismo o autoridad encargado de tramitar las observaciones: [ ]
Organismo nacional encargado de la notificación, [ X ] Servicio
nacional de información, o dirección, número de telefax y dirección de
correo electrónico (si la hay) de otra institución:
13.
Textos disponibles en: [ ] Organismo nacional encargado de la
notificación, [ X ] Servicio nacional de información, o dirección,
número de telefax y dirección de correo electrónico (si la hay) de
otra institución:
La versión electrónica del texto normativo se puede descargar de la
siguiente dirección:
http://canadagazette.gc.ca/partI/2008/20080510/pdf/g1-14219.pdf (Canada
Gazette)
También está disponible en:
http://canadagazette.gc.ca/partI/2008/20080510/html/notice-f.html#d107
(francés)
http://canadagazette.gc.ca/partI/2008/20080510/html/notice-e.html#d107
(inglés)










